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Revista Uruguaya de Ciencia Política

versión On-line ISSN 1688-499X

Rev. Urug. Cienc. Polít. vol.19 no.1 Montevideo ene. 2010

 

DELIBERACIÓN Y DEMOCRACIA: UNA RESPUESTA A GALLARDO*

 Deliberation and democracy: a reply to Gallardo

 Cristian Pérez Muñoz **

 
Resumen. En este breve artículo examino el modelo de democracia deliberativa defendido recientemente por Javier Gallardo (2009) con el fin de mostrar cuándo y bajo qué condiciones su propuesta es problemática. En primer lugar discuto por qué su propuesta corre el riesgo de terminar siendo una variante de democracia competitiva que dudosamente pueda corregir los problemas normativos y políticos que Gallardo encuentra en ese modelo democrático. En segundo lugar examino el alcance de su propuesta. Gallardo no dedica demasiado espacio en explicar quiénes son los sujetos de la deliberación democrática ni cuáles son los ámbitos donde esos agentes deberían deliberar. Si su modelo de democracia deliberativa no es lo suficientemente inclusivo, entonces su propuesta puede perder el valor normativo y político que el autor sugiere que tiene. Si por el contrario, su modelo es altamente inclusivo se corre el riesgo de adoptar un esquema de decisión altamente costoso e impracticable.

Palabras clave: democracia deliberativa, democracia competitiva, Javier Gallardo.

 Abstract. In this brief article I evaluate the model of deliberative democracy recently advanced by Javier Gallardo (2009). My main purpose is to point out some problems in his proposal. In the first part of the article, I explain why his proposal may be indistinguishable from a model of competitive democracy. In particular I argue that his model could not deal with the normative and political problems that the author sees as inherent in a competitive democracy. Second, I examine the scope of his model. Gallardo explains neither who the subjects of deliberation are nor which spaces agents actually deliberate in. If his model of deliberative democracy is not inclusive enough, then his proposal might lose its normative and political value. On the contrary, if his proposal is highly inclusive, it may certainly be the case that his deliberative model becomes highly demanding and unfeasible.
 
