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Revista de la Facultad de Derecho

versão impressa ISSN 0797-8316versão On-line ISSN 2301-0665

Rev. Fac. Der.  no.52 supl.spe Montevideo  2021  Epub 01-Dez-2021

https://doi.org/10.22187/rfde2021n52espa16 

Doctrina

Las re-reformas de los sistemas de pensiones en América Latina y Europa Central y Oriental (2008-2016)1

The re-reforms of pensions systems in Latin America and Central and Eastern Europe (2008 - 2016)

As re-reformas dos sistemas de pensões na América Latina e Europa Central e Oriental (2008 - 2016)

1Departamento de Ciencia Política, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de la República. Contacto: busquets@chasque.net

2Departamento de Ciencia Política, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de la República Contacto: npose07@gmail.com


Resumen:

Análisis comparado de las re-reformas de las pensiones (estructurales y no estructurales) en América Latina y en Europa Central y Oriental (2008-2016). El objetivo del artículo son las re-reformas de las pensiones en el período (2008-2016). Los casos a ser examinados son ocho: Argentina, Bolivia, Chile y Uruguay, de América Latina, y Letonia, Hungría, Lituania y Polonia, de Europa Central y Oriental.

En principio, los enfoques teóricos que testaremos son la teoría de recursos de poder, la teoría neo-institucionalista, la teoría del legado histórico y la teoría neodependentista. Explicitaremos la elección de indicadores para cada una de las teorías y utilizaremos la metodología QCA en alguna de sus variantes.

Palabras clave: políticas públicas; seguridad social; re-reformas

Summary:

Comparative analysis of pension re-reforms in Latin America and Central and Eastern Europe (2008-2016). The cases to be examined are: Argentina, Bolivia, Chile and Uruguay, from Latin America, and Latvia, Hungary, Lithuania and Poland, from Central and Eastern Europe.

In principle, the theoretical approaches used are the theory of power resources, the neo-institutionalist theory, the theory of the historical legacy and the neodependence theory. We will explain the choice of indicators for each of the theories and we will use the QCA methodology.

Keywords: public policies; social security; re-reforms

Resumo:

Análise comparativa das re-reformas previdenciárias na América Latina e na Europa Central e Oriental (2008-2016). Os casos a serem examinados são: Argentina, Bolívia, Chile e Uruguai, da América Latina, e Letônia, Hungria, Lituânia e Polônia, da Europa Central e Oriental.

Em princípio, as abordagens teóricas utilizadas são a teoria dos recursos de poder, a teoria neoinstitucionalista, a teoria do legado histórico e a teoria da neodependência. Explicaremos a escolha dos indicadores para cada uma das teorias e utilizaremos a metodologia QCA.

Palavras-chave: políticas públicas; previdência; re-reformas

Introducción

Tras las reformas de carácter liberal de los sistemas de pensiones en varios países del mundo en los últimos treinta años, la primera década del siglo XXI ha estado pautada por lo que algunos autores denominan el «segundo round de reformas» o las re-reformas de los sistemas de pensiones (Bertranou, 2009; Mesa-Lago, 2009; Rodríguez Azcue y Busquets, 2010; Vázquez D’Elía, 2014; Ortiz, I., y otros, 2019). Sin embargo, este segundo round se caracteriza, a diferencia de su antecesor, por la ausencia de un corpus teórico común que guíe los proyectos reformistas (Rofman, Apella y Vezza, 2013). En cambio, encontramos una variedad de iniciativas y procesos en los distintos casos latinoamericanos y de Europa Oriental que requieren un análisis con mayor detenimiento.

El primer objetivo de este trabajo es caracterizar los contenidos y los procesos de re-reforma de los sistemas de pensiones en los casos de América Latina (Argentina, Bolivia, Chile y Uruguay) y en los de Europa Central y Oriental (Hungría, Letonia, Lituania y Polonia).

En segundo lugar, el trabajo se propone avanzar un paso más al indagar sobre las posibles causas o factores que han llevado a estos países a adoptar distintos tipos de reformas. Para ello se construyen cuatro hipótesis teóricas a partir del examen de la literatura desarrollada sobre la base de análisis de casos en los países desarrollados y de casos de países en desarrollo. Posteriormente, utilizando el método comparativo booleano, se elaboran argumentos explicativos de las re-reformas, lo que implica establecer un diálogo entre la evidencia empírica y la literatura teórica.

1-Las re-reformas en América Latina y Europa Central y Oriental

En primer lugar nos trazamos como objetivo inicial ensayar una caracterización de las re-reformas ―o «segundo round de reformas»― 2 de los cuatro casos escogidos: Argentina, Bolivia, Chile y Uruguay. Para ello hemos seleccionado los hechos, las decisiones y las medidas normativas más relevantes que, a nuestro juicio, equilibran la amplitud y la profundidad de los procesos. Posteriormente introducimos de modo más sintético los resultados de reforma de los cuatro casos seleccionados de Europa Central y Oriental, que permiten expandir el horizonte de casos y, por ende, someter las explicaciones teóricas a un universo más amplio y geográficamente diverso de instancias de reformas.

