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Revista de Ciencias Sociales

Print version ISSN 0797-5538On-line version ISSN 1688-4981

Rev. Cienc. Soc. vol.27 no.35 Montevideo Dec. 2014

 

Una evaluación de la teoría de la elección racional

El caso del delito juvenil en Montevideo

 

Emiliano Rojido y Nicolás Trajtenberg

 

Resumen

En este artículo, primero describimos la discusión política sobre la baja de edad de imputabilidad penal y los supuestos de la propuesta: i) los jóvenes de 16 y 17 años producen una parte significativa de la criminalidad en Uruguay; ii) el endurecimiento punitivo disminuiría el delito. Ambos supuestos son cuestionados en base a los datos oficiales nacionales y la literatura internacional. A continuación estimamos un modelo de regresión logística, utilizando una encuesta de autorreporte realizada en Montevideo. El análisis evidencia que la mayoría de las variables asociadas a la teoría de la racionalidad no muestra efectos estadísticamente significativos o son débiles, y la bondad de ajuste del modelo es muy pobre. Luego de detallar las limitaciones del estudio, discutimos la complejidad del diseño de políticas criminales basadas en evidencia.

Palabras clave: Racionalidad / delito juvenil / imputabilidad penal.                                                                        

 

Abstract

An evaluation of rational choice theory: the case of youths crime in Montevideo

In this article we first describe the political discussion on the reform on diminishing the age of criminal responsibility and its assumptions: i) 16-17 youths are responsible for a significant portion of criminality in Uruguay; ii) increasing the severity of penalties diminishes crime. We use official statistics and the international literature to challenge both assumptions. Next, we estimate a logistic regression model based on a self-report survey conducted in Montevideo. Our findings show that most of the rational choice theory variables are statistically non significant or very weakly associated with crime, and the model fit was very poor. After describing the limitations of this study, we discuss issues associated with designing evidence based criminal prevention policies.

Keywords: rationality / youth crime / criminal responsibility.

 

Emiliano Rojido: Cientista social, docente e investigador del Área de Desviación y Ciencias Sociales del Departamento de Sociología, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de la República, Uruguay. E‑mail: emilianorojido@gmail.com

Nicolás Trajtenberg: Cientista social, docente e investigador del Área de Desviación y Ciencias Sociales del Departamento de Sociología, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de la República, Uruguay. E-mail: nico.trajtenberg@gmail.com

 

Recibido: 4 de noviembre de 2014.
Aprobado: 10 de diciembre de 2014.

 

Introducción: criminalidad e inseguridad en Uruguay

Uruguay enfrenta un escenario problemático en lo que se refiere a criminalidad e inseguridad.

En primer lugar, las estadísticas policiales y judiciales revelan un aumento de la criminalidad durante los últimos años: entre 2000 y 2010, la cantidad de denuncias de delitos contra la persona aumentó un 53% (de 17.088 a 26.089), mientras que los delitos contra la propiedad lo hicieron un 63% (de 83.349 a 136.063). Entre los años 2000 y 2012, la tasa de homicidios cada 100 mil habitantes pasó de 6,5 a 7,9; la de hurtos, de 1.836 a 2.780; y la tasa de rapiñas creció de 205 a 460 (Oficina de Planeamiento y Presupuesto-Ministerio de Desarrollo Social, 2013).

En segundo lugar, si bien recientemente se han logrado mejoras en las condiciones de habitabilidad, el país experimenta una compleja situación penitenciaria[1]. La población carcelaria ha crecido de 4.369, en el año 2000, a 9.413, en el 2012. Durante esos años, la tasa de prisionización cada 100 mil habitantes pasó de 132 a 279, convirtiéndose en la más elevada de Sudamérica[2]. Adicionalmente, el porcentaje de reincidentes entre la población privada de libertad aumentó del 49% al 59%, entre 2000 y 2012 (Oficina de Planeamiento y Presupuesto-Ministerio de Desarrollo Social, 2013).

En tercer lugar, en Uruguay existe un elevado nivel de inseguridad ciudadana. Según una encuesta de victimización realizada en 2011, el 62% de los uruguayos considera la delincuencia y la inseguridad como el principal problema. Asimismo, 72% de las personas supone que en el último año la delincuencia aumentó y 59% cree que probablemente o muy probablemente será víctima de un delito en los próximos meses (Oficina de Planeamiento y Presupuesto-Ministerio de Desarrollo Social, 2013).

A pesar de haber duplicado el presupuesto público destinado a seguridad[3], el gobierno no ha logrado revertir la tendencia al aumento de ciertos delitos ni moderar el sentimiento de inseguridad de la población. Las razones ofrecidas sobre la evolución de este problema no son claras, y el argumento sobre los determinantes sociales de la criminalidad se ve cuestionado por la mejora en los indicadores de desarrollo social que Uruguay ha experimentado en los últimos doce años[4].

La oposición política acusa al gobierno de incapacidad para hacer frente a los problemas de seguridad, y demanda mayor firmeza. En el año 2011, sectores del Partido Nacional y el Partido Colorado crearon la Comisión Nacional por la Seguridad para Vivir en Paz, buscando movilizar a la ciudadanía para combatir la delincuencia y la inseguridad. El objetivo central fue recabar las 250 mil firmas necesarias para convocar un plebiscito nacional que permitiera, mediante reforma constitucional, bajar la edad de imputabilidad penal adulta de los 18 a los 16 años de edad.

En 2012, fueron entregadas al Poder Legislativo 367.588 firmas, lo que forzó una consulta popular en 2014, junto con las elecciones nacionales[5]. Según una encuesta de opinión pública realizada en octubre de 2014, el 54% de la población se declaraba a favor de reducir la edad de imputabilidad penal[6], si bien, finalmente, el plebiscito no logró los votos necesarios para su aprobación[7]. Definitivamente, la seguridad ciudadana está en la agenda política del país, y la edad de imputabilidad penal es uno de los temas protagónicos[8].