Keywords: deliberative democracy, competitive democracy, Javier Gallardo

Introducción

En su artículo "Elogio Modesto a la deliberación", Javier Gallardo (2009) defiende un modelo neo-aristotélico de democracia deliberativa.(1) Puesto de un modo simple, Gallardo propone complementar los actuales modelos de democracia competitiva con un modelo particular de democracia deliberativa. En términos prácticos esto implica que las decisiones que regulan nuestra sociedad no deberían ser tomadas mediante la simple agregación de preferencias de los agentes relevantes (legisladores, ciudadanos, etc.), sino fundamentalmente a través un proceso de deliberación sujeto a ciertas condiciones.
Para empezar, en su modelo deliberativo de democracia (MDD, en adelante) los interlocutores deben defender sus posiciones mediante razones que tienen que ser juzgadas en sí mismas y no por el estatus de quienes las proclaman. Asimismo, esas razones no pueden encerrar "cálculos estratégicos", ser una "mera afirmación expresiva" o "remitir a la intensidad de una preferencia" (Gallardo 2009:110-111). De este modo, las razones para justificar nuestros cursos colectivos de acción deben ser referidas a puntos de vista compartibles o representables, sin dejar de reconocer que la deliberación no puede ser "ajena a la perspectiva de los agentes que deliberan, ni a sus respectivas identidades o arraigos básicos" (Gallardo 2009:111).
Tomando esta línea de razonamiento, Gallardo intenta mostrar que "la deliberación política es deseable y posible al punto de constituir un poderoso instrumento de mejora de la democracia" (Gallardo 2009: 88). El autor sugiere que su MDD fortalecería "los fundamentos epistémicos y normativos de las decisiones políticas mayoritarias" en un contexto de pluralismo y desacuerdo (Gallardo 2009:81). Más aún, su MDD "pretende evitar diversos males políticos, entre ellos, la conciliación acrítica de intereses, la mera administración de contradicciones, los acomodos pragmáticos a la aceptabilidad de las decisiones, las agregaciones políticas indiscriminadas y las estrategias de éxito más depredadoras" (Gallardo 2009:113).
Al mismo tiempo, su MDD tiene fines gubernativos o legislativos (Gallardo 2009:107). Eso significa que su propuesta busca justificar las "pretensiones dirigidas a convertirse en una norma legal u obligatoria para todos", con el fin de "autorizar el ejercicio legitimo del poder gubernativo de los ciudadanos en una determinada dirección" (Gallardo 2009:111-113).(2)
Actualmente la literatura sobre democracia deliberativa es inmensa y extremadamente variada.(3) La premisa principal de los diferentes MDD es ciertamente seductora. Que podamos transformar nuestras preferencias y justificar nuestros cursos de acción mediante la deliberación y aceptación colectiva de los mejores argumentos es una sugerencia a la que es difícil oponerse. Sin embargo, como intento explicar aquí, ese camino no está libre de problemas.
En este breve artículo examino el MDD defendido por Gallardo y trato de mostrar cuándo y bajo qué condiciones su propuesta es problemática. Vale resaltar que aquí solo discutiré el MDD presentado por Gallardo. Esto quiere decir que muchos de mis argumentos pueden no ser validos ni extendidos directamente para juzgar otros MDD alternativos.
Este trabajo se organiza de la siguiente forma. En la primera parte intento mostrar por qué la apuesta que hace Gallardo por un MDD corre el riesgo de terminar siendo una variante de democracia competitiva que dudosamente pueda corregir los problemas normativos y políticos que Gallardo encuentra en ese modelo democrático. En la segunda parte examino el alcance de su propuesta. Gallardo no dedica demasiado espacio en explicar quiénes son los sujetos de la deliberación democrática ni cuáles son los ámbitos donde esos agentes deberían deliberar. Si su MDD no es lo suficientemente inclusivo, entonces su propuesta puede perder el valor normativo y político que el autor le asigna. Si por el contrario, su modelo es altamente inclusivo se corre el riesgo de adoptar un esquema de decisión altamente costoso.