1.1-El caso de Argentina

Para entender la re-reforma del sistema jubilatorio en la República Argentina es necesario retrotraernos al gobierno de Néstor Kirchner, que discurre entre el 25 de mayo de 2003 y el 10 de diciembre de 2007, período en el que se procesa lo que hemos denominado el «primer tiempo de un único proceso de reforma», para luego referirnos al gobierno de Cristina Fernández, en el que se juega el «segundo tiempo» y se completa el ciclo de re-reforma del sistema jubilatorio y pensionario (Nicoliello, 2007; Lo Vuolo, 2008; Rofman, Fajnzylber y Herrera, 2008; Kay, 2009; Rofman, 2011; Datz, 2012)3.

En un primer momento se identifican una serie de medidas, como la ley 24.476, de moratoria provisional, y la ley 25.999, de retiro anticipado, que persiguen el objetivo de mejorar la cobertura. Luego se continúa con una modificación gradualista y de apariencia poco ambiciosa de enmiendas legislativas no estructurales que apuntan a mejorar el sistema mixto en sus dos pilares.

En los años siguientes se observa la misma tendencia. Se impulsan una serie de enmiendas legislativas no estructurales que se presentan como mejoras del sistema mixto preexistente en sus dos pilares o componentes. Por ejemplo, se establece un mínimo de pensión en el régimen de capitalización y un tope para el costo de las comisiones de las administradoras. Se subraya la importancia de asegurar al afiliado la libre opción del régimen jubilatorio ―público y privado―, opción que se replantearía regularmente cada cinco años.

Finalmente, el cambio radical de carácter estructural será en diciembre de 2008, con la ley 26.425, que elimina la capitalización individual luego de 14 años de régimen mixto y crea, en su lugar, el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). La sustitución supuso volver al régimen de reparto y de administración pública, a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el organismo de gestión de seguridad social más importante.

La ley de creación del SIPA fue aprobada por el partido de gobierno (Partido Justicialista) y el Frente para la Victoria (FPV, Partido

Socialista), y obtuvo el apoyo parcial de la Coalición Cívica ARI; juntos sumaron en la Cámara de Diputados 166 votos afirmativos sobre 137, y en la Cámara de Senadores, 46 afirmativos sobre 65. En cambio, se opusieron el Partido Propuesta Republicana, la Coalición

Cívica ARI y la Unión Cívica Radical. Según Mesa-Lago, no se tomaron en cuenta los resultados del proceso de diálogo realizado en 2001 3.

Esta reforma es así caracterizada como estructural.

1.2-El caso de Bolivia

El gobierno de Evo Morales se desarrolló, en una primera oportunidad, a partir del 22 de enero de 2006, y en una segunda, a partir del 22 de enero de 2010 (Rofman, 2011). La Constitución de 2008 estableció que la seguridad social debería ser manejada por el Estado. Posteriormente, en diciembre de 2010, mediante la ley 065 ―«Nueva Ley de Pensiones»― se aprobó una reforma que contiene: el pilar de capitalización continua, pero gestionado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, dentro del Ministerio de Economía y Finanzas; el nuevo primer pilar, que prevé un mínimo beneficio después de 10 años de contribuciones y 58 de edad, financiado con contribuciones adicionales por parte de los empleadores del 3 % del salario del trabajador, ingresos de impuestos y rentas generales (las mujeres pueden reducir la edad jubilatoria en un año por cada hijo hasta un máximo de tres); asimismo, un régimen para los mineros, que se podrán jubilar a los 56 años de edad o a los 51 si trabajan en condiciones insalubres. Se integra también la pensión social básica no contributiva y universal ―«renta universal de la vejez o renta dignidad»― en el sistema, y finalmente se habló de la transición a lo que denominan sistema integral de pensiones. La pensión no contributiva es financiada con recursos provenientes del impuesto a los hidrocarburos ―30 % del total― y dividendos de las empresas públicas capitalizadas.

La ley fue aprobada por el partido de gobierno, Movimiento al Socialismo (MAS), pero contó con un acuerdo previo con la Central

Obrera Boliviana, al punto que la nueva ley fue firmada en la sede de la principal central de trabajadores como gesto simbólico (Ghosh, 2010). Asimismo, hay que anotar que mientras que el gobierno considera que el nuevo sistema será financieramente sustentable por lo menos en los próximos 35 años, los líderes empresariales han criticado la nueva ley, manifestando que no es sustentable.

Los cambios descriptos permiten caracterizar a esta reforma también como estructural.

1.3-El caso de Chile

El gobierno de Michelle Bachelet que se desarrolló entre marzo de 2006 y marzo de 2010 tuvo en agenda desde el inicio de su gestión la reforma del sistema de pensiones (Consejo Asesor Presidencial para la Reforma Previsional, 2006; Nicoliello, 2007; Rofman, Fajnzylber y Herrera, 2008) y la logró concretar mediante la ley 20.255, de julio de 2008.

La nueva reforma chilena supuso:

  • a-La creación de un nuevo pilar solidario que absorbió los programas no contributivos de naturaleza acotada. El esquema únicogarantiza a todos los individuos mayores de 65 años que pertenezcan al 60 % más pobre de la población el acceso a una pensión básica garantizada, independiente de su historial contributivo. Este programa brinda subsidios por vejez e invalidez financiados por el Estado.

