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Revista de la Facultad de Derecho

versión impresa ISSN 0797-8316versión On-line ISSN 2301-0665

Rev.Fac.Der  no.39 Montevideo dic. 2015

 

La identidad estatal plurinacional como elemento cohesionante (y no diferenciador) de la ciudadanía

The plurinational state identity as cohesive element (not differentiating) of citizenship

 

Gonzalo Gabriel Carranza

Abogado egresado de la Universidad Nacional de Córdoba; Docente e Investigador de la Universidad Nacional de Córdoba; Maestrando en Derecho Constitucional por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de Madrid y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

gonzalogcarranza@gmail.com

 

Recepción: 05/05/2015

Aceptación: 01/07/2015

 

Dedicado a la memoria de mi abuelo Eliseo Yurdi Galaico, quien confió en la democracia y el Estado de Derecho.

Resumen: El presente trabajo analiza el fenómeno de la coexistencia dentro de un mismo territorio estatal de diversas identidades nacionales, buscando encontrar la relación entre la percepción que el mismo Estado realiza de tal situación y su uso como elemento que cohesione y no diferencie a los ciudadanos a través de la educación. Las tesis del republicanismo y el federalismo plurinacional serán las claves para el entendimiento de este proceso.

Palabras clave: ciudadanía; estados plurinacionales; educación; republicanismo; federalismo

Abstract: This paper analyses the phenomenon of coexistence inside the same State territory of distinctive nationals identities, looking for the relation between the self perception of the State and the use of that situation like a cohesive element through the education. The republicanism and the plurinational federalism’s tesis are the keys to understand this process.

Keywords: citizenship; plurinational states; education; republicanism; federalism

 

Introducción

Los fenómenos sociales que vivimos en estos días dan muestra de la existencia de pretensiones por parte de numerosos colectivos de ciudadanos que se relacionan entre sí a lo largo y ancho del planeta.

La globalización puso de relieve el desmembramiento de muchas barreras diferenciadoras entre los sujetos y los Estados y ha unido –a través de distintos lazos, a sujetos que pertenecen a culturas absolutamente distintas.

Asimismo, no podemos decir que vivimos en un mundo absolutamente globalizado, pues hay vestigios culturales que subyacen en los grupos sociales que dan muestra de las particularidades identitarias de personas que tienen lazos mucho más fuertes, arraigados en la etnia y la lengua, es decir, en sus nacionalidades, siendo este el elemento diferenciador y a la vez cohesionante de los sujetos.

Hoy hay múltiples naciones que se extienden a lo largo y ancho del planeta, pero no todas ellas se identifican con un Estado en particular, ya que muchas veces puede darse la coexistencia de diversas nacionalidades en un territorio determinado por un Estado, lo que conlleva a numerosos problemas de índole separatista, secesionista o independentista.

A lo largo de las siguientes páginas nos propondremos analizar el fenómeno de la coexistencia estatal de diversas identidades nacionales y trataremos de dilucidar si es posible  que el mismo Estado perciba tales diversidades y pueda utilizarlas como elementos que cohesionen la ciudadanía a más del mero reconocimiento de las diferencias existentes. Quizás el factor de la educación podría ser uno de esos elementos cohesionantes a más de diferenciadores.

Bregaremos por realizar un estudio teórico mostrando posturas de distintos autores, tratando de no desviar el discurso en torno a cuestiones netamente normativas. Somos conscientes de las limitaciones de la formación profesional, pero creemos que esto se constituye así en un desafío, ya que los juristas muchas veces se preocupan más por procesos de subsunción o de ponderación, más que por ir a la raíz de las ideas que subyacen en los problemas que se presentan. Creemos que es ilustrativo el filósofo de la escuela de Frankfurt Jürgen Habermas, cuando señala que “los juristas prefieren discutir las cuestiones normativas en relación a casos sobre los que se ha de adoptar una resolución; piensan orientados hacia la práctica. En cambio, los filósofos se substraen a esta presión decisionista y como coetáneos del pensamiento clásico que se extiende a lo largo de más de dos mil años se conciben a sí mismos, de manera desenfadada, como participantes en una conversación eterna” (Habermas, J., 2012, 215).

Las Identidades

Un problema de tipo teórico ha sido a lo largo de muchos años el planteamiento de los autores en tratar de definir en términos no confusos al vocablo “identidad”. El problema subyace en que muchas veces la cuestión identitaria tiene que ver con debates internos, subjetivos, que denotan a priori preguntarse qué es lo que nos identifica.

Así, el hablar de la identidad implica un proceso de auto discernimiento que, creemos, debe darse en dos sub procesos:

Un primer subproceso que estaría determinado por la pregunta interna y reflexiva de aquello que es la identidad personal, es decir, aquello que me hace ser un sujeto determinado y me confiere la particularidad frente al alter, frente a mi familia, a mis amigos, a la sociedad en la que vivo. Este es el elemento diferenciador primero, es decir, aquel que me permite “verme” frente a un espejo y discernir que soy yo frente a los demás;

Un segundo subproceso, que podemos identificar como colectivo. Parte del primero, pues el primero me muestra que soy lo que soy porque formo parte de algo con lo cual también me identifico. Esta identidad colectiva se constituye así como el elemento diferenciador grupal, es decir, colectivo. Así, puedo diferenciar que existen distintas colectividades o grupos que se relacionan y se unen por cuestiones determinadas y que tienen rasgos que los hacen diferentes a los demás.

Este proceso nos da la sensación de que podríamos diferenciar de esta forma a distintos grupos identitarios sólo por la reflexión personal que realizamos. Cuando se cae en la cuenta de que también existe la posibilidad de entender a la identidad de manera grupal, es decir, cuando el mismo grupo puede diferenciarse, vemos que éste tiene así una autonomía y una posibilidad de mutación a lo largo del tiempo que le da vida propia, como un sujeto distinto de aquellos que lo integran.