Sin entrar en la consideración de aspectos deontológicos y normativos[9], el objetivo de este artículo es contribuir a la discusión sobre la eficacia que la medida impulsada por la Comisión Nacional por la Seguridad para Vivir en Paz podría tener sobre el delito. La estructura del artículo es la siguiente: a continuación, se describe la propuesta de baja de edad de imputabilidad y se examinan sus supuestos; posteriormente, se analiza mediante la técnica de regresión logística una encuesta de autorreporte realizada en 2010 a 427 adolescentes varones de Montevideo; para terminar, se ofrecen algunas consideraciones que buscan estimular y mejorar el debate público sobre el tema.

La baja de la edad de imputabilidad penal y los supuestos de su eficacia

La propuesta de reforma constitucional aumenta la punitividad hacia los individuos de 16 y 17 años de edad, a quienes se pretende aplicar el Código Penal adulto. Actualmente, en Uruguay son inimputables las personas entre 0 y 12 años de edad, mientras que a los adolescentes entre 13 y 17 años corresponde un sistema de responsabilidad penal juvenil[10], basado en el Código de la Niñez y la Adolescencia, y menos severo que el adulto. En términos jurídicos, el plebiscito postuló la sustitución del artículo 43 y la disposición transitoria y especial B de la Constitución de la República.

Quienes promovieron la iniciativa se basan en dos supuestos relevantes: i) el diagnóstico de que los jóvenes de 16 y 17 años producen una parte significativa de la criminalidad en Uruguay; y ii) la creencia de que el endurecimiento penal sobre estos jóvenes es un medio eficaz para combatir el delito protagonizado por ellos.

En relación con el primer supuesto, hay que reconocer que es difícil saber la incidencia de los crímenes cometidos por menores de 18 años. A los clásicos problemas de “cifra negra”, que comprometen la validez de los registros oficiales (sólo se conoce el delito denunciado), se suman otros específicos para el caso de los adolescentes[11]. A pesar de que los datos oficiales no son una medición muy válida de lo que pretendemos conocer, pueden ser analizados a lo largo del tiempo con el objetivo de identificar tendencias. En este sentido, se observa que entre 2005 y 2011 las intervenciones policiales sobre niños y adolescentes se redujeron en un 20% (Arroyo, et al., 2012). Por su parte, datos del Poder Judicial apuntan un incremento de 23% de los adolescentes procesados penalmente entre los años 2009 (1.577) y 2011 (1.947). Sin embargo, se observa que el porcentaje de asuntos penales iniciados a adolescentes, en relación con el total de asuntos penales, no ha experimentado cambios significativos ni superado el 7% (Arroyo, et al., 2012). Este dato cuestiona el supuesto de una responsabilidad decisiva  de los adolescentes sobre el delito.

El segundo supuesto de la propuesta es que el endurecimiento penal sería un medio adecuado para combatir el delito de los jóvenes, independientemente de su magnitud. La idea tiene dos vías: i) las penas altas podrían disuadir a los adolescentes de delinquir, ya que lo considerarían racionalmente muy costoso, y ii) las penas altas podrían incapacitar a los adolescentes cuando cometan delitos, retirándolos de la sociedad e imposibilitándoles la reincidencia durante un período de tiempo (Trajtenberg, 2012).

La eficacia de este tipo de medidas está asociada a asumir un modelo específico de ofensor, homo economicus, donde el delito es producto de una decisión racional en la cual el actor sopesa los beneficios y costos de distintas alternativas de acción, a los efectos de maximizar su utilidad dada una estructura de incentivos. Entre los costos, la literatura refiere a tres elementos disuasorios: severidad, certeza y celeridad. La severidad está asociada a la duración y dureza de las penas; la certeza, a la probabilidad de ser aprendido y castigado por un delito cometido; y, finalmente, la celeridad se refiere al tiempo transcurrido entre la comisión del delito y la aplicación de la pena. Se dice que a menor severidad, certeza y celeridad de las sanciones, cabe esperar un mayor involucramiento criminal de los individuos (Gibbs, 1975)[12].

En términos de disuasión, es importante señalar que la baja de la edad de imputabilidad penal sólo afectaría la severidad. La certeza y la celeridad del castigo en principio no sufrirían modificaciones, ya que la medida no supone un incremento de recursos orientados a optimizar la probabilidad y velocidad de arrestos y procesamientos judiciales. Asimismo, el eventual efecto disuasivo sobre los adolescentes estaría supeditado, tanto al conocimiento que los potenciales ofensores tengan de las penas como a la importancia asignada a esa información al momento de decidir delinquir (Trajtenberg, 2012). Parte de la literatura especializada destaca una escasa validez empírica de la racionalidad, en tanto los ofensores suelen tomar decisiones cortoplacistas, imprudentes, afectadas por aspectos emocionales, sin tomar en cuenta información relevante, y desatendiendo las consecuencias de cometer delitos (Clarke, 2005; De Haan y Vos, 2003; Hayward, 2007). Adicionalmente, cuando existe un efecto disuasivo, suele estar asociado más a la certeza del castigo que a la severidad de las penas (; Nagin, 2007).

La segunda vía por la cual bajar la edad de imputabilidad penal podría reducir el delito es mediante su efecto incapacitador. Aplicar severas penas de prisión a individuos de 16 y 17 años imposibilitaría la reincidencia (sin considerar los delitos intracarcelarios) durante un largo período de tiempo. No obstante, las cifras detalladas anteriormente sobre la participación delictiva de los adolescentes relativizan el impacto que tal medida podría tener sobre la criminalidad. Por otra parte, desde la literatura se cuestiona la incapacitación como estrategia para la reducción de la criminalidad, por el efecto marginal que posee la prisión de ofensores sobre el volumen global de futuros delitos (Greenberg, 1975, Petersilia, 2003). Finalmente, corresponde llamar la atención sobre posibles efectos perversos en el largo plazo, a partir de un aumento de la punitividad y la incapacitación. Prolongadas penas de privación de libertad podrían disminuir las competencias (sociales, laborales, etcétera) de los adolescentes para adoptar un estilo de vida convencional, incentivando la reincidencia delictiva al egreso del sistema penitenciario (Cullen, Jonson y Nagin, 2011).