  • b-El fortalecimiento del pilar contributivo (contribuciones obligatorias para trabajadores independientes, plan de ahorro previsionalvoluntario colectivo e incentivo para trabajadores de ingresos bajos y medios).

  • c-Medidas tendientes a mejorar la equidad de género. Concretamente, se implementó un bono por cada hijo nacido vivo, pagaderoa las mujeres al cumplir los 65 años y de monto equivalente a 18 cotizaciones por el salario mínimo.

  • d-Aumento de incentivos a la competencia de las administradoras de fondos de pensiones (AFP), con el consiguiente abatimientode las comisiones.

  • e-Una flexibilización del régimen de inversiones para las AFP.

La aprobación de la ley que hizo posible la re-reforma fue ampliamente negociada en las dos cámaras legislativas con la oposición partidaria, y se logró un acuerdo total en todo el arco político partidario. Este acuerdo resulta en una re-reforma que caracterizamos como paramétrica.

1.4-El caso de Uruguay

El gobierno de Tabaré Vázquez que se desarrolló entre marzo de 2005 y marzo de 2010 aprobó varias leyes y decretos que modificaron el sistema jubilatorio (Busquets, 2010; 2013; Rodríguez Azcue, 2010). Un primer capítulo se inscribe en un paquete de medidas tendientes a mejorar los guarismos de formalización del empleo; allí se destaca la convocatoria a los Consejos de Salarios y la ley 17.963, de 2006. En esta última se promueve la efectiva inclusión social al régimen previsional, se establecen reglas más flexibles para la regularización de los aportes al Banco de Previsión Social, tanto para empresas como para trabajadores no dependientes, y se instaura por primera vez en la historia un régimen de beneficios para los buenos pagadores.

En junio de 2008, a través de los decretos 281 y 291/008, se concreta la posibilidad de desafiliación para aquellos que no estaban obligados en 1996 a afiliarse al régimen mixto y optaron por hacerlo voluntariamente.

También en 2008, se aprueba la ley 18.241, denominada «de asistencia a la vejez», una prestación no contributiva que supuso la ampliación de la cobertura en aquellos sectores sociales más vulnerables. Asimismo, la ley 18.395, de setiembre de 2008, por su parte, flexibilizó el acceso al régimen jubilatorio, modificando todas las causales jubilatorias; destaca allí la rebaja de los años de servicio en el caso de la causal común (se pasa de 35 a 30 años). Estas modificaciones, como en el caso de Chile corresponden a una reforma de tipo paramétrica.5

1.5-Los caminos de la re-reforma de las pensiones

Como se ha visto, los casos latinoamericanos seleccionados han seguido trayectorias distintas que, en algunos casos, han derivado en transformaciones sistémicas de sus sistemas de pensiones y, en otros, han supuesto tan solo ajustes de las reglas preexistentes, pero sin alterar las lógicas centrales de funcionamiento. Algo similar puede decirse de la experiencia de Europa Central y Oriental, que también registra distintas instancias de reforma de profundidad variada. De este modo a partir de categorizaciones disponibles en la literatura la incorporación de estos casos nos permite ampliar el universo de instancias en el que se basa este análisis comparativo.

La tabla 1 resume brevemente las principales características de las reformas en los casos seleccionados de Hungría, Letonia, Lituania y Polonia. Tal como en Sudamérica, se consideran dos casos de reformas de carácter estructural, representados por Hungría y Polonia, y otros dos de ajustes paramétricos, que ocurrieron en Letonia y Lituania.

Sobre esta base, y siguiendo la clasificación reciente realizada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), caracterizamos nuestra variable dependiente, el tipo de reforma de pensiones, como se muestra en la tabla 2. Allí se registran cuatro casos de reformas estructurales que implicaron la clausura o modificación de la propiedad de la administración de las cuentas individuales: dos en América Latina y dos en Europa Central y Oriental. Del mismo modo, se registran otros cuatro casos, dos de cada región, en los que la reforma no clausuró el régimen de cuentas individuales precedente.

Tabla 1 Re-reformas en Europa Central y Oriental 

Fuente: OIT, 2019.

Tabla 2 Caracterización de la re-reforma 

Fuente: OIT. 2019.

2-Teoría: las causas de las reformas

Diferentes enfoques teóricos han pretendido explicar primero el desarrollo y luego la retracción de los Estados de bienestar en general y de los sistemas de pensiones en particular. A continuación se desarrollan cuatro de ellos, en tanto ofrecen hipótesis que pueden aportar a la explicación de los casos considerados en este estudio.

El primero es la teoría de recursos de poder, también denominada socialdemócrata. El primer estudio desde esta visión es el de Stephens (1979), quien analizando diecisiete Estados de bienestar encontró que los más extendidos coincidían con la presencia de gobiernos socialistas y sindicatos fuertes. Posteriormente, Korpi (1980) identificó que un alto grado de movilización de la clase trabajadora, combinado con la presencia de ejecutivos encabezados por partidos socialdemócratas, generaba efectos en la equidad de ingresos, la redistribución y el gasto en empleo, al menos en el caso de dieciocho democracias capitalistas avanzadas. En definitiva, esta teoría sostiene que la centralización del sindicalismo, la fuerza de los partidos de izquierda y el debilitamiento y fragmentación de los partidos conservadores contribuyen a la expansión de los programas de Estados de bienestar.