Lo anteriormente mencionado busca nada más que reflexionar en torno a la dificultad de asegurar a ciencia cierta una definición de qué es la identidad, qué es lo que diferencia a los grupos con palabras que sean un corte. Juan Carlos Velasco señala al respecto que “la apelación a la identidad más que la reflexión pausada sobre la misma, no ha dejado de ganar espacio en el debate intelectual y político contemporáneo” (Velasco, J. C., 2006, 725) mostrándonos así que es un tema sobre el que se han escrito ríos de tinta.

Así, la cuestión de la identidad, con todos sus problemas teóricos de fondo, es el marco con el cual la ciudadanía esboza el anhelo de la lucha por el reconocimiento de distintas ambiciones personales y colectivas. Por ser quien se es, por sentirse identificado con un colectivo determinado, un ciudadano esboza frente al Estado el pedido de la defensa, reconocimiento o subsanación –en el caso de haber sido vulnerados– de sus prerrogativas fundadas en el hecho de poseer derechos, siendo conscientes además de que tienen que tener una serie de obligaciones fundadas en el bien de todos.

El entramado teórico de la identidad ha ido recorriendo un camino en las ideas de la existencia de dos sujetos que se relacionan mutuamente (los ciudadanos y el Estado) y que tienen la peculiar característica de encontrar en uno de ellos la posibilidad del reconocimiento por parte del otro de una actuación de tipo individual o colectiva.

Este entramado teórico ha sido analizado por Velasco dando lugar a una caracterización de tres modelos. Sus palabras son claras, y nos remitimos a ellas para poder esbozar en el presente esa claridad:

El modelo liberal, conforme al cual las instituciones políticas estarían volcadas al servicio de la identidad individual, de tal modo que la autonomía personal se erigiría en el valor central a proteger; por otro, un modelo de carácter más bien comunitarista, especialmente por su versión nacionalista, para el que la comunidad política se encontraría básicamente al servicio de la identidad comunal, definida en términos étnico-culturales; y, finalmente, la variante republicana, que concebiría la comunidad política como expresión de una identidad ‘cívica’ y exigiría de sus miembros un compromiso activo con los asuntos públicos (Velasco, J. C., 2006, 725).

Como vemos, son modelos que incluyen en sí a variados autores con variantes entre cada uno de ellos, por lo que quizás son modelos generalizantes que permiten un acercamiento con las ideas totales que podrían desenmarañarse en cada uno de los autores que piensan en tal sentido. En las próximas páginas retomaremos con las ideas que anteceden, sobre todo para referirnos al aporte que se puede obtener del republicanismo.

La cuestión de la identidad lleva consigo la idea de aquello que es propio, que pertenece a un sujeto determinado o a un grupo de personas en particular. De allí que no es dable hablar en un sentido netamente antropológico de la identidad, sino también en un sentido sociológico, es decir, no podemos enmarcar a la identidad solo como una cuestión que se enlaza al ser del sujeto, sino también al ser de los grupos. Es, de esta forma, una cuestión tanto antropológica como sociológica.

Velasco señala claramente que “la noción de identidad tiene siempre el correlato de la alteridad: se tiene una identidad porque hay un ‘otro’ o unos ‘otros’” (Velasco, J. C., 2006, 727) El proceso identitario no subyace netamente en la autopercepción o el crecimiento del sujeto en su interior, sino también en cómo influye en ese proceso el factor de la socialización, y cómo esa socialización produce además la institucionalización del sujeto en un marco de referencia determinado, en grupos que tienen una identidad y que penetran en lo más íntimo de la persona para configurarlo como tal.

Así, cobra relevancia la cuestión de la identidad cuando hablamos, por ejemplo, de la ciudadanía. Los lazos afectivos, simbólicos y diferenciadores de los sujetos se entablan con un Estado en particular. De esta manera se determinan algunos rasgos que terminan influyendo en el ser del mismo y que hacen que nos sintamos parte de un espacio diferente en el globo, que seamos ciudadanos de tal o cual Estado y que llevemos un Documento que nos identifica con un número de sujeto relacionado a éste; con una serie de derechos y obligaciones conforme a la carta de derechos reconocidas por el Estado y a las leyes que se deriven en su consecuencia. Formamos parte así de un todo, de un ente que nos “globaliza”, que nos da identidad y nos diferencia. 1

Ahora bien, puedo ser Checoslovaco, Argentino, Español o Mexicano, pero podemos preguntarnos si sería posible encontrar facetas identitarias que marquen ciertas diferencias culturales, étnicas y lingüísticas dentro de un mismo espacio construido a la luz de una Constitución determinada. Somos conscientes de que un Estado puede tener un grupo de ciudadanos que la integran y que guardan cierta homogeneidad 2 o cohesión social, o pueden existir distintos grupos que muestren raíces distintas y una identidad común y que se han aglutinado en ese mismo espacio por conveniencias históricas (con variantes que van desde la aceptación consciente hasta la incorporación por la fuerza), por cuestiones políticas, económicas, etc. Es posible, de esta forma, que en un mismo Estado convivan grupos de personas que no tienen la misma identidad, y que más allá de que podríamos decir que tienen una identidad común por elementos necesarios de identificación estatal y diferenciación para con otras potencias internacionales, no guardan un correlato estructurador que los una con cualquier otro ciudadano del mismo espacio.

Podríamos decir así que es posible que exista una identidad común con identidades diferenciadoras. Una vez más, nos encontramos ante la cuestión de la “identidad” y sus múltiples variables y significados.