Los estudios que evalúan empíricamente la racionalidad del delito pueden agruparse según dos tipos de abordaje: los que operan de forma individual (micro) o estructural (macro)[13]. Los primeros entienden el delito (explanandum) como una conducta desempeñada por personas, analizando sus causas (explanans) en términos de i) individuos, ii) propiedades de individuos (creencias, preferencias, emociones, etcétera), o iii) relaciones entre ellos (Elster, 1989). La unidad de análisis es el agente particular, y el papel de la teoría es explicar o predecir un comportamiento específico. Desde el punto de vista metodológico, las estadísticas oficiales (denuncias policiales, prisiones, etcétera) son de escasa utilidad para este tipo de aproximación. Además de los problemas de validez y subrregistro, las cifras oficiales suelen publicarse de forma agregada y difícilmente vinculable a otros indicadores objetivos (consumo de drogas, etcétera) y subjetivos (percepción de costos penales, etcétera), teóricamente relevantes. La construcción de datos primarios a partir de encuestas suele ser la estrategia más idónea en este tipo de abordaje, que busca explicar por qué algunos individuos cometen delitos, y no sólo estimar la incidencia criminal en una sociedad.

En contrapartida, los abordajes macro focalizan en las tasas delictivas (explanandum) como una propiedad de las sociedades, analizando sus causas en términos de otras variables e indicadores macrosociales (explanans). La unidad de análisis consiste en agregados sociales como comunidades o países, y el papel de la teoría es explicar o predecir sus características, evolución y diferencias. Si bien suelen existir proposiciones individuales implícitas en las explicaciones estructurales, los modos en los cuales las causas provocan el efecto (microfundamentos) son menos directos y específicos. Estos estudios suelen asociar medidas objetivas de costos penales (por ejemplo, severidad de las penas, tasa de prisionización) con tasas delictivas (Nagin, 2013). En este sentido, el trabajo de Ehrlich (1977) ha buscado mostrar, por ejemplo, el efecto disuasivo de la pena de muerte sobre el delito agregado. Los estudios estructurales tienden a emplear estadísticas oficiales, las cuales generalmente son continuas, comparables y de acceso relativamente fácil.

La descripción del ofensor como un actor racional no es estrictamente testeada por los modelos explicativos macro, sino que es asumida como un supuesto. Los modelos no miden la percepción del castigo que poseen los individuos, sino que asumen una conexión entre dicha percepción y las probabilidades objetivas de ser castigado, que es lo que el modelo contempla. El argumento para defender este tipo de enfoque es el instrumentalismo o “as if”: lo relevante en un modelo no es el realismo de sus supuestos sino su capacidad predictiva (Friedman, 1951).

En Uruguay, el trabajo de Munyo (2012) sigue esta tradición al analizar el rol de los incentivos legales e ilegales sobre las infracciones adolescentes. Munyo propone un modelo econométrico dinámico, que da cuenta del 85% de la varianza del delito juvenil entre 1997 y 2010, en base al descenso del retorno económico de los salarios en relación con el delito; a la aprobación del Código de la Niñez y la Adolescencia de 2004 que implicó la reducción de ciertas penas; al incremento de las fugas de los establecimientos del Instituto Técnico de Rehabilitación Juvenil (interj) del Instituto del Niño y Adolescente (inau); y la epidemia de consumo de pasta base y su consiguiente incidencia en la impulsividad de las decisiones de los adolescentes. En definitiva, el delito juvenil aumenta en Uruguay porque el balance de beneficios y costos del delito se presenta como redituable con relación a las actividades legales.

No obstante, las medidas empleadas en estos estudios han recibido duros cuestionamientos, ya que una cosa es aceptar que los modelos deben necesariamente simplificar la realidad, y otra es asumir supuestos inverosímiles sólo por su eventual poder predictivo. Los indicadores y datos oficiales en los que se basan estos estudios frecuentemente tienen problemas de validez que afectan el realismo de sus hallazgos[14]. A partir de los años ochenta, se desarrollaron en criminología estudios y medidas psicométricas orientadas a estimar de forma más directa la racionalidad del delito, observando que muchos de sus supuestos no se cumplían en lo individual o presentaban una capacidad explicativa menor a la esperada (Matsueda, Kreager y Huizinga, 2006; Paternoster, 2010).

En el próximo apartado se analizan empíricamente, por primera vez, los supuestos racionales del delito juvenil en el plano micro o individual en Montevideo.

Disuasión y delito juvenil en Montevideo

Este apartado analiza los resultados de una encuesta realizada en el año 2010 a varones de 13 a 17 años del departamento de Montevideo[15]. El propósito de esta sección es conocer en qué medida la comisión de delitos se vincula a la disuasión. A continuación, se detallan las principales características de la encuesta; se operacionalizan los conceptos y se presentan estadísticas descriptivas básicas; luego se utiliza la técnica de regresión logística para dar cuenta de la comisión de delitos; y, por último, se señalan algunas limitaciones de este estudio.

Características de la encuesta: muestreo y procedimiento de entrevista

La encuesta fue aplicada a 427 varones de Montevideo de 13 a 17 años. El universo de estudio tuvo tres características que lo hicieron complejo: i) el bajo porcentaje de varones entre 13 y 17 años en la población total (un 3,8% según el Censo Fase I 2004); ii) su difícil acceso, ya que no es posible conocer de antemano los hogares donde residen; y iii) dada la temática de la encuesta, la necesidad de contar con la autorización escrita de un mayor antes de entrevistar a los jóvenes. Los datos faltantes en algunas variables fueron imputados siguiendo el método de ecuaciones encadenadas.

Para la encuesta, se utilizaron dos marcos muestrales del Instituto Nacional de Estadística (ine): el de zonas censales del año 2004 y el de la Encuesta Continua de Hogares del año 2009. El diseño muestral se hizo por conglomerados y en dos etapas: las unidades primarias de muestreo fueron las zonas censales, y las secundarias, las viviendas particulares ocupadas.