En América Latina, desde un enfoque pluralista, Mesa-Lago (1978) encontró que la extensión y estratificación de los programas de seguridad social están relacionadas con la capacidad de los grupos de presión de reclamar al Estado el otorgamiento de beneficios y programas sociales. Puesto de otro modo, el autor sostiene que los grupos que manejaron mayores recursos de poder consiguieron mejores programas de pensiones que aquellos con escasa capacidad de presionar, por lo que, desde otra perspectiva y en otro contexto, sus hallazgos reafirman la centralidad de los recursos de poder subrayados por la corriente socialdemócrata. Desde este enfoque se desprende, por lo tanto, que tras una ola de reformas privatizadoras, las re-reformas aparecen como más probables en aquellos países que cuentan con apoyo partidario fuerte en el parlamento.

Si la teoría de los recursos de poder es de naturaleza sociocéntrica, el segundo enfoque considerado en este trabajo, que se ha dado en denominar neoinstitucionalismo, pone en un primer plano el efecto de los arreglos institucionales en el comportamiento político.4 Una variante dentro del neoinstitucionalismo es el enfoque de los veto players o actores con poder de veto (Tsebelis, 1995), que plantea que la estabilidad o la modificación de las políticas es una función de la existencia de actores con capacidad de vetar los proyectos reformistas.

Con esta teoría como referencia, Inmergut (1992) estudió las reformas de los sistemas de salud en Suecia, Francia y Suiza. Estos tres casos compartían la presencia de asociaciones médicas poderosas opuestas a las reformas, por lo que la teoría de los recursos de poder no podía explicar el desenlace dispar de las reformas. En cambio, diferían en el grado de concentración/dispersión del poder político, ya que, por ejemplo, mientras en Suecia el Ejecutivo contaba con una mayoría legislativa disciplinada, en Suiza, la presencia de un Ejecutivo colegiado multipartidario, combinado con la institución del referéndum, hacían mucho más costoso el trámite de la reforma, lo que vetó su adopción. En la misma línea, el trabajo de Huber, Ragin y Stephens (1993) sobre los países de la OCDE concluye que las estructuras constitucionales con poder político disperso, que ofrecen múltiples puntos de veto, están asociadas negativamente con la expansión del Esatado de bienestar. En América Latina, igualmente, Castiglioni (2006) ha encontrado para el caso chileno que la relativa descentralización del poder fue uno de los factores explicativos del tipo de reforma social implementada durante el gobierno de Lagos.

En definitiva, como plantean Huber y Stephens (2001), más allá de la dirección de la reforma ―expansión o retracción―, los sistemas políticos con autoridad concentrada están más capacitados para promover reformas en sus sistemas de seguridad social que aquellos con autoridad dispersa, por lo que a efectos de nuestro estudio, cabría esperar experiencias de re-reforma en aquellos casos en los que la concentración del poder es una característica del sistema político.

El tercer enfoque considerado, que también se agrupa dentro del paraguas del neoinstitucionalismo, es el del legado histórico o policy feedback. La idea de este planteo es que las políticas previas, con el paso del tiempo, de vuelven instituciones, por lo que afectan la distribución de recursos entre los actores y, por lo tanto, el resultado del juego político (Pierson, 1993). Inicialmente, el enfoque surgió como una respuesta a la explicación basada en los veto players, ya que se sostenía que la concentración del poder hacía identificables a los promotores de las reformas impopulares, lo que incrementaba los costos políticos de tramitarlas. Se señalaba que, en cambio, lo que explicaba el mantenimiento o la retracción de los programas de bienestar era la amplitud previa de los propios programas, ya que ante esquemas de protección generosos, las iniciativas de recorte se encontrarían con poderosos grupos de interés opositores, lo que no sucedería en las situaciones de programas previos, menos ambiciosos (Pierson, 1994).

Aplicando este enfoque, Skocpol (1992) encontró que los veteranos de guerra en Estados Unidos se activaron como grupo de interés una vez que pasaron a beneficiarse de un programa de pensiones, y que una vez sucedido esto, los intentos de recorte se toparon con su resistencia. Pierson (1994), por su parte, comparó los intentos de reforma de la seguridad social en Reino Unido y en Estados Unidos, y encontró que mientras en el primer caso la naturaleza fragmentaria de los programas de protección posibilitó su éxito, la extensión y homogeneidad del segundo generó un efecto lock-in o candado que bloqueó la iniciativa reformista.

Posteriormente, tras la ola de reformas de recorte o privatizadoras del Estado de bienestar, algunos autores han comenzado a analizar el efecto de estas políticas como variable independiente en los posibles cursos de acción actuales. Es el caso de Kay y Ewig (2011), quienes estudian las políticas de pensiones y salud de los gobiernos de izquierda de Chile posteriores a las reformas liberales. Su trabajo encuentra que las políticas de privatización de la provisión de servicios de salud y seguridad social han generado un efecto lock-in que inhibió la emergencia de reformas estructurales tendientes a ampliar la provisión estatal en el nuevo contexto político, por lo que cabe hipotetizar que a mayor amplitud y profundidad de las reformas liberales previas, menos esperable es que surjan iniciativas de rereforma (y viceversa).