La Plurinacionalidad como factor de hecho en los Estados contemporáneos

Frente a un Estado entonces, puede ser que no sólo exista una sola identidad, sino que pueden coexistir múltiples identidades, sean o no reconocidas como tal.

Podemos decir que esas identidades que existen en los Estados y que tienen elementos diferenciadores en común que los separan de la posibilidad de hablar de cualquier identidad determinada, cabría darse en las nacionalidades.

Los grupos colectivos que han tenido un devenir histórico determinado y que son, muchas veces, anteriores a los propios Estados (tal cual los conocemos desde la modernidad a esta parte), podrían ser nominadas como “nacionalidades” y al sentimiento determinado que lleva a los sujetos que las conforman al reconocimiento por parte de los sujetos que se diferencian de ellos como “nacionalismos”.

Jürgen Habermas, se ha referido a los nacionalismos con palabras que guardan una riqueza en cada una de sus manifestaciones, diciendo que son “aquellas poblaciones que se comprenden como grupos homogéneos étnica y lingüísticamente desde el trasfondo de un destino histórico común y que quieren asegurar su identidad no sólo como comunidades de origen, sino en la forma de un Estado nacional capaz de actuar políticamente” (Habermas, J., 2012, 199). El filósofo hace así un análisis que denota el sesgo estatal que es la mira de toda nación, con una serie de características comunes, a saber:

Son poblaciones, es decir, se componen por un grupo de personas determinadas y se van conformando con el paso del tiempo con aquellas personas que, fruto del nacimiento y las migraciones, van conformándola con el pasar de los días;

Hay una homogeneidad en ese grupo que conforma un todo diferenciable del resto de las personas del globo. Dicha homogeneidad es digna de ser visible por la etnia que conforman y por la lengua con la cual se comunican3

Tienen una historia en común, un pasado que los aglutina y que les da cierto títulos a la hora de hablar del origen;

Buscan asegurar su identidad, no sólo resguardándose en el origen que los aglutina, sino también en forma de un Estado que les permita obtener el título de ciudadano de su propia nacionalidad.4

El rasgo identitario es el denominador en común de todos los sujetos que integran ese grupo nacionalista, y es esa identidad la que lleva a ese colectivo de personas a querer tener un reconocimiento por parte de la comunidad, encaminado casi en sentido total a querer tener un espacio estatal en el que esa identidad se refleje en una carta de derechos y sea capaz de reflejar con palabras que definen prerrogativas extrapatrimoniales aquellas formas de reconocer los derechos y obligaciones desde su óptica en común.

La identidad nacional es así un elemento que señala un ser y un pensar colectivo y representa, como señala Velasco “la identidad política moderna por excelencia” (Velasco, J. C., 2006, 722), siendo “(...) una forma moderna de identidad colectiva no sólo porque constituye una forma secularizada de autocomprensión por parte de una comunidad política, sino porque exige una distancia reflexiva con respecto a las concepciones heredadas: presupone una apropiación consciente de  las tradiciones y símbolos culturales previamente filtrados por la historiografía y por la reflexión intelectual llevada a cabo por élites locales ilustradas” (Velasco, J. C., 2006, 722-723).

Una pregunta que cabe hacerse ahora es si es posible o no que coexistan nacionalidades dentro de un mismo Estado, es decir, si es posible la plurinacionalidad. Esta pregunta cae por su propio peso, porque de hecho existen espacios en el globo en el que coexisten distintas nacionalidades, fruto de la historia, de guerras, de pactos o de conveniencias. Ejemplos como Canadá, España, Suiza o el Reino Unido son muestras de espacios territoriales estatales en los que conviven a diario distintos nacionalismos.

Quizás no es la convivencia de distintos nacionalismos el hecho que llama la atención, sino el constante movimiento secesionista, separatista o independentista en la mayoría de los casos. La pregunta quizás recae por el hecho de que en algunos de los Estados nombrados ut supra conviven los nacionalismos de manera armónica y en otros está latente el hecho de la separación, con movimientos de ciudadanos que bregan por su independencia.

La distribución del poder en torno al territorio podría ser una de las soluciones que se plantean teóricamente frente al problema. Habermas (señalando el caso de Quebec en Canadá), dice que muchas veces son las mismas nacionalidades las que plantean la posibilidad frente a la secesión, de formar un Estado dentro de otro Estado existente, ofreciendo, por ejemplo, “construcciones federalistas dentro de un amplio espectro que va desde regulaciones confederativas hasta una relajada federación” (Habermas, J., 2012, 200).

Quedará luego ver si esto es posible otorgando una diferenciación de espacios dentro de un territorio, pero no haciendo alusión a diferencia alguna de derechos para los ciudadanos que forman parte del territorio que denota una nacionalidad determinada.

¿Será posible que la plurinacionalidad sea un elemento que cohesione, en vez de que diferencie a los ciudadanos de un Estado? ¿Será el Estado el que debe determinar los elementos que cohesionen? En los próximos párrafos pretendemos buscar posibles soluciones a estos interrogantes.

Distintas perspectivas teóricas sobre la plurinacionalidad, el reconocimiento y los Estados

Sobre el tema de la plurinacionalidad se han dado diversas variantes que bregan por dar una respuesta al debate teórico que subyace en el fondo.

Podríamos decir que tanto el liberalismo, el comunitarismo como el republi canismo han sido vertientes de pensamiento en relación al fenómeno de la plurinacionalidad o la pluralidad de culturas.

A modo de ejemplo, volcaremos una serie de argumentos o presupuestos que toman distintos autores al respecto.

El problema del reconocimiento

No podemos dejar de mencionar el debate entre Habermas y Taylor al respecto. En el debate subyace la idea del reconocimiento de las identidades colectivas, por lo que hay distintos matices que los autores argumentan y contra argumentan al respecto.

