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Revista Uruguaya de Ciencia Política

versión impresa ISSN 0797-9789versión On-line ISSN 1688-499X

Rev. Urug. Cienc. Polít. vol.31 no.2 Montevideo dic. 2022  Epub 01-Dic-2022

https://doi.org/10.26851/rucp.31.2.2 

Artículo original

Coordinación electoral y doble voto simultáneo a nivel subnacional en uruguay (1971-2020)

Electoral coordination and double simultaneous vote in the subnational level of Uruguay (1971-2020)

Federico Acosta y Lara1 
http://orcid.org/0000-0001-9238-2162

1Universidad de la República federico.acostaylara@outlook.com


Resumen:

Al desvincular las elecciones departamentales de las nacionales, la reforma constitucional de 1996 consolidó en el nivel departamental uruguayo sistemas electorales mayoritarios uninominales que tienen como eje de la disputa el cargo a intendente. Sin embargo, se conserva el peculiar mecanismo de doble voto simultáneo, determinante para la dinámica de la competencia electoral. Este artículo propone una adaptación de la teoría clásica de la coordinación electoral contemplando los efectos de dicho mecanismo. Se sostiene que el límite superior de candidaturas efectivas esperado es igual a cuatro, el doble que un sistema mayoritario tradicional. Se prueba empíricamente este planteamiento, junto con otras hipótesis comunes en la literatura sobre el tema con datos para Uruguay entre 1971 y 2020.

Palabras clave: coordinación electoral; doble voto simultáneo; subnacional

Abstract:

The 1996 constitutional reform unlinked the national and subnational elections and configured in the Uruguayan subnational level uninominal majoritarian systems, where the Mayor is the main seat in contest. However, it preserves a voting mechanism called Double Simultaneous Vote that determines the dynamic of the contest. This article proposes an adaptation of the classic theory of electoral coordination considering the effects of the forementioned mechanism. The statement is that the upper limit of effective candidates predicted is four, twice the upper limit of a traditional majoritarian system. This approach is proved empirically at the same time that a few propositions of the classic literature about electoral coordination are taken into account using data for Uruguay from 1971 to 2020.

Keywords: electoral coordination; double simultaneous vote; subnational

1. Introducción

Desde hace más de un siglo, la ciencia política se ha ocupado de la relación entre las normas que estructuran los sistemas electorales y los sistemas políticos resultantes de ellas, aunque no fue hasta 1951, cuando Maurice Duverger publicó sus ahora famosas asociaciones, que se logró un consenso más o menos general dentro de la disciplina (Riker, 1982). Según Duverger, los sistemas de mayoría de una sola vuelta favorecen la creación de sistemas bipartidistas, mientras que aquellos que son de mayoría absoluta con doble vuelta y representación proporcional favorecen los multipartidistas. En el trasfondo de estas predicciones están dos fuerzas que trabajan a la par: un factor mecánico, que consiste en la forma en que las reglas electorales transforman votos en escaños, y un factor psicológico, que trata sobre el comportamiento de los votantes y los partidos en anticipación a las reglas electorales y sus consecuencias (Benoit, 2006), generando así comportamientos estratégicos de políticos y electores.

A estas formulaciones le siguieron decenas de publicaciones para profundizar teóricamente y testearlas empíricamente. Buscando una formalización del fenómeno de coordinación electoral, Cox (1994) propone un modelo basado en el comportamiento racional instrumental del votante. Cox plantea que, ante una efectiva coordinación por parte de políticos y electores, el equilibrio esperado se da en M+ 1 candidatos obteniendo votos, siendo M la cantidad de bancas en disputa. Si bien Cox y otros autores que han trabajado sobre su modelización han tomado en cuenta gran cantidad de variables intervinientes y diversos tipos de sistemas electorales, son pocos los trabajos que han considerado la particular combinación de reglas electorales que se da en el nivel subnacional uruguayo.

Este trabajo tiene, por tanto, el objetivo de contribuir a la literatura sobre coordinación electoral al analizar un caso, el sistema subnacional uruguayo, particularísimo por su combinación de reglas electorales. Esta excepcional combinación puede esquematizarse como sigue. Por un lado, es un sistema de tipo mayoritario uninominal, donde el principal cargo en disputa, y que estructura la competencia, es el de intendente departamental. Sin embargo, con el fin de habilitar la competencia de más de un candidato por partido político, existe el mecanismo del doble voto simultáneo para definir el candidato ganador. Esto implica que los electores votan, en la misma instancia y con una misma papeleta, por su candidato preferido dentro de su partido preferido; es decir, quien gana la elección es el candidato más votado dentro del partido político más votado. El mecanismo de doble voto simultáneo (en adelante, dvs) fue utilizado durante décadas para la elección presidencial en Uruguay, pero luego de la reforma constitucional de 1996, se acotó su aplicación. De ahí en más, el cargo de intendente es el único cargo ejecutivo que es electo mediante dvs. La reforma alteró también la concurrencia de las elecciones. Separó en el tiempo las elecciones nacionales de las subnacionales, por lo que las desvinculó parcialmente, y habilitó la posibilidad de definiciones estratégicas locales entre las que se incluye la coordinación electoral a nivel departamental.