El procedimiento de entrevista se basó en tres etapas. En la primera, se entrevistó a un adulto responsable sobre aspectos sociodemográficos y económicos y se solicitó autorización para entrevistar a uno de los adolescentes del hogar. En aquellos casos con más de un varón de entre 13 y 17 años, se utilizó el método Kish, para seleccionar aleatoriamente a quién entrevistar. En la segunda etapa, se realizó una encuesta al adolescente, indagando sobre temas familiares, grupo de pares, valores, rasgos de personalidad, etcétera. En la tercera etapa, luego de la entrevista cara a cara, también se aplicó un cuestionario autoadministrado con la técnica de autorreporte de crimen.

Operacionalización y estadísticas descriptivas

Variables dependientes

El análisis de la encuesta busca explicar el involucramiento criminal de los adolescentes. Considerando los delitos a partir de sus motivaciones generales, se opta por trabajar con una variable dependiente dicotómica de prevalencia de vida, que mide si el adolescente cometió (valor 1) o no (valor 0) delitos contra la propiedad[16] y contra la persona[17].

Dos de cada diez encuestados (20,3%) declaró haber cometido por lo menos un delito contra la propiedad en algún momento de su vida. Si se examinan las respuestas específicas, puede observarse que el 7,6% “robó algo de una tienda”; el 6% “robó algo a algún integrante de su hogar”; el 5,6% “robó alguna cosa sin que nadie se diera cuenta”; el 3,8% “robó algo de su escuela/liceo/utu”; el 2,1% “entró sin permiso en alguna vivienda para robar algo”; el 2% “amenazó o atacó a alguien para obtener su dinero”; el 1,5% “robó algo de su lugar de trabajo”; el 1,4% “arrebató una billetera/cartera o le metió la mano en el bolsillo a alguien”; el 1,2% “robó una bicicleta”; y el 0,6% “robó un auto o una moto para uso propio o venta”.

Por otro lado, aproximadamente uno de cada diez encuestados (10,6%) declaró haber cometido por lo menos un delito contra la persona en algún momento de su vida. Si se detallan las respuestas específicas, puede observarse que el 7% “lastimó a alguien tan seriamente que sabe o piensa que tuvo que recibir atención médica”; el 4,5% “amenazó, atacó y/o lastimó a alguien de su hogar”; y el 0,2% “intentó tener o tuvo relaciones sexuales con alguien contra su voluntad”.

Variables independientes

Las variables para explicar la probabilidad de que un adolescente haya cometido delitos están asociadas a la discusión sobre racionalidad. Se utilizarán indicadores sobre percepción de certeza y severidad del castigo, ya que la disuasión no ocurre automáticamente al aumentar las penas o mejorar el desempeño del sistema de justicia criminal, sino que los sujetos deben ser capaces de percibirlo. Sin percepción no hay efecto disuasorio. La proposición “a mayor certeza, severidad y celeridad del castigo, menor tasa de delito” debe ser reformulada: “a menor percepción de la certeza, severidad y celeridad del castigo, mayor tasa de delito” (Gibbs, 1975). La investigación sugiere que el comportamiento está más determinado por la percepción de castigo sobre uno mismo que sobre el otro generalizado (Paternoster, 1989). Por esa razón, las preguntas sobre percepción de certeza[18] y percepción de severidad[19] son personalizadas y asociadas a delitos específicos, tratando de medir tanto la probabilidad estimada subjetivamente de ser arrestado en caso de cometer un delito como las percepciones sobre la dureza de los castigos.

Los encuestados contestaron sobre la certeza del castigo, es decir, la probabilidad estimada de ser atrapado por la policía en caso de cometer hurto, rapiña, copamiento, lesiones y homicidio. La distribución porcentual de respuestas según tipo de delito se presenta a continuación.

 



 

En el modelo, la variable certeza fue incluida como un índice sumatorio de ítems para los cinco tipos de delitos (hurto, rapiña, copamiento, lesiones y homicidios) en el cual en cada caso el adolescente contesta si cree que es seguro (4), muy probable (3), poco probable (2) o nada probable (1), que lo capturen en caso de cometer el delito.

La severidad promedio percibida por los adolescentes en caso de ser atrapados y juzgados es de 16,1 meses de sanción, por cometer delitos contra la propiedad, y de 33,3 meses, por delitos contra la persona. En el primer caso, la mediana son 11 meses y el desvío estándar 15,4, mientras que en el segundo, la mediana son 24 meses y el desvío estándar 37,6. Si se analiza la severidad de los delitos específicos, los entrevistados creen que serían castigados con una media de 11,5 meses en caso de hurto, de 16,1 en caso de rapiña, 21,2 meses en caso de copamiento, 15,2 en caso de lesiones y 51,4 en caso de homicidio. La variable percepción de severidad fue incluida en el modelo como un índice compuesto por el promedio de cinco ítems en el cual el adolescente estima cuántos meses de pena tendría en caso de ser atrapado por el sistema de justicia penal juvenil, por cometer hurto, rapiña, copamiento, lesiones, o homicidio.

Otra variable independiente es la diferencia de severidad percibida entre el sistema penal adulto y el juvenil. La existencia de un sistema jurídico que provee castigos a los criminales disuade una cantidad desconocida de delitos, dado que la ausencia de dicho sistema es un contrafáctico. Este efecto del castigo por oposición a la ausencia de castigo es conocido como “disuasión absoluta” (Akers y Sellers, 1998). No obstante, para nosotros, la pregunta pertinente no es si existe efecto disuasorio de las sanciones, sino qué cantidad de disuasión se produce al aumentar su rigor. Por ello, es importante la distinción conceptual entre disuasión absoluta y marginal. Sería esperable un mayor involucramiento criminal de los adolescentes que perciben una mayor diferencia entre la severidad del sistema penal adulto y el juvenil. Dicho de otra forma, la expectativa de una mayor severidad relativa en el futuro debería asociarse a un aumento de la criminalidad juvenil[20]. La severidad relativa fue calculada con un cociente entre los meses esperados de castigo en el sistema penal adulto y juvenil[21]. La variable severidad relativa fue incluida en el modelo como un cociente entre la percepción de severidad del sistema penal juvenil y un índice análogo de percepción sobre la severidad de las penas en el sistema adulto[22]. El coeficiente tiene valor 1 cuando la severidad esperada es la misma en los dos sistemas, y mayor a uno cuando la severidad del sistema penal adulto resulta mayor. En ningún caso se indicó mayor severidad relativa del sistema penal juvenil (coeficiente menor a uno). Para los delitos contra la propiedad, la severidad relativa promedio fue de 3,1, con una mediana de 1,9 y un desvío estándar de 3,7. Esto significa que la severidad percibida es en  promedio más de tres veces mayor en el sistema penal adulto que en el juvenil. En el caso de delitos contra la persona, la severidad relativa promedio fue de 4,9, con una mediana de 2,9 y un desvío estándar de 5,3. Por tanto, la severidad percibida es en  promedio casi cinco veces mayor en el sistema penal adulto que en el juvenil.