Charles Taylor, se refiere a la política del reconocimiento, y señala que “cierto número de corrientes de la política contemporánea gira en torno a la necesidad, y a veces la exigencia de reconocimiento. Puede argüirse que dicha necesidad es una de las fuerzas que impelen a los movimientos nacionalistas en la política” (Taylor, C., 2009, 53). Sostiene el autor que se arguye que el reconocimiento o no por parte del Estado, haría a la identidad del sujeto, la moldearía. Considera que hubo dos cambios que hicieron inevitable la preocupación por las cuestiones del reconocimiento, la igualdad y la diferencia:

El desplome de las jerarquías sociales, que eran la base del honor (entendido el término “honor” relacionado con la desigualdad); y

El moderno concepto de dignidad, con la premisa de que todos la comparten. Con este paso a la dignidad, “el principio de ciudadanía igualitaria llegó a ser universalmente aceptado” (Taylor, C., 2009, 70).

Señala que “la democracia desembocó en una política de reconocimiento igualitario, que adoptó varias formas con el paso de los años y que ahora retorna a la forma de exigencia de igualdad de status para las culturas y para los sexos” (Taylor, C., 2009, 56) De algún modo, todo se encaminó al reconocimiento de la identidad individualizada, la de cada uno de los sujetos.

Hace un análisis de cómo repercute el proceso de socialización y los “otros significantes” en la identidad del sujeto, por lo que “(...) el desarrollo de un ideal de identidad que se genera internamente atribuye una nueva importancia al reconocimiento” (Taylor, C., 2009, 65), aunque también es consciente de que “necesitamos las personas para realizarnos, no para definirnos” (Taylor, C., 2009, 64).

Si bien la dignidad dio lugar a la igualdad, el concepto de identidad dio lugar, señala Taylor, a la diferencia, pues cada uno tiene que ser reconocido por cómo es y quién es. Con la política de la diferencia “lo que pedimos que se reconozca es la identidad única de este individuo o de este grupo, el hecho de que es distinto a todos los demás” (Taylor, C., 2009, 71).

Todo pareciese ser que Taylor es tajante en el tema de la igualdad universal y la diferencia, aunque en cierto punto de su argumentación subyace la idea de que se podría pensar a la diferencia desde la igualdad de todos los sujetos y grupos por definir la propia identidad, la que debería respetarse a todos por igual.

Taylor describe a lo largo de su obra a dos tipos de posiciones liberalistas. Walzer se encarga de sintetizar los argumentos exponiendo a qué se refiere:

el primer tipo de liberalismo (“Liberalismo 1”) está comprometido de la manera más vigorosa posible con los derechos individuales y, casi como deducción a partir de esto, con un Estado rigurosamente neutral, es decir, un Estado sin perspectivas culturales o religiosas o, en realidad, con cualquier clase de metas colectivas que vayan más allá de la libertad personal y la seguridad física, el bienestar y la seguridad de sus ciudadanos (Walzer, M., 2009, 146-147).

Luego de enunciar el primer tipo, se aproxima a concluir en palabras el argumento del segundo liberalismo:

el segundo tipo de liberalismo (“Liberalismo 2”) permite un Estado comprometido con la supervivencia y el florecimiento de una nación, cultura o religión particular, o de un (limitado) conjunto de naciones, culturas y religiones, en la medida en que los derechos básicos de los ciudadanos que tienen diferentes compromisos, o que no los tienen en absoluto, estén protegidos (Walzer, M., 2009, 146-147).

Walzer señala que Taylor prefiere el segundo de los liberalismos, aunque no queda claro del todo según sus argumentos. Walzer, por su parte, es partidario de una forma de Estado con las limitaciones de reconocimiento que plantea el “Liberalismo 1”.

En este orden de ideas y bajo la discusión de los dos modelos de liberalismo, surgen los comentarios de Jürgen Habermas. Su propósito es demostrar que una teoría de los derechos correctamente entendida de ninguna manera puede ser ciega frente a las diversidades culturales.

Habermas tira por la borda los pensamientos de Taylor. Piensa que “el sistema de derechos no sólo no es ciego frente a las desiguales condiciones sociales de vida, sino que tampoco lo es frente a las diferencias culturales” (Habermas, J., 2009, 194). Así, el sistema de derechos permite dar un cobijo a diferencias culturales que deben ser reconocidas. No podemos hablar como Taylor de una igualdad y una diferencia según la identidad, ya que “la universalización de los derechos civiles es, ahora como siempre, el motor de una diferenciación progresiva del sistema jurídico que no puede asegurar la integridad de los sujetos jurídicos sin el estricto tratamiento igual –dirigido por los propios ciudadanos– de los contextos de vida que aseguran su identidad” (Habermas, J., 2009, 197).

Habermas se para frente al problema que se da en la posibilidad de conciliar la igualdad de los derechos de la ciudadanía democrática y las restricciones normativas que se imponen muchas veces a grupos diferenciados sustentándose en el valor de la totalidad de los ciudadanos.

Las posturas antagónicas de Taylor y Habermas sirven así para demostrar que existen distintas ópticas desde las cuales se puede analizar la pluralidad de identidades y el valor que tienen éstas para los Estados modernos.

El problema de la pluralidad de naciones en un mismo Estado

En otro orden de ideas, algunos autores como Will Kymlicka se han preguntado acerca de la posibilidad de la coexistencia en un mismo Estado de distintas naciones.

El autor señala que para él existe una afinidad entre la concepción de los Estados-nación y la democracia liberal, que implicaría la justicia social, la democracia deliberativa y la libertad individual.

Sostiene que los nacionalistas liberales tratan de encontrar argumentos en torno a la existencia de beneficios subyacentes al mantenimiento de la unidad política de los ciudadanos por ser parte de la misma nación, aunque sabe que son ideas nuevas ya que “en muchos Estados-nación, la idea de que todos los residentes del territorio comparten, o deben compartir, la misma identidad nacional es una idea comparativamente novedosa” (Kymlicka, W., 2003, 256).