Este artículo mostrará la capacidad de la teoría para prever límites superiores de candidaturas viables, incluso considerando la particularidad del dvs. La competencia intrapartidaria producto del dvs tiende a aumentar los candidatos en competencia, pero sin alcanzar el máximo reglamentariamente permitido. Aquí se propondrá que el conjunto de reglas electorales es un factor explicativo importante para entender cómo se estructuran los sistemas políticos departamentales. De forma complementaria, se presentarán otros hallazgos referentes a dimensiones que son comúnmente incorporadas al estudiar los procesos de coordinación: la presencia del incumbente, la estabilidad de los resultados y el tipo de sistema electoral con relación a su competitividad.

Con datos desde 1971 a 2020 -el período de vigencia de la Constitución de 1967, que fijó en su mayor parte las reglas electorales en vigencia hasta la actualidad, considerando los importantes cambios producto de la reforma electoral de 1996- se someterá a un análisis cuantitativo un conjunto de 171 elecciones: 19 departamentos en nueve oportunidades.1 Desde una óptica institucionalista, se buscará vincular los efectos del dvs con la coordinación electoral, al tiempo que se someterán a evaluación empírica para el caso algunas de las clásicas formulaciones teóricas presentes en la literatura sobre el tema.

El artículo se organiza como sigue. La sección posterior a la presente describirá las características que hacen comparativamente tan particular al sistema electoral departamental uruguayo. En tercer lugar se expondrán algunos elementos destacados en la literatura sobre coordinación electoral en general y para el caso uruguayo, y se presentará una propuesta de adaptación considerando el sistema de dvs. Un cuarto apartado hará explícito el diseño metodológico utilizado y planteará las variables y las hipótesis que se buscarán contrastar. Una quinta sección discutirá los resultados arribados. Se cerrará con una última sección a modo de conclusión.

2. Las particularidades del sistema electoral departamental uruguayo

Desde la fundacional Constitución de 1830 en Uruguay, se reconocen al menos dos niveles de gobierno: el nacional y el departamental. Más recientemente (2010) se le suma un tercero: el municipal. Las sucesivas reformas constitucionales alteraron la composición del gobierno departamental, alternando entre ejecutivos unipersonales y colegiados, y modificando el número de bancas de los legislativos departamentales. La Constitución de 1967, hoy vigente, terminó por consagrar un Poder Ejecutivo departamental unipersonal, que recibe el nombre de intendente, y un legislativo de 31 miembros, denominado junta departamental. Desde entonces, las elecciones se llevan a cabo mediante listas cerradas y bloqueadas, definiéndose el partido político ganador de la elección por mayoría simple y aplicándose el mecanismo de dvs.

Sin embargo, la reforma electoral de 1996 alteró notablemente algunas características del proceso electoral. En primer lugar, se establecieron elecciones primarias -o internas- obligatorias para los partidos políticos, que dan comienzo a un ciclo electoral que se extiende durante más de diez meses y finaliza con las elecciones departamentales; el ciclo se repite cada cinco años. En dichas elecciones primarias se determina para cada partido un candidato único a la presidencia de la República, el órgano deliberativo nacional, que entre otras funciones tiene la de proclamar al candidato a la vicepresidencia; y su contraparte subnacional, el órgano deliberativo departamental, que tiene en su cometido elegir en cada departamento hasta un máximo de tres candidatos a intendentes por el partido en cuestión.

En segundo lugar, es de especial trascendencia la separación en el tiempo de las elecciones departamentales de las nacionales. Antes de la reforma de 1996, las elecciones no solo eran concurrentes, sino que además estaban fuertemente vinculadas, al no permitirse votar por diferentes partidos políticos para los distintos cargos en disputa. Con esta desincronización, las elecciones subnacionales adquirieron relevancia propia -dejaron de estar subordinadas a la competencia electoral nacional (Cardarello, 2011)-; los actores políticos departamentales vieron aumentada la discrecionalidad en su accionar, y pudieron sostener las estrategias que estimasen más convenientes a nivel departamental (Vairo, 2008), entre las que se incluye la posibilidad de coordinar electoralmente. De todas formas, la vinculación entre elecciones se mantiene de forma parcial a través de las elecciones internas en lo que Botinelli (cit. en López, 2007) dio en llamar la cláusula antisecesión, que funciona impidiendo que los candidatos que participan en dichas elecciones bajo la etiqueta de un partido lo hagan bajo la etiqueta de otro en las siguientes elecciones del ciclo electoral en cuestión. Esto dificulta la conformación de partidos exclusivamente departamentales (López, 2007).