Por último, el cuarto enfoque retoma elementos de la teoría de la dependencia, que analiza, entre otros asuntos, los efectos del vínculo entre los países de la periferia del sistema capitalista y las instituciones financieras internacionales (IFI). Uno de los primeros análisis en esta línea es el desarrollado por Müller (2009), quien estudió las reformas del sistema de pensiones en tres países de Europa Oriental ―Hungría, Polonia y República Checa― y encontró que el tipo de reforme adoptada guardaba relación con el grado de endeudamiento externo. El argumento de la autora es que los países más endeudados, que tienen como única opción de financiamiento los préstamos de instituciones como el Fondo Monetario Internacional o el Banco Mundial, se ven sometidos a aceptar las condicionalidades impuestas por estos, entre las que se encuentran la privatización de los sistemas de pensiones. Este enfoque fue posteriormente utilizado para explicar la diversidad de reformas en los sistemas de pensiones latinoamericanos, que durante la década de los noventa sufrieron un conjunto de reformas estructurales patrocinadas por las IFI (Mesa-Lago, 1999; Busquets, 2005).

Con el advenimiento posterior de experiencias de re-reforma, nuevos trabajos han indagado ―y complejizado― el argumento sobre la incidencia del endeudamiento externo en las reformas de los sistemas jubilatorios. Estos estudios, de hecho, invierten la lógica explicativa de la incidencia del acceso internacional al crédito sobre las reformas, al plantear que estas pueden estar motivadas por la falta del acceso al crédit, como en su versión anterior, pero generar de hecho resultados en la dirección contraria. Concretamente, Datz (2012) sostiene que la vuelta a esquemas de provisión estatal de seguridad social está asociada con la imposibilidad de obtener financiamiento a tasas razonables en el mercado financiero internacional. La autora encuentra específicamente que, en el caso argentino, la necesidad de financiar obligaciones a corto plazo de la deuda y promover la reducción del déficit, en un contexto de acceso restringido significativamente al crédito internacional, fue determinante para la reestatización del sistema de pensiones, ya que la reforma otorgó liquidez al gobierno en el corto plazo. Otro estudio posterior (Datz y Dancsi, 2013), que compara la experiencia de los casos de Argentina y Hungría, pone sobre la mesa nuevos elementos empíricos que apoyan este argumento.

A efectos de nuestro trabajo es posible hipotetizar, entonces, que a mayor dificultad en el acceso al crédito en el mercado financiero internacional, más esperable encontrar reformas estatizadoras de la seguridad social.

A partir de las teorías, formuladas para explicar las reformas y retomadas para explicar las re-reformas, presentamos cuatro hipótesis explicativas: a) cuanto más fuertes en el parlamento los partidos de gobierno, más probable una estatización del sistema; 7 b) cuanto más fuerza institucional del Poder Ejecutivo, más probable una estatización del sistema; c) cuantos más radical la reforma liberal, menos probable una estatización del sistema, y d) cuanto menor el acceso al mercado de capitales, mayor la probabilidad de una estatización del sistema.

3-Explicando las re-reformas de la seguridad social: método

3.1-Método

A los efectos de nuestro análisis, aplicaremos el enfoque booleano (Ragin, 1987), una extensión del método comparativo y de la estructura lógica elaborado por John Stuart Mill hace más de un siglo, con los métodos del acuerdo y de la diferencia, o bien con la misma estructura de los elaborados por Przeworski y Tenue (1970), con los métodos de los sistemas más semejantes y de los sistemas más diferentes.

Cabe subrayar que el método no nos ofrece las variables independientes: son la teoría o el marco analítico quienes tienen que cumplir esa función.

Asimismo, la decisión de analizar los casos en una perspectiva comparada limitará, en gran medida, los datos a los términos que fueren comunes a los diversos casos analizados, dejando de lado informaciones que solo existen para algunos de los casos.

El método se ubica dentro del grupo de métodos comparativos orientados al caso, opuesto a los denominados métodos orientados a la variable. Es cualitativo y categorial, por oposición a macrocuantitativo y probabilístico, y sigue el testeo sistemático de hipótesis específicas para ver si ellas son cualitativamente verdaderas o falsas, o bien si resultan contradictorias (teorías robustas y comprensivas pueden eventualmente ser encontradas, luego de que fueron eliminadas las posibles contradicciones).

3.2 El enfoque booleano

Veamos en forma resumida los pasos que es necesario realizar para la aplicación del método.

Tomadas de la teoría o del marco analítico las condiciones causales y los resultados, se presentarán de forma dicotómica, dando el valor de uno a la presencia de la causa o resultado y de cero a su ausencia. Los criterios para realizar la dicotomización son arbitrarios o están informados por la teoría.

Con esta información se construye la tabla de verdad, la que será minimizada, de forma de alcanzar una expresión sencilla y de fácil interpretación.

Cada fila de la tabla representa una combinación. Cuando dos o más casos tienen la misma combinación, pasan a ser representados por una misma fila, por lo que cada fila puede contener uno o muchos casos.

La minimización sigue tres pasos:

  • ― Los ceros (ausencias) y unos (presencias) son sustituidos por las letras minúsculas y mayúsculas correspondientes.