Para terminar, también es interesante la percepción sobre el retorno económico de las actividades ilegales con relación a actividades convencionales como trabajar y estudiar. Dado que estamos bajo el supuesto de agentes racionales, es fundamental incorporar un indicador sobre la utilidad estimada de las actividades criminales[23]. Al respecto, un 61,7% de los entrevistados señaló que se podría conseguir más dinero en un día robando que trabajando o culminando los estudios secundarios. De esta manera, el modelo incluye la variable dicotómica, percepción sobre el retorno económico del delito, que asigna “valor 1” a quienes creen que se podría conseguir más dinero en un día robando que trabajando con su actual nivel de estudios o trabajando luego de culminar los estudios secundarios. A los casos que indicaron otras opciones se les asignó “valor 0”.

Como variables de control se utilizaron: la edad, la raza, y el nivel socioeconómico del hogar. La edad (13 a 17 años) fue tratada como variable continua, es decir, se entraron las edades simples al modelo. En nuestra población la distribución según edades es bastante homogénea, con un 20% de encuestados por cada año de edad. Tanto la media como la mediana es de 15 años, mientras que el desvío estándar es de 1,42. Por otro lado, según la raza[24], la población se distribuye con un 71,4% de blancos, un 8,9% de negros, 17,1% de mestizos, y 2,6% de amarillos. La variable raza fue dicotomizada, asumiendo “valor 1” para cualquiera de las minorías raciales y “valor 0” para raza blanca. Finalmente, para medir nivel socioeconómico se creó un índice ponderado a partir de varios indicadores: ocupación del jefe de hogar; nivel educativo del jefe de hogar; presencia en el hogar de personas con formación universitaria; cantidad de personas que perciben ingresos; contratación de servicio doméstico; presencia de tarjetas de crédito internacional; cantidad de baños de la vivienda; nivel de equipamiento del hogar; y materiales que componen el techo de la vivienda. La población asume un puntaje de 0 a 100 agrupable en 7 estratos que, de mayor a menor, fueron los siguientes: ab (5,5%), c1 (23,1%), c2 (32,2%), c3 (21,5%), d1 (11,9%), d2 (4,6%), y e (1,2%). En el modelo, Nivel socioeconómico del hogar fue utilizado como variable continua, es decir, se ingresaron los puntajes simples.

Resultados del análisis de regresión logística

A continuación, estimamos un modelo estadístico para explicar la comisión de delitos de los adolescentes. Dado que el objetivo es explorar las conexiones causales asociadas a la discusión sobre disuasión y no dar con el mejor modelo explicativo posible, se optó por utilizar el método “introducir” y mantener el mando sobre las variables del modelo de regresión logística[25].

Se estimó primero un modelo compuesto únicamente por las variables de control, y se realizó posteriormente un segundo modelo anidado que incluye las variables asociadas a la teoría de la racionalidad. Esto se hace para controlar el poder explicativo de las variables independientes o teóricamente relevantes para el investigador, en este caso, aquellas correspondientes a la teoría de la racionalidad. En el Cuadro 2, se presenta el indicador de bondad de ajuste (Pseudo R2) para ambos modelos y los coeficientes (beta y odd ratio) de las variables en función del modelo ajustado[26].

 



 



 


El modelo cuenta con siete grados de libertad (uno por cada predictor) y es estadísticamente significativo (p<0,05)[27]. El Cuadro 3 presenta información sobre los coeficientes y los odds ratio, los errores estándar y los intervalos de confianza. Salvo edad (p<0,05) y percepción de certeza (p<0,1), el resto de las variables no tienen significación estadística[28]. Los resultados son coherentes con la literatura, en el sentido de que los jóvenes son menos sensibles a la severidad de las penas que a la certeza (Matsueda, Kreager y Huizinga, 2006; Nagin, 1998, Pratt, et al., 2006). Mientras la percepción de severidad no está asociada al involucramiento delictivo en forma significativa, la percepción de la certeza sí lo está, y en el sentido esperado: a mayor percepción de certeza, menor involucramiento delictivo. No obstante, este componente es un factor protector débil, ya que el riesgo relativo de disminución del delito de los jóvenes es de 0,94 por cada punto adicional de certeza percibida con respecto al valor anterior.

Este modelo con siete variables clasifica correctamente el 75% de los casos analizados. Sin embargo, a pesar de que el modelo tiene una especificidad del 100%, cuenta con una sensibilidad nula, al no clasificar correctamente ninguno de los casos que cometieron delitos. El poder explicativo del modelo es muy pobre y está confirmado por otras tres medidas de bondad de ajuste análogas al R2 de Pearson: McFadden (0,034), Cox y Snell (0,037) y Nagelkerke y Cragg (0,055). En definitiva, es muy débil o nula la asociación estadística de las variables asociadas a la teoría de la racionalidad, lo que resulta en la pobre bondad de ajuste del modelo[29].