En resumen, el sistema electoral departamental quedó definido de la siguiente forma. Las elecciones departamentales están separadas de las nacionales por seis meses. En una votación con listas cerradas y bloqueadas, se elige por mayoría simple el principal cargo en disputa, el de intendente. Pueden presentarse hasta tres candidatos por partido político. Además, se elige un órgano legislativo, con mayoría automática para el partido ganador, y con el resto de las bancas distribuidas por el sistema D’Hont. A esto se suma el dvs: al momento de votar, los electores con una sola papeleta eligen, en primer lugar, el partido político de su preferencia, y luego, el candidato a intendente, por el que optan dentro de ese mismo partido. El ganador de la elección es el candidato más votado del partido más votado en el departamento. De esta manera, el dvs habilita un nivel de competencia interna dentro de los partidos políticos que afecta tanto la conformación de la oferta electoral como el comportamiento de los votantes.

3. La coordinación electoral y la coordinación con doble voto simultáneo

En términos de Cox (2000, p. 49), la coordinación electoral se refiere a los distintos procesos por los que los votantes y políticos coordinan sus acciones electorales con el fin de conseguir más escaños o cargos en el Ejecutivo. La efectividad de los procesos de coordinación conlleva una reducción del número de competidores; en otras palabras, una coordinación ineficiente hace más probable que triunfe un candidato minoritario. Por otra parte, a la par que se reducen los candidatos viables en las elecciones, también lo hace el conjunto de políticas que potencialmente pueden ser llevadas adelante (Cox, 1997); por tanto, la democracia representativa tiene en su centro los problemas de coordinación.

Desde las seminales contribuciones de Duverger, quien relacionó los tipos de sistemas electorales con el número de partidos presentes en el sistema, los cientistas políticos han refinado el análisis y formalizado sus proposiciones. Destacadamente, Reed (1990), estudiando los procesos electorales de Japón, identificó dos mecanismos que afectan el número de partidos en competencia: el voto estratégico y la formación de coaliciones por parte de las élites. Estos dos efectos radican en partes distintas del proceso político: la formación de coaliciones responde a la coordinación estratégica de la oferta electoral, mientras que el voto estratégico es producto de la coordinación de los votantes para minimizar la probabilidad de que una opción menos preferida triunfe sobre otra más preferida. Reed (1990) propuso que existe un equilibrio en n+ 1 candidatos, siendo n el número de bancas en disputa en el distrito electoral.

Para el caso uruguayo fueron varios los trabajos que, discrepancias teóricas y metodológicas mediante, vincularon su sistema electoral y de partidos. Tempranamente, González (1991) desarrolló sobre cómo el diseño del sistema electoral uruguayo produce una alta y creciente fraccionalización de la oferta electoral, perspectiva que compartieron Mieres (1996), Vernazza (1989) y Monestier (1999). Sin embargo, estas conclusiones fueron cuestionadas por Buquet, Chasquetti y Moraes (1998), quienes utilizando el número efectivo de fracciones partidarias (Laakso y Taagepera, 1979) defendieron que la fraccionalización del sistema de partidos uruguayo es moderada y se ha mantenido estable. Más tarde, y ya planteando explícitamente los mecanismos de coordinación electoral como vínculo entre el sistema electoral y el político, Piñeiro (2004) apoyó estas conclusiones estudiando la elección de diputados y la elección de diputados y senadores, atendiendo al tamaño electoral de los partidos (Piñeiro, 2007). También, para las elecciones legislativas, Levin y Katz (2011) estudiaron los comportamientos estratégicos de la oferta y la demanda electoral uruguayas con relación al tamaño de las circunscripciones electorales.

El presente artículo se diferencia de los citados en el párrafo anterior al situar el análisis en el nivel subnacional de gobierno, nivel que es considerado por Buquet y Piñeiro (2016) cuando plantean un diseño experimental para testear la Ley de Duverger comparando resultados de elecciones nacionales y departamentales. Otras publicaciones, y desde otras ópticas, han también estudiado el sistema electoral departamental uruguayo. Por ejemplo, Moraes (1997), quien analizó la particular característica de la mayoría automática para las juntas departamentales; Cardarello (2011), por su parte, estudió la reelección del intendente, mientras que Cardarello, Freigedo y Cisneros (2016) hicieron énfasis en el carácter desvinculado de las elecciones y la congruencia de los resultados. Es destacable el trabajo de Buquet, Cardarello y Schmidt (2018), quienes recopilan y presentan el análisis de una gran cantidad de indicadores sobre los efectos del sistema electoral a nivel municipal que van desde la participación electoral hasta la reelección de los alcaldes, pasando por la fragmentación del sistema y la volatilidad de las elecciones.