I

La democracia es un método para distribuir cargas y beneficios entre los miembros de una determinada comunidad o grupo.(4) La teoría democrática contemporánea recurre habitualmente a los cinco criterios propuestos por Robert Dahl como requisitos básicos del proceso democrático a escala de un Estado-Nación. Primero –dice Dahl–, en un proceso democrático, todos los ciudadanos deben contar con oportunidades iguales y reales (no sólo formales) de participar en dicho proceso. Segundo, cada ciudadano debe tener asegurada una oportunidad igual de expresar su voto, el cual será considerado con el mismo peso y valor que la opción expresada por otro ciudadano. Tercero, cada ciudadano debe contar con las mismas posibilidades para desarrollar una "compresión esclarecida" sobre los asuntos relevantes para el gobierno democrático. En cuarto lugar, el demos debe contar con un control exclusivo de la agenda política (Dahl 1989:109). Y finalmente en un proceso democrático el demos debe ser inclusivo. Esto es, debe al menos incluir a todos los miembros adultos residentes de la comunidad política en cuestión (Dahl 1989:116). Una vez cumplidas estas cinco condiciones, el método democrático permite agregar las preferencias de la ciudadanía sobre diferentes asuntos.
Los modelos de democracia competitiva(5) y deliberativa ponen un énfasis diferente en algunos de estos cinco puntos (Farrelly 2004:139). Por ejemplo, para el modelo competitivo la posibilidad de votar constituye la actividad política primordial. En cambio, los modelos deliberativos ponen mayor énfasis en los puntos uno y tres. Esto es, en la igualdad de oportunidades de una participación política efectiva y en la posibilidad de que los ciudadanos desarrollen una "comprensión esclarecida" sobre los asuntos de gobierno.
Veamos un ejemplo simple para entender estas diferencias.(6) Imaginemos un grupo de cinco amigos que deciden salir a comer. En una primera instancia, estos cinco amigos optan por llevar a cabo una votación para elegir qué tipo de comida van a consumir. Mientras tres de ellos eligen ir a una parrillada, los otros dos restantes votan por una cena vegetariana. Bajo la lógica de un modelo competitivo de democracia, la agregación de preferencias es bien clara: la mayoría se inclina por ir a la parrillada. Esa debería ser por tanto la decisión a tomar. En términos generales se cumplen todos los puntos antes señalados que definen un proceso democrático.
Si en cambio los amigos adoptan un procedimiento deliberativo la decisión debe tomarse luego de una instancia de deliberación. El hecho de asumir una lógica deliberativa lleva a estos cinco amigos a dejar de lado todo tipo de cálculos estratégicos. Deben presentar sus razones más sinceras sobre qué opción tomar.(7) Así, puede ser que los tres amigos que prefieren la parrillada, transformen sus preferencias luego de escuchar a otro de sus pares decir que por motivos de salud no le es posible comer carne. En base a buenas razones ese ejercicio de deliberación puede transformar las preferencias del resto. A diferencia del modelo competitivo, el modelo deliberativo podría permitir que estos amigos desarrollen una "comprensión esclarecida" sobre el asunto que les compete. Al mismo tiempo, la participación en la toma de decisiones no se limitaría al acto de votar, sino que supondría un mayor nivel de participación por parte de los agentes involucrados. En particular, al igual que Gallardo, quienes defienden diferentes MDD argumentan que el proceso democrático debe ser entendido como una instancia de transformación de preferencias.(8)
Ahora bien, este simple ejemplo nos sirve para detectar dos puntos potencialmente problemáticos. En primer lugar, si el MDD nos dice que estos cinco amigos deben tomar una decisión consensuada, el ejercicio deliberativo puede ser costoso e ineficiente. Puede suceder, por ejemplo, que no se llegue a una decisión en un tiempo razonable.(9)
El objetivo de alcanzar una situación de consenso entre los interlocutores es esencial para el modelo deliberativo habermasiano clásico. Para Habermas –al igual que otros integrantes de la primera generación de teóricos de la deliberación(10)– los individuos entran al proceso de deliberación con opiniones y preferencias conflictivas. Pero luego de intercambiar razones para justificar opciones alternativas, todos los interlocutores aceptan un mejor argumento que justifica una opción específica. De este modo, idealmente, la deliberación racional basada en las mejores razones busca alcanzar el consenso y el bien común (Mansbridge et al 2010:66). Pero justamente, este camino ha sido fuertemente criticado como impracticable, ineficiente y altamente costoso (Bachtiger et al 2010). Al adoptar un MDD que busca el consenso como esquema principal de decisión, podríamos subordinar otros principios valiosos (ej. eficiencia). Cuando el consenso es la regla para adoptar políticas, el disenso puede inmovilizar a los agentes.