Sostiene el autor la pugna existente entre los Estados-nación y la posibilidad de la coexistencia dentro de un mismo territorio de distintas naciones. Básicamente, se preocupa por el debate entre las naciones mayoritarias y las minoritarias. Piensa que “los Estado-nación han intentado construir un sentimiento vinculado a la condición de nación mediante el expediente de destruir cualquier sentimiento preexistente y distinto en las minorías nacionales que estuviese vinculado a la condición de nación” (Kymlicka, W., 2003, 257).

Su propio debate lo lleva a asegurar luego que el conflicto que describe no desaparece ni aún queriendo tomar como limitación el respeto de los derechos humanos, porque “son varias las formas por las que el Estado puede despojar sistemáticamente de sus derechos a las minorías nacionales sin que exista una violación de sus derechos civiles y políticos individuales” (Kymlicka, W., 2003, 259). Cree que este es uno de los motivos por los cuales todavía en el mundo actual existen secesionismos, ya que las minorías buscan defender sus derechos humanos en un Estado que permita también el gozo de los derechos civiles y políticos. Lo que plantea es que los Estados-nación hoy en día si bien pretenden otorgar los mismos derechos civiles y políticos a los ciudadanos, no respetan los derechos humanos de las minorías nacionales.

La síntesis de su pensamiento, en sus propias palabras, se esboza en el siguiente párrafo:

Las minorías nacionales no se sentirán seguras, con independencia de cuán intensamente se protejan sus derechos civiles y políticos individuales, a menos que el Estado renuncie explícitamente y para siempre a cualquier intención de compromiso con este tipo de políticas de construcción nacional estatal. Esto significa, en efecto, que el Estado tiene que renunciar para siempre a la aspiración de convertirse en un “Estado-nación” y aceptar en vez de eso que es, y que seguirá siendo un “Estado-multinación” (Kymlicka, W., 2003) Como vemos, el paso que pretende Kymlicka es el de la autopercepción es tatal a la plurinacionalidad.

Otra postura para el análisis: el republicanismo

Otra postra que podríamos señalar es el republicanismo como alternativa que permita conjugar la pluralidad de las nacionalidades en un mismo territorio estatal. Juan Carlos Velasco realiza un estudio del republicanismo indicando algunos puntos destacables para el entendimiento de esta propuesta.

Básicamente, su estudio se centra en el análisis de la posibilidad de conjugar una identidad de la ciudadanía en sociedades contemporáneas con pluralismo radical.

En Estados donde existen pluralidad de culturas y, podríamos afirmar, pluralidad de naciones, se podría “configurar una forma de identidad colectiva que asegure la cohesión social y la lealtad a la comunidad política” (Velasco, J. C., 2006, 733).

Lo que plantea el autor es que la identidad colectiva en el republicanismo sería una alternativa que permitiese reposar esa identidad “sobre la experiencia política acumulada en común que los ciudadanos hacen suya al ejercer activamente sus derechos democráticos de participación y de comunicación política” (Velasco, J. C., 2006, 734).

En Estados que respeten el republicanismo, éste debería solicitar solamente a los ciudadanos una aculturación política, en la cual la identidad sea en relación a los principios y valores que se emanan del ordenamiento y no de las orientaciones que cada uno puede tener conforme a su cultura nacional.

El modelo supone que debe ser el mismo Estado el que pretenda conciliar la plurinacionalidad existente en su seno a través de mecanismos institucionalizados de la gestión de las diferencias que subyacen entre las distintas naciones.

Igualdad vs. Diferenciación: el Federalismo Plurinacional

A partir de las teorías y el análisis realizado, podemos entender que hoy en día el fenómeno de la plurinacionalidad está presente en muchos Estados. Así, se vislumbra claramente cuando existen sesgos secesionistas que dan muestra de la coexistencia no armónica de las mismas realidades, pero también sabemos que hay otros Estados donde la coexistencia sí es armónica.

Básicamente, entendemos que uno de los mayores flagelos que se sufren son las violaciones a los derechos de los ciudadanos que forman parte de las nacionalidades que no corresponden a la mayoría de la del Estado, o a aquella que el Estado quiere señalar como la mayoría hacia la cual busca que tiendan todas las minorías a modo identitario. Así, surgen ocasiones en las que los Estados tienden a perpetrar políticas públicas y a dictar un conjunto de leyes que buscan eliminar signos identitarios minoritarios y generar una sola mayoría, para lograr así la identidad de los Estados-nación como señalaba Kymlicka. Esto conlleva en numerosas ocasiones el debilitamiento de los nacionalismos minoritarios por la violación sistemática a sus derechos.

Puede ser que el Estado reconozca la existencia de multiplicidad de naciones, puede ser que no. Puede ser que en el reconocimiento establezca limitaciones a los derechos de las personas que forman parte de esas naciones minoritarias, o también puede integrarlas.

Hasta ahora, la solución más valorada ha sido la de la mera aceptación de las múltiples nacionalidades, pero sin vislumbrarse acciones por parte del Estado para poder integrar las distintas identidades comunes y lograr así un salvoconducto para valorarlas como tales. La solución que se ha encontrado ha sido la de asumir la tolerancia liberal, más que un compromiso férreo del Estado para poder luchar por la coexistencia pacífica y armónica de las distintas identidades que conforman el espacio territorial sobre el cual se adscribe. Este ideal de tolerancia proviene del cristianismo, de donde “procede una connotación particularmente negativa que aún hoy día lastra el sentido de dicha noción” (Velasco, J. C., 2006) y se ha impreso en el seno de las teorías y, por ello, de los gobiernos liberales, considerándola como una virtud pública, bregando por “el mal menor de la diversidad con el fin de evitar el mal mayor que implica la perpetuación de conflictos civiles” (Velasco, J. C., 2006, 733).Tenemos que comprender que el mero hecho de la tolerancia implica la desaprobación y el rechazo, como señala Velasco. Lo que importa no es tolerar, sino reconocer la existencia de las diferencias y hacer frente a ellas con el ejercicio de un gobierno que sea inclusivo más que diferenciador.