El escaso rendimiento explicativo del modelo racional del delito es más patente al compararlo con un modelo alternativo que incluye variables asociadas a otras teorías criminológicas. En este sentido, exploramos un modelo manteniendo las mismas variables de control y agregando una medida de asociación diferencial (Sutherland y Cressey, 1978), en la cual los adolescentes responden si poseen familiares que hayan cometido delitos; una medida asociada a la teoría del aprendizaje social (Akers y Jensen, 2006) sobre las potenciales reacciones o refuerzo de vínculos cercanos (familiares, amigos, vecinos, etcétera) en caso de cometer un delito; una medida asociada a la teoría del etiquetamiento (Bartusch y Matsueda, 1996), que engloba la percepción del adolescente sobre cuán estigmatizado se siente por los juicios de sus vínculos cercanos; y, finalmente, una medida que rescata las experiencias de victimización que han sufrido los jóvenes encuestados (Froggio y Agnew, 2007). Contrariamente a lo observado en el modelo racional, casi todas las variables presentan una relación estadísticamente significativa con la prevalencia delictiva: familiares que cometen delitos (or = 1,44; p<0,01), reacción de otros significativos ante el delito (or =0,91; p<0,001), experiencia de etiquetamiento (or =0,95; p<0,05), y experiencia de victimización (or = 2,76; p<0,01). Asimismo, el modelo es estadísticamente significativo (p<0,001) y los indicadores de bondad de ajuste son superiores a lo observado en el modelo racional: McFadden (0,215), Cox y Snell (0,214) y Nagelkerke y Cragg (0,318).

En definitiva, los resultados indican que no es posible generar un adecuado modelo racional que explique el delito entre los jóvenes de Uruguay. El hallazgo es interesante al contrastarlo con otros estudios a escala macro que ofrecen evidencia sobre la racionalidad de los jóvenes (Munyo, 2012), así como con el modelo alternativo (no racional) explorado en este artículo, que presenta una bondad de ajuste mayor. Es importante ser cautelosos al postular o asumir la racionalidad de los jóvenes al momento de decidir cometer delitos. Los conceptos teóricos de partida, los abordajes metodológicos y las bases de datos utilizadas pueden generar resultados dispares e inclusive contradictorios. Particular cautela debería tenerse cuando los supuestos de racionalidad de los jóvenes pueden terminar implicando apoyar políticas públicas criminales punitivas para un sector especialmente vulnerable.

Como señalaba más genéricamente Elster, uno de los problemas del excesivo afán de la modelización matemática es que asume actores excesivamente irreales y corre el riesgo de generar daños sociales considerables, como es el caso de los modelos econométricos empleados para defender la pena de muerte en Estados Unidos (Elster, 2009). Si bien el análisis estadístico ofrece información relevante sobre la debilidad de las conexiones causales entre las dimensiones de disuasión y la comisión de delitos, los resultados no cuestionan concluyentemente el modelo racional del delito o incluso su viabilidad en Uruguay. Este trabajo tiene varias debilidades que es importante reconocer.

En primer lugar, el propósito del análisis fue exploratorio. Si bien las relaciones causales entre los indicadores de disuasión y la comisión de delitos se mostraron muy débiles o inexistentes, es poco lo que puede afirmarse categóricamente sobre la relación entre estas variables. Resta mucho trabajo por hacer, ajustando modelos, considerando el efecto de otras variables, estudiando los efectos marginales de las variables, y probando modelos alternativos (regresiones multinomiales, structural equation modelling (modelo de ecuaciones estructurales), etcétera).

En segundo lugar, la base de datos tiene un pequeño tamaño muestral (n=427) que dificulta la identificación de efectos significativos leves. Asimismo, se carece de medidas no asociadas a costos formales que permitirían explorar mejor el modelo de racionalidad. Adicionalmente, el tipo de población encuestada consiste en jóvenes convencionales, con escasos casos de jóvenes con alto involucramiento delictivo.

En tercer lugar, existe un problema de antecedencia temporal característico de las investigaciones cross-section (transversales). Dado que las dimensiones de disuasión y las ofensas autorreportadas son medidas en el mismo momento de tiempo, y dado que los delitos ya fueron cometidos, se podría estar intentando explicar un hecho pasado a través de creencias presentes cuya estabilidad desconocemos. De hecho, los análisis basados en diseños de este tipo sólo son plausibles bajo el supuesto de que la percepción del castigo es invariable (Braithwaite y Makkai, 1991). El reconocimiento de este problema ha llevado a toda una generación de estudios longitudinales, en los cuales se mide certeza y severidad percibida en un determinado momento, asociada a la delincuencia en un período posterior.

En cuarto lugar, otro problema refiere al efecto de los niveles objetivos de castigo sobre la percepción de estos. Los estudios individuales se focalizan en saber cómo las percepciones afectan el comportamiento criminal, independientemente de cómo estas se hayan generado. Por tanto, poco dicen sobre cómo los actuales niveles efectivos de castigo (por ejemplo, la severidad del Código Penal) y de control (por ejemplo, la eficacia policial) pueden afectar las percepciones. Aun cuando estos estudios logren demostrar relaciones entre la percepción de riesgo y las ofensas, ello no lleva a concluir que un aumento de la severidad objetiva vaya necesariamente a disminuir el delito.

Parte de los problemas detallados serán resueltos en próximos trabajos que planeamos emprender. Por un lado, vamos a testear los modelos de racionalidad en el Primer Censo de Jóvenes Infractores, para evaluar la viabilidad del modelo racional en jóvenes con elevado involucramiento delictivo. Por otro lado, también vamos a utilizar la encuesta M-proso, aplicada recientemente por la Universidad de Cambridge y la Universidad de la República (Trajtenberg y Eisner, 2014), para evaluar la racionalidad de los jóvenes que cometen delitos, empleando medidas psicométricas más sofisticadas y que incluyan los costos informales del crimen.

Consideraciones finales

¿La baja de la edad de imputabilidad penal puede ser una medida eficaz para disminuir el delito en Uruguay? Esa es la interrogante que motivó este artículo.

La primera sección contextualiza la evolución de indicadores sobre criminalidad e inseguridad durante los últimos años en Uruguay. También ambienta la discusión política sobre la baja de la edad de imputabilidad penal, como una solución a lo que se entiende como un serio problema de seguridad.

