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Revista de Derecho (Universidad Católica Dámaso A. Larrañaga, Facultad de Derecho)

versão impressa ISSN 1510-3714versão On-line ISSN 2393-6193

Rev. Derecho  no.29 Montevideo  2024  Epub 01-Jun-2024

https://doi.org/10.22235/rd29.3945 

Reseña

Reseña: Metodología de la Investigación Científica en Derecho. Principios. Criterios. Técnicas (2023) de Ezequiel Abásolo

1Universidad Católica Argentina, Argentina, bnieto@uca.edu.ar


Ezequiel Abasolo, el autor del libro que se comenta en esta reseña, es doctor en Derecho por la Universidad de Buenos Aires y doctor en Ciencias Políticas por la Universidad Católica Argentina, investigador y director del Instituto de Investigaciones de Historia del Derecho. Posee una vasta y fructífera trayectoria como docente de grado y posgrado (Academia Nacional de la Historia, s. f.).

En este trabajo, con un diseño de manual, plasma su experiencia de tres décadas como jurista investigador y más de una década como responsable de cursos de metodología de la investigación en instituciones de educación superior en Argentina, México y Paraguay (Abasolo, 2023, p. 10).

A fin de introducir al lector en el tema de la obra, es oportuno señalar que el camino que conduce a un jurista a convertirse en investigador científico es aquel que lo lleva a adquirir ciertos hábitos y técnicas específicas de las ciencias jurídicas. Este sendero implica tiempo, dedicación focalizada y la orientación de un investigador senior en el área jurídica que se quiera cultivar. Se trata de un proceso intelectual y volitivo, que produce en el estudioso un modo nuevo de poseer el conocimiento jurídico que, por sus características, se califica de científico. Un tipo de saber que lo pone en condiciones de descubrir nuevos conocimientos que signifiquen un aporte a las ciencias jurídicas.

Así como a los abogados se los considera a partir de su desempeño en los pleitos, y a los jueces por el contenido y alcance de sus decisiones, a los juristas investigadores se los pondera por lo que defiendan y cómo lo defiendan, y, sobre todo, por lo que publiquen y dónde lo publiquen (Abásolo, 2023, p. 155).

Justamente, en palabras del autor, el volumen se dirige “a cubrir una necesidad significativa, en tanto que herramienta auxiliar” (Abásolo, 2023, p. 10). Ciertamente, la metodología de la investigación científico-jurídica es un instrumento esencial, que en latinoamericana no se ha beneficiado ni de la epistemología general, ni de los desarrollos contemporáneos de la teoría jurídica (Abásolo, 2023, p. 11). Si bien existen obras dedicadas a la metodología científica en el ámbito jurídico, son pocos los autores que ofrecen claridad y rigor en la determinación de su especificidad. Por ello, esta publicación será de gran ayuda para la formación de estudiantes avanzados en la carrera de grado y para abogados que se inicien en la investigación académica, así como aquellos que deban elaborar una tesis de maestría o una tesis doctoral.

La estructura del libro está constituida por una introducción, seis capítulos, un breve anexo y un elenco bibliográfico final con más de seiscientos libros y artículos académicos (Abásolo, 2023, p. 2).

Cada capítulo comienza con un apartado denominado “Presentación”, donde introduce el tema que se desarrolla, y finaliza con un apartado de “Orientación bibliográfica del capítulo”, en el que referencia las obras utilizadas para su elaboración.

A lo largo del libro incorpora gráficos y cuadros que sintetizan los temas expuestos y facilitan su comprensión. También ilustra las explicaciones con ejemplos, y hace recomendaciones que manifiestan su empatía con los noveles investigadores.

En la “Introducción”, Abásolo describe la complejidad de las actividades científicas y se pregunta: ¿cómo consigue un jurista iniciarse y convertirse en investigador científico? Sostiene que, para ser un investigador científico, al igual que en las demás ciencias, el marco ideal es el vínculo entre discípulos y maestros. Más aún cuando se desarrolla dentro de una comunidad científico-académica robusta. Integrar a los noveles investigadores en equipos con experiencia, donde pueden participar activamente, y se les remunera por ello, es el ambiente perfecto en cuanto permite un contacto asiduo con distinguidos docentes. Advierte, además, que la formación que brindan los cursos universitarios de metodología de la investigación científica no son equiparables en cuanto a sus resultados. Señala que son pocos los abogados investigadores capacitados bajo la inmediata dirección y atenta mirada de los profesores. Una razón, entre otras, es que la formación de un jurista investigador exige a la institución comprometida esfuerzos económicos prolongados en el tiempo, que el autor calcula en cinco años (Abásolo, 2023, p. 9-10).