Lo que propongo es que el Estado debe valorar la existencia de los plurinacionalismos, pero no tomarlos como hechos diferenciadores, sino como un todo cohesionante que permita dar una identidad de multi identidades a ese Estado. A lo que me refiero es a que el Estado puede afirmar que tiene una serie de nacio nalidades en su interior, es decir, dentro de sus barreras fronterizas. Así, reconociéndolas, puede pensar que la identidad propia del Estado es su pluri identidad, a modo de una identidad diferenciada del resto de los Estados que quizás tengan una sola nacionalidad. Tomando este parámetro, sería el mismo Estado el que debería vislumbrar los medios para lograr tal cuestión.

Lo que interesa en este caso es que haya un auto convencimiento de la plurinacionalidad en un primer paso. Luego, en darse cuenta que esa plurinacionalidad es la propia identidad. Un paso más, sería encargarse de dirigir las políticas para que los ciudadanos que forman parte del mismo comprendan la identidad pluri identitaria de su Estado y de esta forma haya una convivencia basada en el respeto y en la adscripción al sistema de derechos. Es claro que el Estado debe hacer esto teniendo en cuenta que es él una persona jurídica compuesta por los ciudadanos que, en su autonomía personal, otorgaron el poder para conducir el designio del espacio en el que se encuentra y de los ciudadanos a los que gobierna, y es esa convicción la que nos hace entender que al ser el Estado un compuesto de multiplicidad de naciones, con multiplicidad de identidades comunes, con multiplicidad de identidades personales, debe reconocer su composición y luchar por la armonía, dejando de ser un mero espectador de tal situación.

Sabemos que uno de los grandes problemas que se presentan en territorios donde las nacionalidades están instaladas es el espacio que cada una de ellas ocupan, y no sólo ese espacio, sino los derechos que le corresponden a esa porción del Estado en el reparto competencial.

Los Estados que tienen plurinacionalidades normalmente encuentran cabida de su distribución conforme a espacios territoriales delimitados que encierran en su mayoría a estas minorías. Así, si hacemos un mapa de todo el Estado, podremos ver a una identidad mayoritaria y a algunos nacionalismos minoritarios. Pero si acercamos el zoom hacia el espacio territorial delimitado por Provincia, Estado, Autonomía, Región o como se intente delimitar el territorio, podremos ver que hay identidades que corresponden a una mayoría de aquella minoría y una minoría de aquella mayoría que conforma el Estado en su totalidad.

He aquí un nuevo problema. No es solamente un paso el que el Estado reconozca la existencia de las multi nacionalidades y les otorgue un trato igualitario al respecto de los demás ciudadanos, sino que también el problema subyace en cómo hacer para otorgar a ese espacio donde se encuentran las minorías nacionalistas un trato acorde (y aquí no decimos igual) de derechos conforme al bagaje histórico, social, cultural, económico y político que representa para el resto del Estado.

Por todo esto es que pensamos que el debate debe centrarse en dos grandes pilares: el reconocimiento y el auto convencimiento del Estado de la existencia de las plurinacionalidades y su trato igualitario, por un lado, y por otro un diseño del espacio y la distribución de las competencias del Estado en relación al territorio que se amolde a la existencia de los nacionalismos y que realice una serie de acuerdos y pactos para lograr la armonía no secesionista.

Dentro de los modelos teóricos que se han planteado y que podrían amoldarse a esta serie de reflexiones, se encuentra el Federalismo Plurinacional. Autores como Ramón Máiz, José Antonio Pérez TapiasRequejo (entre otros) toman este debate y tratan de esbozar un modelo que pueda ser inclusivo para el problema que vislumbra España desde la Constitución de 1978.

Decimos que es un modelo teórico no sólo porque se fundamenta en proposiciones que tienen una honda raíz filosófica y ética, sino también porque el modelo no ha sido aplicado al día de hoy o, mejor dicho, no se conoce Constitución alguna que señale que el Estado es Federalista Plurinacional. Distinto es el caso de Bolivia, donde el Estado es Plurinacional, pero adscribiéndose al modelo de Estado Unitario.

El punto clave de este tipo de teorías es que es conciliadora y busca el beneficio en común de los actores que se encuentran en el foco del debate. Básicamente, Máiz señala que “el federalismo plurinacional permite ensayar la acomodación no solo pacífica, sino mutuamente beneficiosa y enriquecedora cultural, política y económicamente, de varias naciones en el seno de un mismo Estado, consensuando un proyecto común de convivencia” (Maíz, R., 2005, 6).

Máiz plantea que el federalismo como sistema de distribución territorial del poder plantea la posibilidad de conjugar democráticamente el pluralismo ideológico, cultural y territorial. Su correlato, sostiene, es un concepto no nacionalista de nación, esto es “la nación entendida como una comunidad plural, integrada por mayorías y minorías culturales, como un ámbito de convivencia y deliberación, donde los derechos de las mayorías no conculquen los derechos de las minorías, donde las protecciones externas de la propia diferencia no ‘normalicen’ el interior en busca de una homogeneidad étnico-cultural” (Maíz, R., 2005, 10).