La segunda sección describe la propuesta de reforma constitucional que fue sometida a consideración de la ciudadanía en el año 2014. Adicionalmente, se discuten dos supuestos de esta medida: i) que los jóvenes de 16 y 17 años producen una parte significativa de la criminalidad existente en el país; y ii) que el endurecimiento punitivo sobre estos jóvenes contribuiría a disminuir el delito por ellos protagonizado. Ambos supuestos son cuestionados en base a los datos oficiales nacionales y la literatura internacional sobre el tema.

La tercera sección analiza los resultados de una encuesta de autorreporte realizada en el año 2010 a varones de entre 13 y 17 años de Montevideo. Mediante la técnica de regresión logística, se exploran las conexiones causales entre el involucramiento criminal; variables asociadas a la teoría de la racionalidad, tales como la percepción de severidad, la percepción de severidad relativa del sistema penal adulto en relación con el juvenil, la percepción de certeza y la percepción sobre el retorno del delito. El análisis estadístico muestra que se cometen más delitos cuando existe baja certeza de ser atrapado por las autoridades. Los efectos son débiles. La percepción de severidad del castigo así como la severidad relativa no mostraron efectos significativos. Por último, la capacidad explicativa o bondad de ajuste del modelo resultó extremadamente pobre.

Dado que el núcleo del debate sobre la eventual eficacia de bajar la edad de imputabilidad penal pasa por la severidad del castigo, es pertinente destacar que el efecto de los indicadores relacionados ha sido nulo para explicar la comisión de delitos. A pesar de ello, existen algunas limitaciones que hacen que este estudio no pueda ofrecer conclusiones categóricas. Esto no es novedad en ciencias sociales. Lo importante, tanto para las ciencias sociales como para la convivencia política, es informar el debate de forma tal que nuestras preguntas y reflexiones sean mejores.

Una consideración final merece la discusión de los hallazgos de investigación cuando los “efectos son nulos”. Es una práctica poco habitual publicar resultados estadísticamente no significativos o incapaces de rechazar la hipótesis nula. Las consecuencias de este sesgo de publicar sólo resultados estadísticamente significativos: i) invisibiliza parte de los esfuerzos desarrollados por la comunidad académica; ii) omite resultados que podrían tener consecuencias teóricas y aplicadas relevantes (por ejemplo, en términos de políticas públicas); y iii) genera incentivos perversos para que las investigaciones deban “dar algo”, si es que buscan ser productivas[30]. Este artículo pretende mostrar que resultados no significativos estadísticamente, más allá de su carácter limitado y provisorio, pueden ser relevantes tanto para la discusión sobre cuáles son las mejores explicaciones del delito como para el debate sobre cuáles son las políticas preventivas más eficaces.

 

 

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[1]       Por información al respecto, consultar los informes anuales de actuación y evaluación del Sistema Penitenciario Nacional, del Comisionado Parlamentario, y los informes del relator especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de Naciones Unidas en Uruguay (Nowak, 2010; Méndez, 2012).

[2]       Por información al respecto, consultar: International Centre for Prison Studies, <http//www.prisonstudies.org>.

 

[3]       Por información sobre el presupuesto nacional, consultar: <http://www.cgn.gub.uy/innovaportal/v/17/1/innova.front/presupuesto_nacional.html>.

 

[4]       Por información sobre la evolución de indicadores sociales y económicos en Uruguay, consultar: <http://www.agev.opp.gub.uy/observatorio/servlet/maininicio>.

 

[5]       Poco después de entregadas las firmas al Parlamento se creó un movimiento de oposición a la medida. La Comisión Nacional No a la Baja reunió a diferentes actores sociales: <http://noalabaja.uy/>.

 

[6]       Por información al respecto, consultar: <http://www.elobservador.com.uy/noticia/268355/fuerte-rechazo-a-ley-de-marihuana-y-apoyo-a-la-baja-de-la-imputabilidad/>.

 

[7]       Ver: <http://www.corteelectoral.gub.uy/nacionales2014/proclamacion/ACTA9414PLEBISCITO.pdf>.

 

[8]       Este tema no es nuevo en Uruguay. Por información sobre la historia del debate en el ámbito parlamentario, ver Tenenbaum (2011).

 

[9]       Nos referimos a discusiones en torno a la agencia moral de los adolescentes, como por ejemplo, las asociadas al desarrollo de capacidades cognitivas basadas en la madurez biopsicosocial. También se excluyen aquí las consideraciones vinculadas a la normativa jurídica internacional y nacional.

 

[10]      Por información al respecto, consultar: <http://www.inau.gub.uy/index.php?option=com_content&view=article&id=59&Itemid=66>.

 

[11]      Un informe de UNICEF problematiza los datos policiales sobre menores: “Lo que el Observatorio de Violencia y Criminalidad recoge es el número de intervenciones que la agencia policial realiza sobre niños y adolescentes. Estas intervenciones representan individuos y no delitos. No es posible establecer un vínculo directo entre los datos que se presentarán y el número de delitos. Por otra parte, los registros policiales sobre intervenciones a menores de edad tienen dificultades adicionales: 1) De acuerdo al CNA, se considera infractores a los adolescentes que han cometido un delito y tienen entre 13 y 18 años de edad. Sin embargo, el sistema de información del Ministerio del Interior no permite desagregar los datos por edad simple y maneja dos categorías de edad: 11 a 14 años y 15 a 17 años. La inclusión de los niños de 11 y 12 años sobreestima el número de potenciales infractores. 2) La clasificación en infracciones contra la propiedad y contra las personas es realizada por la agencia policial y no es la definitiva, ya que esta es efectuada por el sistema judicial una vez concluido el proceso” (Arroyo, et al., 2012, p. 89).

 

[12]      A su vez, la disuasión puede ser de dos tipos: i) específica, cuando a partir de la experiencia de castigo se desincentiva de reincidir a individuos que cometieron delitos; y ii) genérica, cuando se desincentiva de cometer delitos a la población en general, a través de la demostración de que los ofensores son castigados.