A lo que este artículo respecta, es imprescindible recuperar el desarrollo teórico y formal de Cox (1997); su obra marcó un punto de inflexión en la literatura sobre coordinación electoral. En el modelo de Cox, los actores son concebidos como racionales; tienen preferencias consistentes, maximizan su utilidad esperada, toman sus decisiones en base al cálculo o el razonamiento estratégico de costos y beneficios, y son autointeresados (Eriksson, 2011). El escenario que plantea Cox es una elección donde se disputan M bancas, por K candidatos y con n votantes, cada uno con una preferencia determinada sobre los candidatos. Basándose en Palfrey (1989), Cox determina que hay dos tipos de equilibrio posibles tanto en distritos uninominales como plurinominales: un equilibrio duvergeriano, con M+ 1 candidatos recibiendo votos, y uno no duvergeriano, con más de M+ 1 partidos recibiendo votos, y donde hay dos o más competidores con casi idéntica expectativa de votos, lo que evita que uno abandone la competencia.

Cox (1997) distingue los dos momentos fundamentales de la coordinación electoral: la coordinación de la oferta, que llama entrada estratégica, y la de la demanda, o voto estratégico. La oferta electoral se ajusta, como es obvio, antes de que la votación se lleve a cabo. Una coordinación efectiva de los competidores en la elección llevaría a que se presenten a lo sumo M+ 1 candidatos, no dejando lugar al voto estratégico. El comportamiento de los candidatos que coordinan está, al igual que el de los votantes, guiado por criterios racionales instrumentales. De esta manera, si los políticos están preocupados primeramente por la presente elección y es claro quiénes son los candidatos viables, la coordinación a nivel de élites será fácil y tendrá como resultado que M+ 1 candidatos entren en competencia (Cox, 1997). Sin embargo, esto no siempre ocurre. Por una parte, según Cox (1997), las perspectivas de los políticos pueden exceder la corriente elección, es decir, pueden competir sabiendo lo poco probable de su victoria, pero previendo beneficios futuros derivados de haberlo hecho. Por otra parte, la existencia de etiquetas partidarias establecidas confiere ventajas a quienes comparecen bajo estas, afectando las expectativas sobre la viabilidad de las candidaturas. Estos elementos dificultan alcanzar el equilibrio antedicho desde el momento de la estructuración de la oferta.

Para el caso que aquí es cuestión, el particular diseño electoral complejiza la competencia al sumar a la tradicional entre partidos la disputa intrapartidaria, y hace que sean necesarias algunas consideraciones. Aunque hay otros cargos en disputa, desde la reforma de 1996, la lógica electoral de las elecciones subnacionales está determinada por la carrera a la intendencia, que define en su mayor parte la dinámica de la competencia (Cardarello, 2011). Empero, esta competencia está mediada por el dvs y por el hecho de que cada partido puede presentar hasta tres candidatos bajo su etiqueta. Surge entonces la siguiente pregunta: dado el conjunto de reglas ya descrito, ¿cuál es el límite superior esperado de candidaturas que concentran votos considerando el dvs? En otras palabras, se busca establecer cuál es el impacto del dvs sobre los procesos de coordinación electoral.

En un primer nivel de competencia, el interpartidario, poco se puede agregar a lo ya establecido por la teoría. En las elecciones departamentales uruguayas se configura un sistema mayoritario uninominal, en el que el principal cargo en disputa es el de intendente, y, por tanto, la magnitud de la circunscripción es uno (M= 1). Esto hace esperar un equilibrio duvergeriano en dos partidos (M+ 1 = 2), cálculo estratégico de élites y votantes por medio (Cox, 1997). Sin embargo, la competencia por el cargo de intendente se da también en un segundo nivel intrapartidario.

Es previsible que el efecto reductor de candidaturas previsto a raíz del sistema mayoritario se vea atenuado a raíz del dvs, en una dinámica que intuitivamente se podría narrar como sigue. Desde el lado de la oferta, cada partido tiene incentivos para presentar más de un candidato para acumular más votos. Puede presentar hasta tres, y como una mayor cantidad de candidatos no va en desmedro de sus chances electorales -en todo caso, lo contrario-, esta sería la estrategia óptima, en primera instancia. Desde el lado de la demanda, los electores primero deciden emitir su voto por un partido determinado y luego por un candidato en particular. Una vez decidido el partido, pueden optar entre los tres candidatos que el partido puso a su disposición. Asumiendo que la estructura de preferencias y que la certidumbre sobre la distribución de votos entre partidos que supone Cox (1997) se traslada a nivel de candidaturas, los votantes conocerán la viabilidad de cada candidato, y aquellos posibles votantes del tercer candidato en orden decreciente de votos desertarán de su primera opción en pos de apoyar la más preferida de las otras dos que compiten por el primer lugar. Previéndose víctima del voto estratégico, el candidato que ocupa el tercer puesto optará por retirarse. El resultado es que la competencia intrapartidaria producto del dvs tiende a aumentar la cantidad de candidatos en competencia, pero sin alcanzar el máximo que establece la reglamentación.