  • ― Las dos combinaciones o filas de la tabla de verdad que solo difieren en una condición se resumen en una sola combinación, contando con todas las condiciones que son iguales en ambas combinaciones. El procedimiento se repite todas las veces posibles.

  • ― A las expresiones resultantes de esas minimizaciones se les denomina primeros implicantes (se trata de seleccionar el menor número posible de primeros implicantes).

Por último, así como es posible encontrar diferentes combinaciones causales que lleven al mismo resultado, es probable hallar combinaciones iguales con resultados diferentes. Estas últimas son las llamadas contradicciones. El número de combinaciones contradictorias es un buen indicador del grado de eficiencia de la teoría.

Las contradicciones, luego de encontradas, pueden ser resueltas. La forma más recomendable de hacerlo es estudiar la selección de variables realizada, de forma de llegar a resultados no contradictorios. Concordemos que esta es, sin duda una, de las grandes virtudes del enfoque booleano.

Luego de seguido este procedimiento8 podemos llegar a una explicación en la que varias y diferentes combinaciones9 puedan conducir a un mismo resultado y donde importan tanto la ausencia como la presencia.

A los efectos de este artículo utilizaremos el criterio de dicotomizar la variable dependiente. Resta señalar que una limitación de esta técnica de análisis comparativo es el número de variables explicativas, las que a los efectos de la utilización del software no pueden superar el número de diez (Berg-Schlosser y De Meuron, 1994).

Operacionalización

Para medir los recursos de poder utilizaremos la fuerza de los partidos que, desde diferentes ideologías, se encuentran unidos por sus preferencias desmercantilizadoras en el terreno de la seguridad social. Esa opción se justifica debido a que, si bien en sentido estricto, la teoría de recursos de poder toma en consideración a la fuerza de los partidos de izquierda, por su vinculación con la fuerza sindical, en sentido amplio estamos frente a una teoría pluralista que pondera los recursos de poder, en este caso bancas parlamentarias, de los actores.

Como muestra la tabla 3, al momento de la reforma en Argentina, Bolivia y Uruguay, los gobiernos contaban con mayorías legislativas propias en ambas cámaras. En Chile, en cambio, el gobierno había perdido en una de las cámaras las mayorías obtenidas en las legislativas de 2005, por causa de deserciones individuales de legisladores de la coalición gubernamental; se codifica a este caso como con recursos de poder bajos, y a los otros tres, como con recursos altos.

Asimismo, con la tabla 4 mostramos la fuerza parlamentaria de los partidos en el gobierno en Hungría, Letonia, Lituania y Polonia. Los cuatro casos muestran la fuerza legislativa mayoritaria del gobierno: en Hungría, el partido Fidesz, del primer ministro Orban, sobrepasaba el 60% del total de los escaños; en Letonia, la suma de los partidos de gobierno ―Partido de la Gente, Unión de Verdes y Agricultores, Partido Nueva Era y LNNK―, que apoyaban al primer ministro Dombrovski, alcanzaba un 60%; en Lituania había una coalición mayoritaria de centroderecha en el poder ―Unión de la Patria - Demócrata-Cristianos Lituanos―, y finalmente, en Polonia, la Plataforma Cívica y el Partido Popular Polaco controlaban el parlamento, con la izquierda relegada.

Tabla 3 Peso de la centroizquierda gubernamental en el Poder Legislativo al momento de la reforma (en %) 

Fuente: elaboración propia a partir de datos en la agencia de noticias Télam y Wikipedia.

Tabla 4 Peso de los partidos en el gobierno en el Poder Legislativo al momento de la reforma (en %) 

Fuente: elaboración propia a partir de datos en Wikipedia.

Para medir la institucionalidad en términos de concentración o dispersión del poder, la literatura ha recurrido tradicionalmente al análisis de las constituciones nacionales (Tsebelis, 1995). Una alternativa, que se enfoca en las instituciones informales, ha considerado a los tipos de liderazgos ejercidos para calificar a los gobiernos como con poder más concentrado o disperso (Levitsky y Roberts, 2011)11. La primera opción es la que seguimos en este trabajo, para lo cual utilizamos el índice de poder del Poder Ejecutivo (0-7); según este índice, se mide el número total de los poderes dados al Ejecutivo nacional como un todo.12

En Argentina, Letonia y Lituania encontramos un poder del Ejecutivo bajo (3 o 4), mientras que Bolivia, Chile, Hungría, Polonia y Uruguay tienen un poder del Ejecutivo alto (5 o 6).

Para medir el legado histórico utilizamos como indicador la modalidad de reforma liberal previa realizada. Siguiendo a Busquets (2005) y Antón Pérez (2006), Argentina, Letonia, Lituania, Hungría y Uruguay realizaron reformas mixtas que introdujeron un pilar de capitalización individual, pero que, a la vez, mantuvieron el pilar de solidaridad intergeneracional. Bolivia y Chile, en cambio, implementaron reformas más profundas que reemplazaron al sistema estatal previo por uno basado únicamente en la capitalización individual. Como consecuencia de esto, clasificamos a Argentina, Letonia, Hungría y Uruguay en la categoría de legado bajo o moderado, y a Bolivia y Chile en la categoría de legado alto.