Sin embargo ese problema no afecta la propuesta de Gallardo. De hecho, su MDD no pretende alcanzar decisiones consensuadas sino mayoritarias.(11) No obstante, esto nos lleva a un segundo conjunto de dificultades. Lo primero que debemos notar es que si su MDD no busca el consenso entre los interlocutores, entonces su propuesta nos lleva inevitablemente a una agregación de preferencias post-deliberación. En otras palabras, el MDD de Gallardo basado en decisiones no-unánimes inevitablemente lo lleva a aceptar que las decisiones se tomen a través una agregación de preferencias mediante el voto.(12)
La pregunta evidente es si la adopción de un MDD no consensual no termina siendo en última instancia un esquema competitivo de democracia. La respuesta es: depende. Para muchos defensores de la democracia deliberativa lo más importante es la formación y transformación de preferencias de los agentes gracias al proceso deliberativo. No obstante, como vimos anteriormente, los defensores de  la democracia deliberativa exigen que ese proceso de transformación de preferencias se dé bajo ciertas condiciones. Aquí el problema radica en determinar cuál es el mecanismo que nos asegura que los interlocutores van a dejar de lado sus cálculos estratégicos a la hora de defender una determinada opción. La transformación debe darse gracias al intercambio de razones y argumentos, no porque algunos agentes manipulan o coaccionan a otros interlocutores. Si esas condiciones no son dadas, el MDD será indistinguible de un modelo de democracia competitiva.
El punto clave es, entonces, determinar qué arreglos y garantías institucionales pueden hacer posible ese proceso. Desafortunadamente, el MDD presentado por Gallardo no nos dice qué tipo de arreglos institucionales deberían ser adoptados para asegurar un proceso de deliberación. Esa omisión es importante dado que Gallardo busca reconciliar la deliberación y la democracia "en el plano normativo y político" (Gallardo 2009:89). Si no hay instituciones específicas que determinen cómo y cuando los agentes tienen que deliberar, no existen garantías de que las razones y argumentos presentados por cada interlocutor no estén viciadas de cálculos estratégicos, intereses privados y demás. Gallardo apenas discute qué tipo de condiciones endógenas y exógenas facilitan los procesos de deliberación.(13)
Esa posibilidad nos lleva a dos interpretaciones sobre su propuesta. Primero, sin instituciones concretas que estructuren la deliberación, su MDD se podría reducir a una especie de teoría moral sobre cómo deberían comportarse los agentes (ciudadanos, legisladores, etc.) durante el proceso democrático. Bajo esta interpretación, su MDD sería entonces básicamente un esquema de democracia competitiva que impone un requisito moral sobre los agentes. Cada uno de los interlocutores debería dejar de lado toda racionalidad estratégica y aportar las mejores razones para justificar sus preferencias, aún cuando al final las decisiones se pueden saldar mediante el voto. Pero, ¿cómo podemos asegurarnos de que los interlocutores van a actuar de esa forma?
Existe una segunda posible interpretación de este asunto. Podríamos considerar su MDD como un conjunto de reglas para deliberar. Esto es, un conjunto de reglas de debate que nos garanticen un proceso deliberativo tal como reclama Gallardo. Al adoptar esta estrategia, su MDD no supondría una especie de código de conducta para los interlocutores, sino que funcionaría como un conjunto de reglas para la deliberación. Aun cuando las decisiones vinculantes sean tomadas mediante una votación, ese último paso sucedería a un proceso deliberativo en cual los agentes pueden transformar sus preferencias gracias al intercambio de ideas.
Ahora nuevamente, el problema reside en pensar qué arreglos institucionales nos permitirían llevar adelante una deliberación basada en las reglas que Gallardo tiene en mente. Pensemos, por ejemplo en el caso de una democracia competitiva.Una definición minimalista de democracia nos dice que en una democracia los gobernantes son elegidos a través del voto mediante elecciones competitivas (Przeworski 1999:23).(14) Sabemos entonces que para tener democracia en un país X, cada ciudadano debe tener la posibilidad de elegir libremente a sus gobernantes dentro de un conjunto de candidatos que compiten libremente por ocupar cargos de gobierno. Si cualquiera de estas dos condiciones esenciales es violada, no tendremos democracia. Si por ejemplo las elecciones para elegir los representantes de ese país se dan consistentemente en un sistema de partido único, sabemos que la competencia electoral no será posible. Por tanto, un sistema político que impide la generación de partidos de oposición puede ser considerado como un arreglo institucional particular que no permite el desarrollo de un régimen democrático. Tras un razonamiento análogo, debemos preguntarnos qué tipo de instituciones y organizaciones hacen posible que los ciudadanos deliberen antes de expresar sus preferencias para justificar decisiones políticas vinculantes.(15)
La respuesta a esta pregunta no es evidente ni sencilla. Gallardo debe mostrar qué arreglos institucionales pueden evitar que su MDD no termine siendo a pesar de todo una democracia competitiva. Este es un punto crucial para evaluar la viabilidad normativa y política de su modelo. Eso nos lleva a algunas preguntas decisivas para evaluar su propuesta: ¿Cuál es el alcance de su MDD? ¿Quiénes son los agentes deliberantes? ¿Cuándo y dónde se debería deliberar democráticamente?