De esta manera, si M= 1 en la competencia interpartidaria, dos partidos competirán por la intendencia; los votantes se concentrarán en, como mucho, dos de ellos. Dentro de cada uno de esos partidos, también M= 1, en este caso, porque la competencia es por ser el candidato más votado de su partido, que, de ser a su vez el partido más votado, accederá al ejecutivo departamental. El límite superior queda fijado en (M+ 1) + (M+ 1) = 2(M+ 1).

Para el caso, el límite superior esperado es de 2(1 + 1) = 4 candidatos viables.2 Esto puede ser esquematizado como aprecia en la figura 1.

El dvs determinará, de esta manera, los procesos de coordinación en el nivel subnacional uruguayo, pues duplica el número esperado de candidatos viables en comparación con un sistema mayoritario uninominal tradicional.

Figura 1. Coordinación electoral con DVS 

5. Método, variables e hipótesis

La metodología utilizada en este artículo es exclusivamente cuantitativa. Los datos utilizados provienen de la Corte Electoral uruguaya, del Banco de Datos de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República y, para elecciones anteriores a 2010, de la Enciclopedia Electoral del Uruguay de Botinelli, Giménez y Marius (2010). Con estos recursos se creó una base de datos con 171 observaciones: 19 unidades de análisis que reportan información para 9 puntos en el tiempo (sección cruzada en series de tiempo).

Como variable dependiente se estimó conveniente utilizar el número efectivo de candidatos (nec), tal como lo proponen Laakso y Taagepera (1979).3 La coordinación electoral tiene su contraparte en el número de candidatos que reciben votos en una elección. Una efectiva coordinación implica una menor fragmentación del sistema político, y viceversa: una coordinación electoral ineficiente tiene como consecuencia un mayor número de candidatos en los que se concentran los votos y, por tanto, una mayor fragmentación. El número efectivo es la solución estándar para el problema del conteo de partidos (Cox, 1999); en comparación con el número total de partidos -candidatos, en este caso-, tiene la virtud de ser poco susceptible a la presencia de opciones testimoniales.

La variable principal de esta investigación es el conjunto de reglas electorales aplicadas en cada momento (antes y luego de la reforma). Para esto se creó una variable dicotómica, Regla, que adquiere el valor «0» para las elecciones llevadas bajo las viejas reglas electorales y «1» para aquellas elecciones posteriores a las modificaciones. Considerando el equilibrio duvergeriano teórico esperado, tal como se desarrolló, se da lugar a las siguientes hipótesis:

  • h1a: La configuración de reglas posterior a la reforma tiene como resultado un menor número efectivo de candidatos en comparación con las reglas anteriormente vigentes.

  • h1b: Con el conjunto de reglas producto de la reforma electoral, y considerando el efecto del dvs, el voto se concentrará en, como máximo, cuatro candidatos .

Subsidiariamente, se consideraron otras variables que afectan a los procesos de coordinación, según ha relevado la literatura. Jones (1999) documentó que la presencia del incumbente en la competencia electoral en sistemas presidencialistas tiene un efecto reductor del número de candidatos, cuestión que posteriormente trasladó Cardarello (2011) al nivel subnacional uruguayo. Aquí se creó una variable dicotómica, Incumbente, para la que el valor «1» refleja la presencia del incumbente en esa elección y el «0» representa su ausencia.

h2: La presencia del incumbente reduce el número efectivo de candidatos.

Otros autores han determinado la importancia de la estabilidad del mercado electoral para los procesos de coordinación de la oferta (Luján, 2017). El indicador adecuado para medir la estabilidad de la preferencia de los votantes es la volatilidad electoral, calculada según el índice de Pedersen (1979).4 Como en el caso aquí tratado hay dos eventos electorales ocurriendo en el mismo ciclo electoral, las elecciones departamentales y las nacionales, el indicador se calculará y presentará de dos maneras: la volatilidad intracíclica, Volat_Intra, refiere a la variación total neta de votos entre partidos entre la elección departamental y la nacional; la volatilidad electoral intercíclica, Volat_Inter, en cambio, refleja la variación entre la elección departamental del ciclo corriente y la elección departamental del ciclo electoral inmediato anterior.

h3: Una mayor volatilidad electoral conduce a un mayor número efectivo de candidatos.