Finalmente, el acceso a los mercados internacionales de crédito lo medimos a través de tres indicadores.

El primero es la calificación otorgada por las agencias calificadoras de riesgo a los bonos de largo plazo emitidos por los países en el momento de las reformas. Como muestra la tabla 5, en América del Sur, el único país con grado inversor era Chile. Bolivia y Uruguay obtenían notas intermedias, que no llegaban al grado inversor, y Argentina, en sus bonos denominados en dólares, se encontraba en una situación de default restringido.

En Europa del Este, en cambio, como se observa en la tabla 6, todos los países contaban con grado inversor, tanto para sus bonos en dólares (USD) como en moneda nacional (m/n.). Polonia presentaba la mejor nota, y Hungría, la peor ―la más cercana a la pérdida del grado inversor―; pero los cuatro se mantenían, al momento de sus reformas, por encima de esta barrera cualitativa.

Tabla 5 Calificación de la agencia Fitch de los bonos de largo plazo al momento de las reformas 

Fuente: Fitch.

Tabla 6 Calificación de la agencia Fitch de los bonos de largo plazo al momento de las reformas 

Fuente: Fitch.

Tabla 7 Riesgo premium OCDE en t - 1 y t (escala: 0 a 7) 

Fuente: OCDE.

El segundo indicador es el riesgo premium para el otorgamiento de préstamos de financiamiento de exportaciones desarrollado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). En la tabla 7 se observa la presencia de dos países considerados libres de riesgo, Hungría y Polonia, y otro con valor sistemáticamente bajo, Chile. Lituania y Letonia muestran valores bajo e intermedio, respectivamente, aunque condiciones deteriorantes en ambos casos con respecto al año anterior a la reforma. Uruguay muestra un valor intermedio de 4, constante, y el resto de los países latinoamericanos, valores que representan alto riesgo, aunque mejorando en el caso de Bolivia.

Finalmente, se considera la presencia o ausencia de crisis económica al momento de la reforma. Todos los países de Europa del Este se encontraban afectados por la crisis financiera global de 2008, lo que generó un empeoramiento relativo de las condiciones de acceso al crédito, así como un deterioro de los portfolios de los administradores privados. Argentina, por su parte, fue golpeada indirectamente por la crisis, lo que generó una recesión en su economía; tampoco contaba con acceso al financiamiento externo, producto de su política posdefault. En cambio, Bolivia, Chile y Uruguay mantuvieron tasas positivas de crecimiento en estos años y, en términos comparativos, sufrieron en menor medida los impactos de la crisis global.

Así, considerando los tres indiciadores, puede establecerse que en América Latina, Argentina y Bolivia mostraban dificultades con el acceso al financiamiento, no así ―o en menor medida― Chile y Uruguay, mientras que en Europa del Este, si bien producto de fenómenos distintos y partiendo de una situación inicial también distinta, todos los países enfrentaban un empeoramiento relativo de su acceso y de la composición de las carteras de inversión, producto de la crisis financiera. Por esto, la clasificación realizada en este trabajo ubica a Chile y Uruguay por un lado y al resto de los casos en otro.

Ahora presentaremos la tabla de la verdad de la que hablábamos anteriormente (tabla 8), siguiendo la propuesta de análisis comparativo de Ragin. Aquí, los recursos de poder (RECPOD), la institucionalidad (INST), el legado histórico (LEGHIST) y la relación con el sistema global (ACCESO) son las variables a ser consideradas.

Tabla 8 Tabla de verdad 

Fuente: elaboración propia (R = resultado; 1 = clausura de cuentas individuales; 0 = no clausura de cuentas individuales).

Los argumentos presentados no tienen contradicciones a resolver ―o sea, no hay dos argumentos iguales para diferentes resultados―, por lo cual seleccionamos las combinaciones con R = 1 para aplicar el procedimiento de simplificación de la matriz booleana (ver tabla 9).

Tabla 9 Tabla de verdad para clausura de cuentas individuales 

Fuente: elaboración propia.

Los casos de Hungría y Polonia tienen igual valor en la configuración, por lo que se convierten en una única explicación (ver tabla 10).

Tabla 10 Simplificación 

Fuente: elaboración propia.

Las combinaciones de las filas pueden ser simplificadas. Podemos presentar nuestras soluciones de la manera en que se observa en la tabla 11.

R = RECPOD x inst x leghis x acceso + RECPOD x INST x acceso

= RECPOD x acceso x (inst x leghist + INST)

Tabla 11 Tabla de verdad para debilitamiento de cuentas individuales 

Fuente: elaboración propia.

Los casos de Letonia y Lituania tienen igual valor en la configuración, por lo que se convierte en una sola configuración (ver tabla 12).

Tabla 12 Simplificación 

Fuente: elaboración propia.