II


En algunos ámbitos es relativamente fácil imaginar cómo funcionaría un esquema deliberativo de decisión. En el parlamento se puede exigir que cada votación sea debidamente fundamentada y que la deliberación sea una instancia que facilite la transformación de las preferencias de cada legislador. Algo similar se puede concebir en ciertas decisiones judiciales. Parece difícil, no obstante, imaginar cómo el MDD presentado por Gallardo podría ser adoptado a escala nacional para que la ciudadanía justifique ciertos cursos de acción. En ese sentido cabe preguntarse en qué ámbitos la deliberación democrática debería ser promovida por el gobierno. Más aún, es importante determinar en cuáles de esos ámbitos se debería requerir la participación de la ciudadanía en los procesos deliberativos (Shapiro 2002:196).
Un primer problema es que Gallardo no es claro sobre quiénes son los sujetos o agentes de deliberación. Un segundo problema es que el autor tampoco es explícito sobre el alcance de su MDD. Naturalmente, es crucial identificar a los agentes deliberantes y los espacios de deliberación a la hora de evaluar la viabilidad normativa y política de cualquier MDD.
Como vimos, Gallardo al igual que otros teóricos de la deliberación, concibe la democracia deliberativa como un mecanismo para producir decisiones colectivas vinculantes. Esto es, decisiones que van a afectar con cargas o beneficios a todos quienes forman parte de la deliberación tanto de forma directa como indirecta. Pensemos, por ejemplo que si un MDD estructura el funcionamiento del parlamento, la deliberación de los representantes tendrá efectos directos sobre toda la ciudadanía. No obstante, la selección de esos representantes difícilmente sea posible mediante un método democrático deliberativo. De ese modo, muchas decisiones vinculantes de gran alcance difícilmente puedan ser concebidas como un producto exclusivo de un MDD. Si en cambio, los ámbitos deliberativos son más reducidos e involucran directa e indirectamente a menos interlocutores, las decisiones vinculantes producidas en esos esquemas de deliberación tendrán un alcance limitado o al menos más acotado.
Gallardo explica que su propuesta no busca maximizar la participación de los ciudadanos en ámbitos deliberativos. En sus propias palabras, "la maximización participativa no es una exigencia intrínseca de la deliberación, aunque sí lo sea de la democracia, pues las instituciones deliberativas privilegian la equidad en el acceso al habla pública y la calidad de los argumentos, más que una regla de inclusión cuantitativa o numérica" (Gallardo 2009:99). En ese sentido, Gallardo argumenta que la validez y viabilidad de la deliberación no depende de que todos los ciudadanos deliberen o tengan incentivos para deliberar. Por el contrario, la deliberación depende del "acondicionamiento apropiado de escenarios deliberativos en diversos foros o espacios públicos". Esto supone una larga lista de foros públicos que incluyen los ámbitos convencionales de la política profesional, el parlamento, los partidos políticos, las asociaciones civiles, la plaza pública, o el "ágora mediática", entre otros (Gallardo 2009:99).
Pero ¿cómo esa multiplicidad de ámbitos deliberativos se puede conciliar con las exigencias inclusivas de un régimen democrático? No es claro ni evidente qué tipo de decisiones colectivas y vinculantes pueden ser tomadas en muchos de los foros que Gallardo enumera. Una interpretación posible de su propuesta es asumir que algunos de esos espacios funcionarían como ámbitos para el "escrutinio ciudadano de las razones y argumentos justificativos de una acción decidido en conjunto" (Gallardo 2009:93). Pero esa interpretación nos dice que su MDD funcionaria en buena medida como un mecanismo de rendición de cuentas y no como un mecanismo de decisiones colectivas vinculantes.
En pocas palabras, la decisión sobre cuáles deben ser los espacios de deliberación y sobre quiénes deben ser los sujetos deliberantes supone al menos tres tipo de dilemas. Primero, institucionalizar instancias deliberativas a gran escala puede ser un proceso extremadamente difícil y costoso (en todo sentido). Ese tipo de estrategia puede reducir las garantías de que las decisiones vinculantes sean un producto de la deliberación tal y como la describe Gallardo. En segundo lugar, si, en cambio, las instancias deliberativas tienen un menor alcance y son más acotadas a ciertas organizaciones e instituciones (partidos, sindicatos, etc.) se corre el riesgo de que los efectos no deseados de la democracia competitiva sigan imperando a gran escala. De poco servirá que más instancias de deliberación a menor escala sean institucionalizadas, si al final las decisiones vinculantes con fines gubernativos o legislativos son producidas mediante procesos no deliberativos. Finalmente, si la participación en varios de los foros deliberativos es esencialmente voluntaria, entonces el MDD defendido por Gallardo también es susceptible a una de las principales críticas que han sido dirigidas a otras propuestas de democracia deliberativa. Esta es, la idea de que en la vida real apostar por un modelo deliberativo puede ser extremadamente opresivo para los individuos más desaventajados de la sociedad.