 

[13]      Gibbons (1994) se refiere a esta clasificación a partir de las preguntas que esconden: “the why do they do it question” (la cuestión de por qué ellos hacen lo que hacen) y “the rates question” (la cuestión de las tasas).

 

[14]      Un ejemplo de esto podría ser la consideración de la cantidad de droga incautada por las autoridades de un país, como un indicador proxy del consumo de drogas a escala social. Munyo (2014) no sólo acepta este supuesto sino que lo extrema al vincularlo al consumo específico de drogas de la subpoblación juvenil que estudia.

 

[15]      Proyecto coordinado por el profesor Nicolás Trajtenberg del Departamento de Sociología (Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de la República) y financiado por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (anii).

 

[16]      Para medir experiencia en la comisión de delitos contra la propiedad, se utilizó la pregunta: “¿Alguna vez hiciste alguna de estas cosas?: i) ‘Entraste sin permiso en una vivienda para robar algo’, ii) ‘Robaste algo de una tienda’, iii)‘Robaste una bicicleta’, iv) ‘Robaste algo de tu escuela/liceo/ UTU’, v) ‘Robaste algo de tu lugar de trabajo’, vi) ‘Robaste alguna otra cosa sin que nadie se diera cuenta’, vii) ‘Le arrebataste la billetera/cartera o le metiste la mano en el bolsillo a alguien’, viii) ‘Robaste algo de algún integrante de tu hogar’, ix) ‘Robaste un auto o una moto para quedártelo o venderlo’, x) ‘Amenazaste o atacaste a alguien para obtener su dinero y/o sus pertenencias’”. Las categorías de respuesta en cada caso fueron “sí” y “no”.

 

[17]      Para medir experiencia en la comisión de delitos contra la persona, se utilizó la pregunta: “¿Alguna vez hiciste alguna de estas cosas?: i) ‘Lastimaste a alguien tan seriamente que sabes o piensas que tuvo que recibir atención médica’, ii) ‘Intentaste tener/tuviste relaciones sexuales con alguien en contra de su voluntad’, iii) ‘Amenazaste, atacaste y/o lastimaste a alguien de tu hogar’”. Las categorías de respuesta en cada caso fueron “sí” y “no”.

 

[18]      Para medir la percepción de certeza de los adolescentes, se utilizó la pregunta “¿Cuán probable es que te agarre la policía si haces alguna de estas cosas: i) hurto, ii) rapiña, iii) copamiento, iv) lesiones, v) homicidio?” Las categorías de respuesta en cada caso fueron: “nada probable que me agarren”, “poco probable que me agarren”, “muy probable que me agarren”, “seguro que me agarren”.

 

[19]      Para medir la percepción de severidad del sistema de justicia penal juvenil, se utilizó la pregunta: “¿Qué cantidad de meses o años estarías en el inau si te agarran por: i) hurto, ii) rapiña, iii) copamiento, iv) lesiones, v) homicidio?” La respuesta fue registrada en cantidad de meses.

 

[20]      El mecanismo es similar a lo que ocurre cuando se anuncia un aumento en el precio de los combustibles: los agentes buscan aprovisionarse más de lo normal antes de que eso suceda.

 

[21]      En la encuesta se preguntan los meses esperados de pena en el sistema adulto para diferentes delitos, de manera similar a lo hecho para el sistema penal juvenil.

 

[22]      Tanto en el caso de la variable percepción de severidad, como en el de Severidad relativa, se optó por transformar (no eliminar) los valores outliers (atípicos) en el mayor valor dentro del boxplot (diagrama de caja).

 

[23]      Para medir la percepción de retorno económico se utilizaron las preguntas: “a) ¿Cuánto dinero crees que ganarías en un día si hoy consiguieras un trabajo?”, “b) ¿Cuánto dinero crees que ganarías en un día si terminaras el liceo?”, “c) ¿Cuánto dinero crees que ganarías en un día si te dedicaras a robar?”. Las respuestas fueron una estimación de dinero para cada caso.

 

[24]      Para medir raza se utilizó la pregunta: “¿Cuál de estos términos describe mejor tu raza?” Las categorías de respuesta fueron: “blanco”, “negro”, “mestizo”, “indígena”, “amarillo/asiático”.

 

[25]      Los métodos “pasos hacia adelante” o “pasos hacia atrás” ajustan automáticamente el modelo excluyendo variables de acuerdo a sus coeficientes B y nivel de significación.

 

[26]      El Pseudo R2 es una medida análoga al R2 de Pearson, similar, aunque no igual a la suma de residuos cuadráticos de la regresión lineal múltiple. Es una medida habitualmente utilizada para identificar la capacidad predictiva de un modelo. Dado que en una regresión logística los coeficientes o parámetros beta no admiten una interpretación directa e intuitiva como en la regresión lineal, se suelen emplear los odds ratio para reflejar la diferencia de riesgo entre dos poblaciones.

 

[27]      El valor p refleja la significación estadística. Convencionalmente no se rechaza la hipótesis nula (rechazo de la independencia entre las variables) cuando p es menor a 0,05, lo que significa que existe un 5% de probabilidad de que la relación entre las variables sea explicada por error aleatorio.

 

[28]      Dado el pequeño tamaño de la muestra (n=427) utilizamos niveles de confianza de 90%.

 

[29]      Adicionalmente, se exploraron modelos explicativos según delitos contra la propiedad y contra la persona. Los resultados en tales casos fueron similares o inferiores a los presentados, en el sentido de no respaldar empíricamente un modelo racional del delito juvenil. En ambos modelos, todas las variables asociadas a la teoría de la racionalidad no están significativamente vinculadas al delito (p<0,1), y el ajuste de los modelos presenta valores de pseudo R2 similares o inferiores.

 

[30]      En los últimos tiempos han surgido revistas que buscan ofrecer una alternativa para aquellos estudios que no rechazan la hipótesis nula. Ver por ejemplo, el Journal of Articles in Support of the Null Hypothesis: <http://www.jasnh.com/>.

 

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