Por último, buena parte de la literatura sobre la coordinación electoral considera que los incentivos para el voto estratégico varían cuando aumenta la competitividad, es decir, cuando la probabilidad de que un voto sea decisivo es mayor (Cox, 1997); también se han reportado sentidos de asociación contrarios entre estos conceptos (Myatt, 1999; Fisher, 2001). Para el caso subnacional uruguayo, durante la mayor parte del período de estudio no se realizaron encuestas de intención de voto a nivel departamental; esto representa una dificultad para estimar la percepción del grado de competitividad de la elección que tienen los candidatos y los votantes. Considerando la importancia que tienen los eventos pasados como insumo de información para los actores racionales-instrumentales como los que aquí se considera (Blossfeld, 1996), se optó por crear una variable que reflejara la percepción histórica de la dinámica de la competencia en base a lo propuesto por Sartori (2005) en su clasificación de los tipos de sistemas de partidos. La variable dicotómica Competitivo adquiere, entonces, el valor «1» si en los últimos anteriores tres períodos de gobierno existió alternancia de partidos en el ejecutivo departamental y el valor «0» si en los últimos tres períodos de gobierno el partido que ganó la elección departamental fue el siempre el mismo.

h4: Un sistema competitivo conduce a un menor número efectivo de candidatos.

Dadas las características de las variables descritas y la estructura de la base de datos creada, que conforman un panel balanceado, se utilizarán modelos de regresión lineales múltiples de datos de panel. La ventaja en la utilización de este tipo de modelos, en comparación con los tradicionales, radica en que permiten tomar en cuenta explícitamente la heterogeneidad no observable, reducir el sesgo generado por ella sin necesidad de utilizar variables dicotómicas e identificar efectos que no se detectarían con modelos para datos de corte transversal (Perazzi y Merli, 2013). En este caso, como en el panel están presentes todos los individuos del universo de estudio, es más conveniente hacer la estimación con efectos fijos por departamento (Montero, 2011).

El modelo final a estimar tendrá la siguiente forma (1) y se hará con errores robustos a la heterocedasticidad:5

En lo que sigue se presentará, en primer lugar, un análisis descriptivo de la variable dependiente; esto servirá para mostrar el comportamiento del nec a lo largo del tiempo a los efectos de la hipótesis principal de este artículo. Luego se presenta un análisis inferencial para contrastar las hipótesis ya explicitadas.6

7. Resultados y discusión

El gráfico 1 muestra el comportamiento del nec del sistema durante el período de estudio. Por cada año electoral, se grafican los eventos electorales por departamento; cada punto corresponde a uno de ellos. Adicionalmente, un diagrama de caja resume la distribución. Se destaca con una línea guionada más gruesa el valor 4, que corresponde al límite teórico previsto, según este artículo.

Gráfico 1. Número efectivo de candidatos (NEC). Elecciones departamentales (1971-2020) 

La reducción del nec es notoria a partir de las elecciones del 2000. Antes de la aplicación de las nuevas reglas electorales, el nec promedio del período fue de 5,57, con un desvío estándar de 1,4. Luego de estos cambios, la media se situó en 3,65, y el desvío estándar se redujo casi a la mitad. La tabla 1 resume y compara las distribuciones con la configuración de reglas anterior a la reforma y la que resultó de esta.

Tabla 1 Resumen de la distribución del NEC departamental antes y luego de la reforma de 1996 

  Reglas prerreforma Reglas posreforma
Mínimo 3,26 2,01
Media 5,57 3,65
Mediana 5,36 3,64
Desv. estándar 1,4 0,77
Máximo 10,42 5,37

Fuente: elaboración propia.

Hasta aquí se ha contrastado el planteamiento a nivel de sistema. Queda por exponerlo a nivel de la interna partidaria, el segundo canal de competencia simultánea que habilita el dvs, y la segunda instancia de coordinación de políticos y votantes. Recuérdese que el equilibrio duvergeriano esperado es de cuatro candidatos efectivos a nivel de sistema y de dos candidatos efectivos a la interna de cada partido. De esta forma, desagregando el indicador a nivel de partidos, los resultados se ven en el gráfico 2. La altura de las columnas representa el nec promedio para los 19 departamentos en cada año electoral; se agregan barras con el desvío estándar.

Gráfico 2.  Número efectivo de candidatos por partido. Elecciones departamentales (1971-2020) 

En el caso del Frente Amplio, la estrategia de candidato único fue casi inalterada hasta el 2005, aunque luego varió y se alcanzaron máximos cercanos a tres candidatos efectivos. Es opuesto el caso del Partido Nacional, en el que antes de la reforma, la competencia sucedía entre un gran número de candidatos; alcanzó un máximo de casi cinco candidatos efectivos, para luego disminuir a menos de dos en la mayoría de los casos. Algo similar sucedió dentro del Partido Colorado. Mientras que antes de la reforma electoral, las elecciones en las que los votos se concentraban en dos o menos candidatos eran excepcionales, luego de aquella, pasó a ser la norma en la mayoría de los casos, aunque es de notar que en varias ocasiones, la coordinación no fue efectiva (el nec se situó en un valor muy cercano a tres).