(16) Considerando los niveles de desigualdad económica, étnica, cultural y de género que caracterizan nuestras sociedades contemporáneas, se ha argumentado que implementar un modelo deliberativo puede reproducir más que reducir esos niveles de inequidad. El argumento es simple. Los ciudadanos con menos recursos cuentan con menos oportunidades reales de participar en los procesos democráticos deliberativos (Hall 2007: 81). Difícilmente podamos alcanzar un régimen democrático mas inclusivo si quienes participan voluntariamente en los ámbitos deliberativos son aquellos ciudadanos con mayores recursos u oportunidades.
Bajo esas condiciones, la pregunta sobre cuáles pueden ser los aportes de la deliberación política al gobierno democrático cobra un mayor sentido. Un MDD normativamente convincente y con pretensiones políticas reales tiene que especificar tres condiciones generales. En primer lugar, debe establecer quiénes serán los agentes que participarán en el proceso deliberativo. ¿Debe participar toda la ciudadanía o sólo un determinado grupo? Si la respuesta es que sólo se espera que un determinado grupo participe en las instancias deliberativas, debemos contar con una justificación adicional. Eso es, una justificación que nos explique el criterio para decidir qué ciudadanos van a participar del proceso deliberativo. En segundo lugar, el MDD debe explicitar en qué tipo de espacios y ámbitos tendrá lugar la deliberación. Finalmente, un MDD debe precisar cuáles son los objetivos que se pretenden alcanzar a través de un proceso deliberativo. No es lo mismo diseñar un MDD como mecanismo de rendición de cuentas, que como un mecanismo para producir decisiones colectivas vinculantes. Diferentes combinaciones de estos elementos y condiciones van a afectar indefectiblemente la viabilidad política y normativa de un MDD.
Más aún, no debemos olvidar que un MDD es esencialmente un método para tomar decisiones. En otras palabras, la democracia deliberativa es instrumentalmente valiosa.(17) Su valor radica en las consecuencias que puede facilitar y producir. Tomando en cuenta que un MDD inevitablemente supone diferentes costos, es crucial evaluar cuándo y bajo qué condiciones la deliberación es el método de decisión más adecuado. Pensemos en el caso de un administrador en un hospital que debe decidir cuál de dos pacientes igualmente necesitados va a recibir un trasplante. Asumamos que el administrador en ese caso ha revisado todas las características y condiciones relevantes de cada paciente (edad, probabilidad de que el trasplante sea exitoso, calidad de vida sin el trasplante, momento de ingreso a la lista de espera, etc.) y que concluye que ambos pacientes tienen un reclamo igualmente legítimo para acreditarse el trasplante. ¿Deberíamos resolver ese tipo de casos por una instancia deliberativa en donde participen médicos, pacientes y otros agentes relevantes? Creo que la respuesta es no. En ese caso, ni una votación ni un proceso deliberativo serían mecanismos justos y eficientes para asignar ese bien escaso.
Como sugiere Peter Stone (2009) –y por un buen número de razones que no voy a examinar aquí– es posible argumentar que ese tipo de problemas de justicia distributiva debería ser resuelto mediante un sorteo u otro método que garantice que la decisión será tomada al azar.(18) La lógica de este argumento puede ser aplicada para evaluar otro tipo de situaciones. ¿Se debería promover un ámbito de deliberación ciudadana para efectivamente decidir (y no sólo recabar opiniones) sobre cómo implementar un mejor plan de limpieza en Montevideo? ¿Deberíamos decidir mediante un procedimiento deliberativo altamente inclusivo cómo reformar el sistema educativo? El número de preguntas similares a éstas tiende al infinito. Lo único que parece claro es que la democracia deliberativa es un método entre tantos otros para resolver la asignación de cargas y beneficios en nuestra sociedad. Queda abierta la pregunta sobre cuándo y bajo qué condiciones debemos optar por la deliberación democrática como método para tomar decisiones colectivas vinculantes.