Si analizamos la definición de Habermas de los nacionalismos, vemos que uno de los sesgos que se vislumbraban era la posibilidad de tener un Estado en el cual se disfruten los derechos. Esta propuesta genera “Estados” dentro de Estados, donde se permite un gobierno de multinivel que esboza la posibilidad de relaciones internas dentro del esquema federal, con un correlato de funciones centrípetas y centrífugas que posibilitan el establecimiento de políticas concurrentes entre los distintos Estados.

Este federalismo plurinacional permite, como lo señala Pérez Tapias, la posibilidad de conjugar la igualdad de los derechos de todos los ciudadanos con diferencias entre los territorios. Éste autor señala que es posible que en algunos Estados el federalismo haya sido el elemento cohesionante que permita la subsistencia de una sola Nación, como en Estados Unidos, donde este sistema se adscribió dando lugar a la posibilidad de hablar de una “homogeneidad cultural incuestionable” (Pérez Tapias, J. A., 2014,101). Asimismo, señala que hay otras posibilidades en las que “el federalismo tiene que habérselas con la pluralidad nacional, sobre todo cuando coincide en que se quiere dotar de estructura federal a un Estado que se descentraliza políticamente” (Pérez Tapias, J. A., 2014,102).

Quizás el punto clave se puede entender cuando se afirma que “el federalismo pluralista se ofrece como superación de los nacionalismos de vía estrecha, precisamente para propiciar una nueva manera de ubicarse las naciones en realidades estatales capaz de generar y consolidar marcos institucionales para la convivencia de naciones diferentes” (Pérez Tapias, J. A., 2014,104). Este federalismo une naciones a más de separarlas y diferenciarlas. Claramente, el Estado Federal Plurinacional es superador de la idea misma del Estado-nación, y como es posterior a la creación del Estado mismo, permite una serie de acuerdos y pactos entre los Estados que lo formarán que da lugar a la posibilidad de prestar especial atención a ciertas competencias necesarias para la convivencia pacífica y que pueden ser diferenciadas, sobre todo porque “(...) diversos son los territorios y más diferentes entre sí si además hay territorios que presentan una fuerte conciencia nacional con las consiguientes aspiraciones políticas” (Pérez Tapias, J. A., 2014,107).

La conjugación de la igualdad de derechos de los ciudadanos y las diferencias de los territorios se debe articular teniendo en cuenta que la dinámica de reconocimientos que interactúan no genere privilegios de unos o discriminación de otros.

Considero que el federalismo pluralista se adscribe dentro de la tesis republicana y debe en ella encontrar un soporte para el desarrollo de sus cometidos. El republicanismo cívico, como indica Velasco, “constituye ciertamente una respuesta plausible en términos democráticos, pues dicha forma de concebir la política implica la identificación con un Estado que se compromete con la aplicación imparcial del derecho democrático a la pluralidad cultural, con un Estado que garantice el derecho a tener distintos códigos de identificación nacional, y diversas opiniones sobre el futuro de la comunidad política” (Velasco, J. C., 2004, 206).

En fin, lo que pretendemos es mostrar que es posible una teoría en la cual el respeto de todos los ciudadanos se manifieste en clave civil, política y de derechos humanos, y que los espacios que formen parte del territorio y que sean los enclaves políticos de los nacionalismos, puedan tener tratos diferenciados conforme a los necesarios pactos que se deben hacer para el bien de toda la comunidad.

El Estado cohesionante: la educación y su influencia en el proceso de socialización

Como vimos anteriormente, el Estado que es consciente de su posibilidad de reconocer a las plurinacionalidades que lo integran debe (por el imperativo de que sus miembros son los que lo llevan a reconocer esta existencia) realizar ahora los pasos necesarios a los fines de encontrar una solución y lograr así la integración de las plurinacionalidades. Anteriormente, hemos realizado el análisis de las propuestas que tienden al federalismo plurinacional, como uno de los métodos teóricos que podrían ayudar a este esquema de ideas.

Ahora bien, si el Estado reconoce este esquema de responsabilidades, debe ser él también un actor activo en miras a lograr la mayor cohesión ciudadana posible. Así, su actuación en torno al pacto constitucional que vele por la integridad territorial y la integridad de los derechos es uno de los grandes pasos que debe dar, pero ¿es el único? Consideramos que no, y que este es sólo el primer paso.

Como vimos, uno de los factores esenciales en la conformación de la identidad eran los “otros significantes” y aquellas instituciones sociales que permiten en el proceso de socialización bregar por el reconocimiento de la identidad personal y colectiva.

Así, como vimos que es el Estado el que debe reconocer que su identidad es una pluridentidad, debe éste ser el que bregue porque los ciudadanos que lo conforman logren internalizar esta diferencia que los une y los hace iguales con sus conciudadanos. Por ello, uno de los factores esenciales que planteamos es la posibilidad de diseñar esquemas educativos que propendan de manera progresiva conforme a la edad de los educandos a lograr favorecer a través del diálogo y la auto percepción la identidad colectiva que subyace en su comunidad de iguales y que los hace tener una identidad determinada, quizás distinta a las identidades que tienen los demás Estados. El proceso de socialización en el ámbito educativo propenderá a que los educandos puedan discutir poco a poco sus pareceres y logren identificar que junto a ellos hay otros que comparten su mismo elemento diferenciador respecto del universo entero, pero con los que guardan una cercanía importante y tienen una conexión en la diversidad. Lo esencial es el reconocimiento de que lo que los une son las diferencias.

Es el espacio educativo uno de los mejores para poder realizar este cometido, ya que en el proceso de socialización primaria, siempre encontraremos quizás escollos personalistas que impidan la asimilación identitaria dentro de la comunidad familiar, pero en las escuelas, donde el Estado sí tiene injerencia, podría desarrollarse esta política tendiente al reconocimiento de la identidad plurinacional.