Esta reducción de candidaturas efectivas no responde solamente al efecto mecánico del límite superior legal de candidaturas. Mientras que este límite es de tres candidatos, son muy pocos los casos en los que se alcanzaron números efectivos cercanos a ese valor. En la mayoría de los casos, los actores políticos coordinaron efectivamente, fuese desde la oferta o desde la demanda. Durante las 95 elecciones observadas por partido político -19 elecciones en cinco períodos electorales- se midió un número mayor a dos candidatos efectivos solo en 25 oportunidades para el Frente Amplio, 11 para el Partido Nacional y ocho para el Partido Colorado. En el global, esto es una coordinación efectiva a nivel de partido en el 84 % de las veces.

Esto sucede también con la fragmentación a nivel de sistema. Este artículo planteó un límite superior de candidatos efectivos esperados para el sistema inferior a cuatro, al considerar los efectos del dvs, y así fue para la mayoría de los eventos electorales. La medida del nec luego de la reforma fue de 3,65. En total, la coordinación fue efectiva, es decir, el nec fue menor a cuatro en 65 eventos electorales de un total de 95; en ocho casos más, el número fue apenas superior al predicho (menos de 4,2); en 24 casos, el nec fue mayor a 4,2, es decir, existieron fallos de coordinación.

Los siguientes modelos estadísticos (tabla 2) permitirán contrastar las hipótesis planteadas. Con el fin de comparar la capacidad explicativa de diferentes modelos con distintas configuraciones de variables, se presentarán cinco modelos: en el modelo 1 solo se incluye la variable Regla, que corresponde a la hipótesis principal del trabajo; el Modelo 2 considera también la variable Incumbente; el Modelo 3 agrega al segundo ambas variables de volatilidad; el modelo 4 adiciona, en cambio, la variable Competitivo, y el modelo 5 contiene todas las variables aquí estudiadas y para las que fueron explicitadas hipótesis.

Tabla 2 Modelos estadísticos. Número efectivo de candidatos. Variable dependiente: número efectivo de candidatos (NEC) 

Fuente: elaboración propia.

Todos los modelos reportan la variable Regla como estadísticamente significativa al 99,9 % y con un sentido de asociación negativo, rechazando la hipótesis nula y permitiendo afirmar que, según la conformación de estos modelos, el nuevo conjunto de reglas tiene un impacto estadísticamente significativo en la dirección de reducir la cantidad de candidatos efectivos. Según los modelos, el nuevo conjunto de reglas redujo entre 1,92 y 1,85 la cantidad de candidatos efectivos, en promedio, en comparación con el conjunto de reglas anterior a la reforma.

A partir del modelo 2, la variable Incumbente se reporta también con sentido negativo y estadísticamente significativa al 99 %, por lo que se sostiene la hipótesis de que la presencia del incumbente tiene un efecto reductor sobre el número efectivo de candidatos. En los modelos 3 y 5, que agregan las dos variables de volatilidad, solo la volatilidad intercíclica se reportó estadísticamente significativa al 95 %, con un sentido de asociación negativo, contrario al esperado; esto implica que una mayor volatilidad electoral facilitaría la coordinación. Por último, la variable Competitivo no se reporta con efectos estadísticamente significativos en ninguno de los modelos que la incluyen, por lo que no puede rechazarse la hipótesis nula en este caso. La adición secuencial de las diferentes variables no representó grandes variaciones del coeficiente de determinación múltiple R2. Mientras que el primer modelo, que contiene solo la variable Reforma, explica el 47 % de la variación de la variable de respuesta, este valor crece al 49 % en el modelo 2 y se mantiene incambiado en los siguientes.

8. Conclusiones

La reforma electoral de 1996 desvinculó las elecciones departamentales de las nacionales. Esta experiencia permitió comparar dos contextos electorales con diferente configuración de reglas. En uno, la estrategia de los actores se subordinaba a una competencia nacional en la que se confundían varias arenas de competencia: presidencial, legislativa y departamental. En el otro, la competencia central es por el cargo a intendente, bajo un clásico sistema mayoritario uninominal. Sin embargo, esta predictibilidad en el comportamiento de los actores y los procesos de coordinación que implica, en primera instancia, un sistema de tipo mayoritario se ve matizada por la existencia del peculiar mecanismo de doble voto simultáneo.

En este trabajo se buscó reformular y adecuar los desarrollos de la teoría de la coordinación estratégica a las particularidades de un sistema con doble voto simultáneo en términos de equilibrios esperados en el número de candidaturas en competencia. Estas formulaciones desarrolladas se sometieron a contrastación empírica. Resultó que los límites teóricos previstos -cuatro candidatos en los que se concentran los votos a nivel sistémico y dos candidatos efectivos a nivel partido- se cumplieron en la mayoría de los casos estudiados.