Conclusión


El debate sobre democracia deliberativa ha sido uno de los temas dominantes en la teoría política anglosajona y continental de las últimas dos décadas. El trabajo de Gallardo es ciertamente valioso en tanto retoma ese debate y lo sitúa como un importante tópico de discusión e investigación en la agenda politológica uruguaya. Mi objetivo en este breve artículo no ha sido otro que el de proveer insumos adicionales para continuar con ese debate. Si mis argumentos son correctos, no deberíamos concluir que el programa normativo y político en pro de la democracia deliberativa debería ser rechazado. Por el contrario, sólo podríamos decir que las bases para pensar un modelo de democracia deliberativa deberían ser revisadas o al menos pensadas con premisas diferentes a las desarrolladas por Gallardo.


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* Agradezco a Ron Watson por sus valiosas sugerencias sobre algunas de las ideas que aquí desarrollo. Naturalmente, todos los errores u omisiones de este trabajo son de mi absoluta responsabilidad.


** Estudiante de doctorado. Departamento de Ciencia Política, Washington University. Email: cperez@wustl.edu


1 Este artículo es una respuesta al trabajo publicado por Javier Gallardo (2009) en esta misma revista. El autor ha defendido el mismo argumento en Gallardo (2005). Por otras defensas neo aristotélicas de la democracia deliberativa ver por ejemplo Galston (1994).


2 En otras palabras, Gallardo sostiene que "la deliberación política tanto puede llevar a reformular los términos de la cooperación social y política, como en el caso de las deliberaciones constitucionales, cuanto a depurar los órdenes de preferencia de la política corriente" (Gallardo 2009:111-113).

3 Un estado de situación del debate puede encontrarse en los siguientes trabajos: Bohman (1998), Macedo (1999), Freeman (2000), Chambers (2003), Thompson (2008), Bachtiger.et al (2010), Elstub (2010), Mansbridge et al (2010).

4 Un simple sorteo es uno de los otros tantos métodos alternativos que podemos utilizar para asignar recursos escasos. Por una discusión sobre métodos alternativos para asignar cargas y beneficios ver Elster (1992). Por una discusión sobre loterías y sorteos como métodos deseables para resolver conflictos ver Stone (2007, 2009).

5 Por una clásica defensa de un modelo competitivo de democracia ver: Schumpeter (1947) y Riker (1982).

6 Este ejemplo es una adaptación del caso utilizado por Farrelly (2004:140-141).

7 Esto es así para casi todos los MDD, incluyendo el presentado por Gallardo. Una excepción se puede encontrar en Mansbridge et al (2010).

8 Por un análisis de los diferentes abordajes de este punto en la literatura ver: Bachtiger.et al (2010), Elstub (2010).

9 Ver por ejemplo Przeworski (1999), Shapiro (2002), Farrelly (2004).

10 Por una clasificación y análisis de las diferentes generaciones de teóricos de la democracia deliberativa, ver: Bachtiger.et al (2010), Elstub (2010).