En el Capítulo 1, “Ciencia y conocimiento científico”, se consideran el concepto de ciencia y el conocimiento científico en general. El autor se pregunta: “¿Cada vez que se investiga se despliega cientificidad?” Responde que no. Y agrega que, “en sentido amplio, toda actividad dirigida a incrementar el conocimiento sobre algo hasta entonces ignorado constituye ‘investigación’” (Abásolo, 2023, p. 17); se trata de un género. Dentro de este, la investigación científica es un tipo peculiar, que se caracteriza por el seguimiento de unas pautas bien definidas que posibilitan la producción de un trabajo científico. Excluye de esta conceptualización las obras de divulgación y los manuales temáticos utilizados en el ámbito universitario, que no tienen aporte científico alguno. También se refiere a las buenas prácticas académicas. En este sentido, explica que se deben respetar “cuatro grandes pilares: la originalidad, la eticidad, la rigurosidad y la relevancia” (Abásolo, 2023, p. 27). Asimismo, hace referencia a la elaboración del proyecto de investigación científica que debe seguir procedimientos o protocolos preestablecidos por la comunidad científica y que exigen por parte del investigador una madura reflexión previa.

En el Capítulo 2, “Lo jurídico como asunto de interpelación científica”, distingue el derecho como conocimiento teórico del derecho como técnica. El primero hace referencia a una actividad de tipo especulativa que busca escudriñar el quid de las realidades. Mientras que el segundo se orienta a la práctica. Puntualiza que se trata de dos tipos de conocimiento, el técnico y el científico, que permiten, con enfoques diversos, investigar en el ámbito del derecho. En este sentido, advierte que se debe evitar la idea de que las habilidades y destrezas que se hayan adquirido en la actividad profesional puedan homologarse automáticamente cuando se incursiona en los terrenos de la ciencia (Abásolo, 2023, p. 41).

Dentro del derecho como ciencia existen diferentes modos de aproximación a la realidad jurídica. Entre ellos, menciona al dogmático, el comparatista, el sociológico, el histórico y el filosófico. Por esa razón, sostiene que se debe hablar de ciencias jurídicas y no de ciencia jurídica.

En el Capítulo 3, “El objeto de una investigación científica en derecho”, se analizan siete rúbricas que debe cumplir el investigador en los primeros tramos del proyecto: área temática, tema, identificación del problema científico, justificación del problema científico, título, resumen y palabras clave. Desde un punto de vista sustancial, la delimitación del área temática y del tema responde a la pregunta: “¿Qué voy a investigar y desde qué encuadramiento intelectual lo voy a hacer?” (Abásolo, 2023, p. 57). Para definirlo se deben especificar de manera precisa los límites de la problemática que se pretende abordar en el proyecto para que sea viable en el tiempo de que se dispone.

Abásolo puntualiza que a la hora de elegir el tema es preciso tener en cuenta ciertos criterios que permitirán que sea realizable. Estos son: pertinencia, cientificidad, originalidad, factibilidad y problematicidad. Para que el tema sea admisible como tal es necesario que haya un problema; es decir, que en la comunidad científica exista una discusión, una situación de incertidumbre. De este modo, el investigador a través de su indagación, reflexión y análisis hará un aporte a las ciencias jurídicas. En este sentido, el autor ofrece algunos consejos al momento de elegir temas para los proyectos de investigación:

a) el interés y/o la vocación personal respecto del asunto elegido. b) las destrezas y habilidades con las que se cuente, y aquellas que habitualmente son requeridas para avanzar en la comprensión del objeto escogido. c) la posibilidad o no de acceder a las fuentes y a los recursos necesarios para demostrar el acierto de las hipótesis propuestas. d) la relevancia disciplinar, científica, política o social del asunto a indagar. e) la utilidad potencial que la investigación reviste para la trayectoria inmediata del investigador, y/o para su posterior desarrollo académico o profesional (Abásolo, 2023, p. 62).