Además, la hipótesis principal del trabajo, que indica que el nuevo conjunto de reglas electorales es determinante para la reducción del número efectivo de candidatos, se sostiene en todos modelos presentados; esto marca la relevancia del diseño del sistema electoral en la estructuración de la competencia política en términos de coordinación. En todos los modelos presentados también se reportó el efecto reductor de la presencia del incumbente sobre la fragmentación. Las hipótesis sobre volatilidad y grado de competitividad del sistema arrojan resultados menos claros y abren puertas para futuros análisis más dedicados y pormenorizados.

Referencias

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Nota: El autor es el único responsable del artículo.

Nota: Este artículo es producto de la monografía final de grado del autor para la obtención de su licenciatura en ciencia política (Facultad de Ciencias Sociales, Udelar). El autor agradece especialemente a Diego Luján por su orientación durante aquel proceso y por sus comentarios sobre este artículo; también a Juan Andrés Moraes y Antonio Cardarello por sus comentarios sobre dicha monografía, y a los revisores anónimos de esta revista.

1Este período se justifica por la homogeneidad de cierto conjunto, a estos efectos, importante de reglas electorales. La Constitución de 1942, que estuvo en vigencia hasta 1952, consagró un sistema electoral similar al de la Constitución de 1967 en términos de la conformación del Ejecutivo departamental y la forma de votación en hojas separadas para cada nivel de gobierno. Sin embargo, tuvo una diferencia fundamental: permitió el voto cruzado entre lemas; se podía votar un lema a nivel nacional y otro a nivel departamental. Esto habilitó la creación de lemas exclusivamente departamentales y acuerdos para conformar listas integradas por miembros de varios partidos (Botinelli, 2010). La Constitución de 1967 no contempló esta posibilidad y estableció la vinculación del voto a nivel de lema, desestimulando la creación de partidos ad-hoc para competir en las elecciones departamentales. La reforma de 1996 conservó esta regla y, dada la separación en el tiempo de ambas elecciones, la complementó con la cláusula antisecesión, que impidió que los integrantes de listas de un partido en las elecciones internas integrasen listas de un partido distinto en otra elección del mismo ciclo electoral.

2Este razonamiento es casi idéntico al llevado a cabo por Piñeiro (2004) sobre el límite superior de candidaturas o listas efectivas para la cámara baja uruguaya. En cierto sentido, se asemeja a lo planteado por Cox (1997) para el sistema de doble vuelta, donde se espera un escenario con tres candidatos significativos: la instancia de competencia siguiente se dará entre los dos más votados. En el caso del dvs, las dos instancias de competencia se dan en simultáneo, tal como Buquet (2003) expresa al considerar el dvs como una elección primaria simultánea.

3El número efectivo de candidatos se calculó así: / , donde V i es la proporción de votos obtenidos por el partido i en la presente elección. El nec varía entre 1 y N: es igual a 1 cuando un solo partido concentra todos los votos e igual a N cuando los votos se distribuyen equitativamente entre los N candidatos.

4La volatilidad electoral se calculó así: / , donde p i, t son los votos obtenidos por el partido i en la elección t, y p i, t - 1 , los obtenidos en la elección inmediata anterior.

5La herramienta informática utilizada para este trabajo fue el entorno de desarrollo RStudio para el lenguaje de programación R (2019). Para los modelos lineales múltiples de paneles se utilizó la librería plm (Croissant y Millo, 2018). Los gráficos presentados se realizaron con el paquete ggplot2 (Wickham, 2016).

6Además de las aquí señaladas, hay otras características de los sistemas electorales que, según la literatura, afectan a la coordinación electoral. Por ejemplo, la magnitud de los distritos (Cox y Shugart, 1996), la permeabilidad de los partidos en referencia al procedimiento de nominación (Cox, 1997), la heterogeneidad etnolingüística o religiosa de la sociedad (Singer y Stephenson, 2009; Amorim Neto y Cox, 1997) o la polarización ideológica (Luján, 2017). A efectos de este trabajo, estas variables no deben ser tomadas en consideración. Se asume que no hay niveles considerables de heterogeneidad social entre o en los departamentos; los partidos que compiten, al menos los relevantes, son los mismos a lo largo del territorio y durante todo el período; la magnitud de los distritos en todos casos es uno, y se asume también constante el nivel de polarización ideológica entre unidades y en el tiempo, pues se hace imposible desagregar este indicador territorialmente con la información disponible. Lamentablemente, tampoco hay datos sociodemográficos disponibles para todo el período de estudio con el nivel de desagregación requerido, cuya variación entre casos y a lo largo del tiempo sí podría haber sido tomada en cuenta (Cox, 1997).

Nota: Este artículo fue aprobado por el editor de la revista Dr. Diego Luján

Recibido: 21 de Marzo de 2022; Aprobado: 26 de Julio de 2022

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