11 Gallardo propone una "defensa modesta de la deliberación política, sensible al pluralismo, al disenso público y a la decisión mayoritaria" (Gallardo 2009:113). Más concretamente, argumenta que " la visión deliberativa de la política debe compatibilizarse con el disenso público y la democracia mayoritaria, asegurando una verdadera equidad y neutralidad en el habla pública, por un lado, y por otro, una praxis deliberativa que funcione como una instancia crítica de la calidad sustantiva de las justificaciones políticas, de su aceptabilidad racional y no meramente consensual o pragmática, en base a firmes estándares epistémicos o normativos" (Gallardo 2009:88-89). En el mismo sentido, en un trabajo anterior, Gallardo sugiere que "ante el desacuerdo persistente, la democracia del voto debe poder zanjar provisionalmente la cuestión, por lo menos, hasta nuevo aviso. Por cierto que desde sus origines más remotos las repúblicas confiaron en la democracia del voto como árbitro de las disputas ante decisiones controvertidas. Conforme a las fórmulas demo-republicanas de decisión, antiguas o modernas, una vez contempladas las diversas justificaciones publicas en una amplia discusión ciudadana y ante la subsistencia de puntos de desacuerdo, le corresponde a la mayoría atribuir diferentes pesos a las opiniones o soluciones propuestas e impulsar experimentos gubernativos compatibles con las reglas de juego democráticas" (Gallardo 2005:83).

12 Como sugiere Przeworski (1998), cuando en una democracia la deliberación termina en forma de agregación de preferencias, es el resultado de votar y no de discutir lo que autoriza a los gobiernos gobernar. Si todas las razones y argumentos han sido revisados mediante un proceso de deliberación, y dicho proceso no conduce a un consenso unánime, entonces algunas personas pueden terminar actuando en contra de sus propias razones. Van a ser coaccionados a respetar una determinada medida, y la autorización de dicha coerción es al fin de cuentas derivadas de los números y no de la validez de las razones. La deliberación puede tener muchos beneficios. Puede llevarnos a decisiones más razonadas, puede elucidar razones que no serían consideradas de otra forma. Pero en la ausencia de consenso, la autorización de esas acciones, incluyendo la posibilidad de coerción para el cumplimento de las mismas, es originada por medio del voto y no por la deliberación (Przeworski 1998:142).

13 Por ejemplo, Gallardo argumenta que una deliberación política sólo es posible en presencia de ciertos principios deliberativos como la existencia de una transparencia informativa, reciprocidad dialogal y apertura hacia otros (Gallardo 2009:93). Sin embargo, el autor no explica qué tipo de arreglos institucionales pueden facilitar la existencia de tales principios.

14 Gallardo también define democracia de un modo minimalista como "un método de decisión política basado en tres criterios fundamentales: i) la participación igualitaria de los ciudadanos en la toma de decisiones colectivas; ii) la libr elección entre alternativas diversas; y iii) el predominio de la mayoría en el marco de una legalidad común" (p.87).

15 Esto es buena medida lo que la tercera generación de promotores de la democracia deliberativa han intentado explicar y justificar durante la última década. Como sugiere Elstub, la tercera generación de teóricos de la deliberación se ha esforzado en establecer la naturaleza de las instituciones requeridas para hacer posible la implementación práctica de modelos alternativos de democracia deliberativa (Elstub 2010: 292). Discusiones sobre este punto se pueden encontrar en: Chambers (2003), Thompson (2008), (Elstub, 2010) y Bachtiger.et al (2010).

16 Criticas en este sentido se pueden encontrar en Sanders (1997), Young (2001, 2002), Walzer (1999), Hall (2007).

17 Ver Hardin (1999) por una interpretación en este sentido.

18 Ver Eslter (1992) y Stone (2007, 2009) por una discusión detallada sobre este punto.

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