Finalmente, tenemos dos configuraciones que pueden ser simplificadas:

R = recpod x INST x LEGHIST x ACCESO + RECPOD x leghist x ACCESO

= ACCESO x [ (recpodx INST x LEGHIST) + (RECPOD x leghist]

5-Argumentos como conclusiones

5.1. El trabajo presentado ha mostrado, en primer lugar, que los cambios en los regímenes de seguridad social no se agotaron en las reformas liberales de los 1990. Por el contrario, los 2000 han traído consigo una ola de re-reformas, que se verifica no solo en la región latinoamericana sino también en Europa del Este. Dentro de esta tendencia general, un primer elemento que resalta es que no todas las reformas han tenido el mismo grado de profundidad. Pues es posible identificar, en ambas regiones, tanto ajustes paramétricos como reformas estructurales.

5.2. La segunda conclusión general que se desprende del estudio es que no existen caminos únicos que conduzcan hacia una reforma estructural, o bien hacia una paramétrica. Por el contrario, se identificaron distintas configuraciones causales que derivan en cada uno de los resultados encontrados, lo que subraya la necesidad de incorporar a la complejidad causal en las explicaciones formuladas.

5.3. La reversión total de la reforma liberal, o fin de las cuentas individuales, podría explicarse, en un caso, por la fuerza gubernamental en el parlamento, el bajo legado histórico y el no acceso a los mercados de capitales, sin perjuicio de la dispersión institucional del poder.

La «tormenta casi perfecta» es el caso de la reforma en el primer período de gobierno de Cristina Fernández (2008), en la Argentina.

5.4. La reversión total de la reforma liberal también podría explicarse en tres casos por la fuerza política e institucional del Poder Ejecutivo, el bajo legado histórico, y el no acceso a los mercados de capitales; son los casos de la reforma en Bolivia (2011), Hungría (2011) y Polonia (2014).

5.5. Las reformas de segunda generación de la reforma liberal se explican por la debilidad gubernamental en el parlamento, el alto legado histórico y el acceso al mercado de capitales, sin perjuicio de la fuerza institucional del Poder Ejecutivo. La tormenta casi perfecta es el caso de la reforma en el primer gobierno de Michelle Bachelet (2008), en Chile.

5.6. La reversión parcial, o debilitamiento, de la reforma liberal se explica por la debilidad del gobierno en el parlamento, el alto legado histórico y el acceso al mercado de capitales, sin perjuicio del poder institucional con que contaba el Ejecutivo; son los casos de Letonia (2009), Lituania (2009) y Uruguay (2008).

5.7. Para los casos en que en las reformas se estableció el fin de las cuentas individuales, la fuerza política del Poder Ejecutivo y el no acceso al mercado de capitales fueron condición necesaria. Hay dos configuraciones diferentes para los cuatros casos.

5.8. Las reformas de segunda generación, u orientadas a la mejora de la cobertura, se dan cuando el acceso al mercado de capitales es una condición necesaria. Hay también dos configuraciones para cuatro casos.

5.9. Estos hallazgos empíricos revelan, a nivel teórico, la importancia del acceso al mercado de capitales o al neodependentismo para el conjunto de las explicaciones a través de diferentes configuraciones.

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1Agradecemos al Dr. Stephen Kay sus aportes bibliográficos a este estudio, eximiéndolo naturalmente de cualquier error u omisión, que es de nuestra entera responsabilidad.

2 «Re-reformas» es la denominación acuñada por Mesa-Lago, en tanto «segundo round de reformas» es la denominación utilizada por Bertranau.

3 Datz coincide con lo afirmado por Azcue y Busquets (2010) de que la nacionalización de los fondos privados de pensiones en 2008 fue solo la última etapa de un proceso iterativo de la intervención del Estado, en función de la dinámica de la deuda pública.

4 Para un análisis más detallado, Arza (2012).

5 Otra caracterización de las reformas en los cuatro casos de América Latina es la que realiza Cardozo (2011).

6 El neoinstitucionalismo surge a fines de la década de los ochenta y principios de los noventa como respuesta a los enfoques behavoristas predominantes en la política comparada hasta entonces (Peters, 1998).

7 En su investigación, Wib (2012) extiende el análisis a los actores no estatales ―interlocutores sociales― con el fin de capturar el poder global, es decir, no solo los jugadores con veto y los puntos de veto de la arena político-parlamentaria.

8Ragin ha desarrollado, conjuntamente con Drass Kriss, un programa de computación que permite la aplicación más sencilla de esta técnica.

9Con relación al problema de la generalización, Moreira Cardoso (1997) sostiene que existen tres posiciones: una que encuentra que esta no siempre es posible, pero debe ser buscada; otra que dice que es muy difícil, y una tercera que sostiene que no es objetivo último de la investigación comparativa, dado que hipótesis que compiten son bienvenidas a la comprensión del fenómeno. En esta última posición ubica a Ragin.

10 En este caso hay dos cámaras en la segunda cámara, sólo Plataforma Cívica tenía 63% de la representación.

11 De acuerdo a los autores, Chile y Uruguay son dos casos de ejercicio del poder más horizontal o disperso, mientras que Argentina es un ejemplo de ejercicio de autoridad concentrado. Bolivia, en tanto, se considera como un caso intermedio en el que ciertos grupos sociales conservan resortes de poder, pero, a la vez, el liderazgo de Evo Morales tiende a convertirse en la figura excluyente (Levitsky y Roberts, 2011).

12 Por ejemplo, el poder de veto.

Recibido: 30 de Junio de 2021; Aprobado: 13 de Diciembre de 2021

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