En el Capítulo 4, “El horizonte intelectual de referencias del problema científico”, se explican las siguientes cinco rúbricas que el investigador debe cumplimentar en la elaboración del proyecto de investigación: el estado del arte, el estado de la cuestión, el marco teórico, la hipótesis y los objetivos.

El estado del arte comprende la exploración de las obras académicas referidas al espacio temático dentro del que se subsume el proyecto científico concreto. El autor recomienda incluir en él un aspecto general que abarque el panorama del área temática dentro del cual se inscribe la investigación planeada, y otro específico, focalizado en el núcleo del proyecto, que ha de ser minucioso.

El estado de la cuestión como producto intelectual apunta a ofrecer toda la información pertinente disponible sobre el problema objeto de estudio que justifique la conveniencia de afrontarlo. Se adentra con rigor y profundidad en la cuestión que el investigador con su trabajo apunta a resolver. A continuación, se explican los puntos de contacto y las diferencias entre ambas rúbricas.

El marco teórico está conformado por los núcleos temáticos inmediatamente próximos al problema a explorar. Su finalidad consiste, por una parte, en determinar los conceptos y categorías de los que se parte en la indagación. Y por la otra, en orientar el proceso metodológico en relación con la elección de estrategias y técnicas a emplear para el desarrollo de la investigación. Los criterios para definir el marco teórico son “su capacidad explicativa, su claridad, su proyección, su consistencia y su aceptación académica” (Abásolo, 2023, p. 98).

Los objetivos son los fines que el investigador tiene en miras de lograr al concluir el proyecto; son los resultados a los que se apunta con la pesquisa. Para cumplir con este punto se deben formular objetivos generales y objetivos específicos. Los objetivos generales se vinculan a la resolución del problema científico que se afrontará. Los objetivos específicos se orientan a resolver algunas aristas que contribuirán al esclarecimiento y mejor comprensión del problema núcleo de la investigación. Para su enunciación hay que emplear verbos en infinitivo. Además, deben ser posibles de lograr y su cumplimiento debe ser evaluable y mensurable de forma objetiva.

La hipótesis científica es un juicio positivo o negativo sobre el problema a investigar que se intentará demostrar en la ejecución del proyecto de investigación. Es el resultado al que el investigador cree que llegará. Por eso, es un juicio provisional que puede ser modificado al realizar el plan de trabajo por las evidencias que alcance en el proceso. La hipótesis tiene que estar articulada y justificada en relación con los demás componentes del proyecto y ser verificable. En este sentido, el autor señala que la hipótesis debe ser: pertinente, original, factible, precisa y relevante (Abásolo, 2023, pp. 108-109).

El Capítulo 5, “El acopio, análisis e integración de la evidencia”, se ocupa de tres ejes de los proyectos: la metodología de la investigación, la bibliografía y el plan de trabajo.

La metodología de la investigación es el camino que se recorrerá para recolectar la información pertinente y relevante, su registro, acopio, análisis e integración en el trabajo de investigación. Para su ejecución se requiere del conocimiento de técnicas de gestión de los datos, analizarlos y procesarlos de manera adecuada a los fines para los que se reunieron. El autor de la obra aconseja redactar fichas y da pautas para su confección.

La bibliografía está constituida por un elenco de la producción científica existente referida al problema objeto de investigación, al momento de elaborar el proyecto. Para elaborar el catálogo de obras a incluir en el listado, debe evaluarse si son idóneas, relevantes, plurales y novedosas.

El plan de trabajo está constituido por el cronograma que refleja la gestión del tiempo. Lo habitual consiste en plantearlo en términos de meses o de semanas. El autor recomienda complementar su mensura en horas.

Por último, en el Capítulo 6, “La organización y comunicación de los resultados de investigación”, se aborda la redacción académica, la defensa y publicación del producto fruto de la indagación. Abásolo explica que la narrativa científica tiene pautas rigurosas.

Afirma que los diferentes géneros discursivos científicos se distinguen por “su propósito -¿para qué?-, por su organización -¿cómo se estructuran?- y sus destinatarios -¿a quiénes se dirigen?-” (Abásolo, 2023, p. 150).

Para la redacción del informe de investigación con los resultados, hay que tener en cuenta a los destinatarios, que en este caso son los científicos expertos en la materia objeto de la indagación. Además, el estilo debe ser el de un informe científico con el uso de lenguaje técnico. En cuanto a la organización de la información recolectada y procesada de manera reflexiva, esta debe volcarse en el documento final con un orden lógico-metodológico. Los principios, que según el autor deben respetarse al redactar el informe de investigación son los de: unidad, progresividad y claridad.