Además, el Estado tiene que propender a diversas actuaciones políticas tendientes a reconocer las diversidades que lo integran, por ejemplo, con el reconocimiento del calendario propio de cada una de las festividades nacionales de las diversas naciones que lo conforman.

Velasco señala al respecto de la cuestión del republicanismo una serie de cuestiones que podrían suscribirse a este aspecto de la educación, pues sostiene que “una pedagogía republicana de la pluralidad sería movilizar de forma vertebrada y coherente sentimientos identitarios superpuestos en el conjunto de la ciudadanía, de manera tal que emergiera una cultura pública plurinacional y pluriétnica” (Velasco, J. C., 2004, 207). Interesa aquí destacar que quizás dos de los elementos esenciales que debería tener el proceso educativo sería la vertebración de los contenidos y la coherencia de los mismos a lo largo de todo el sistema, dando lugar de esta forma a la posibilidad de encontrarnos con un Estado preocupado por la cuestión y que pone lo suyo para la superación de las diferencias.

Así, el Estado no es un actor pasivo, sino un gran actor activo en búsqueda de la identidad de todos los ciudadanos que forman parte de su plurinacionalidad.

Conclusiones

Hemos analizado cómo las identidades de los sujetos individuales y colectivos tienen una clara incidencia en el proceso de la percepción de uno mismo en relación con los demás. Analizamos distintas vertientes teóricas que nos permitieron arrojar algunas ideas en torno a la diversidad en las naciones, a la multiplicidad de las nacionalidades dentro de un mismo espacio y a la posibilidad de que esa diversidad sea o no reconocida por los ciudadanos o por el Estado mismo.

A partir de todo lo analizado concluimos en que es el mismo Estado el que debe reconocer que su identidad, en ciertos casos, está compuesta por la diversidad de nacionalidades que lo integran y que, en esos casos, el modelo del Estadonación ya no es el que se puede sostener, sino el de un Estado-multinacional o plurinacional. Es en base a esa auto percepción estatal donde comienzan los giros que tienden a arreglos institucionales para acercar las diferencias a una unión que se percibe como diferenciada y, en base a ello, que el mismo Estado sea el autor de los cambios que se requieren para poder llevar a cabo el proceso de identidad de las naciones que lo conforman con éste y a que los ciudadanos que lo conforman se sientan parte de tal espacio.

El Estado ya no es meramente un reconocedor de derechos y obligaciones, es un sujeto que también descubre que el paso del tiempo y la historia misma con sus idas y venidas, ha hecho posible que se adscriban a él numerosas nacionalidades con raigambres culturales bien definidas y distintivas, y que es ese reconocimiento un acto esencial en miras a lograr la coexistencia armónica, pacífica y, por ello, no secesionista ni separatista ni independentista de los nacionalismos que lo integran.

Lo que interesa es una vuelta de tuercas en el diálogo, en la comprensión, en el acercamiento. Lo que interesa es un Estado que escuche más que un Estado que se quede con los brazos cruzados frente a una realidad imperante. Lo que interesa es un Estado que reconozca los presupuestos fácticos más que los meramente normativos.

Así, un Estado que reconoce la plurinacionalidad, a más de ver a ésta como un elemento diferenciador, lo pueda tomar como un elemento cohesionante para el devenir de la ciudadanía.

Referencias

Habermas, J. (2012). La inclusión del otro. Estudios de teoría política. Barcelona: Paidós.

Kymlicka, W. (2003). Cosmopolitismo, Estados-Nación y Nacionalismo Minoritario. En Kymlicka, W. La Política Vernácula. Nacionalismo, multiculturalismo y ciudadanía. Barcelona: Paidós.

Maíz, R. (2005). Estado de las Autonomías y Federalismo Plurinacional. En Valls-Llobet, C. (Coord.) Hacia una España plural, social y federal. España: Mediterránea.

Pérez Tapias, J. A. (2014). Invitación al Federalismo. España y las razones para un Estado plurinacional. Madrid: Trotta.

Requejo, F. (2003). Federalisme plurinacional i estat de les autonomies. Aspectes teòrics i aplicats. Barcelona: Proa.

Taylor, C. (2009). La política del reconocimiento. En Taylor, C. El multiculturalismo y la “política del reconocimiento”. México: FCE.

Velasco, J. C. (2004). Republicanismo, constitucionalismo y diversidad cultural. Más allá de la tolerancia liberal. Revista de Estudios Políticos (Nueva Época), 125.

Velasco, J. C. (2006). Pluralidad de identidades e integración cívica. En Velasco, J. C. y González, J. M. (eds.) Arbor, ciencia, pensamiento y cultura. La construcción de las identidades colecticas. Madrid: CSIC.

Walzer, M. (2009). Comentario. En Taylor, Charles (2009): El multiculturalismo y la “política del reconocimiento”. México: FCE.

Notas

1        Sobre esto, es dable también atender a las posturas ideológicas que se adscriben a la globalización como fenómeno en el cual los rasgos identificatorios con un Estado particular se van perdiendo, o atender a la posibilidad de que seamos ciudadanos para dos Estados distintos por la pluralidad de ciudadanías conforme al ius sanguinis o al ius solii. Lo que pretendo en este esquema de ideas es solamente acercarnos a una idea determinada, que será el hilo de discusión del presente.

       Y aquí señalamos “cierta” por el hecho de que más allá de la existencia de una homogeneidad general, siguen existiendo diferenciaciones particulares por cada uno de los sujetos y su identidad subjetiva, lo que constituye una heterogeneidad de hecho.

3        Entendiendo a la lengua en el sentido amplio, es decir, no sólo por las palabras sino también por los signos que pueden expresar significados.

       Esto es quizás el rasgo que ha identificado de mejor manera a los Estado-nación.

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