En cuanto a la organización del contenido, Abásolo indica que debe respetarse la clásica estructura IMRyD -acrónimo de Introducción, Métodos, Resultados y Discusión-. En este sentido, al tener la información reunida se ordenará la argumentación respondiendo a ciertas interrogantes:

  • 1) ¿Qué problema científico estudiamos?, su respuesta es la introducción; 2) ¿Cómo encaramos ese problema?, contestamos con lo plasmado en métodos; 3) ¿En qué consistieron los frutos obtenidos en la investigación?, argumentamos lo volcado en los resultados; y 4) ¿Qué significa y cómo podemos interpretar dicha conclusión?, respondemos la discusión” (Abásolo, 2023, p. 145).

Se abordan y desarrollan los tipos de expresiones discursivas especializadas, cuya configuración está en función del propósito y de los destinatarios del producto científico.

El autor distingue entre los discursos que se dirigen a la evaluación de los procesos de indagación y aquellos que apuntan a dar a conocer a la comunidad de especialistas los resultados de las investigaciones. En el primer caso, cita a los informes, las tesis y las tesinas. En el segundo, a las ponencias y los artículos académicos postulados para su publicación. Acota que, en el ámbito jurídico, un estilo discursivo propio es “el comentario a la jurisprudencia” (Abásolo, 2023, p. 151).

La actividad científica exige publicar y defender de forma oral los resultados de las investigaciones. En este sentido, es propio de la actividad científica dar a conocer a la comunidad de expertos las conclusiones de las indagaciones. Esta exposición puede realizarse mediante una conferencia, una ponencia en un congreso o haciendo una defensa pública del informe. Otra opción es mediante un texto escrito. Las presentaciones más formales y reglamentadas son las propias de la defensa de tesis doctorales y las postulaciones para la publicación de artículos académicos en revistas arbitradas.

Al final del capítulo se hacen una serie de recomendaciones acerca de la elección de las revistas científicas donde conviene publicar los productos del trabajo de los juristas investigadores. En este sentido, se aconseja seguir los criterios de pertinencia y calidad.

Este libro es un valioso aporte a la formación de quienes desean cultivar las ciencias jurídicas. El proceso de investigar es una aventura en busca de la verdad. En él habrá momentos de seguridad y etapas de incertidumbre; obstáculos que parecen insuperables que con el tiempo y la creatividad son resueltos para alcanzar el tan ansiado conocimiento. Esta es la experiencia de todo científico. Por eso, es pertinente retomar las palabras del geólogo Pierre-Marie Termier, que expresan los sentimientos que se producen en el investigador el alcanzar la verdad una vez superados los desafíos que se le presentan:

Sí, la ciencia es causa de gozo, una de las causas de gozo de los hombres. Por eso habrá siempre científicos, mientras haya hombres capaces de pensar. Ciertamente, las Academias obran con razón al establecer premios, al prometer recompensas para estimular a los investigadores. Pero ¿qué premio puede compararse con el gozo de descubrir?” Pierre Marie Termier (Simard, 1961, p. 420).

Referencias:

Academia Nacional de la Historia. (s. f.). Dr. Ezequiel Abásolo. Recuperado el 12 de marzo de 2024, de Recuperado el 12 de marzo de 2024, de http://anh.org.ar/cuerpo-academico/dr-ezequiel-abasoloLinks ]

Simard, E. (1961). Naturaleza y alcance del método científico. Gredos [ Links ]

Cómo citar: Nieto, M. B. (2024). Reseña: Metodología de la Investigación Científica en Derecho. Principios. Criterios. Técnicas (2023) de Ezequiel Abásolo. Revista de Derecho, (29), e3945. https://doi.org/10.22235/rd29.3945

Editora científica responsable: Dra. María Paula Garat

Ficha técnica

Título: Metodología de la Investigación Científica en Derecho. Principios. Criterios. Técnicas Autor: Ezequiel Abásolo Editorial: Dykinson Año de publicación: 2023 Ciudad y país: Madrid, España ISBN: 978-84-1170-680-3 Páginas: 209 Versión electrónica: http://hdl.handle.net/10016/38656

Recibido: 10 de Marzo de 2024; Aprobado: 01 de Abril de 2024

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