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Revista Médica del Uruguay

versión impresa ISSN 0303-3295versión On-line ISSN 1688-0390

Resumen

RODRIGUEZ ALMADA, Hugo et al. Pronunciamiento del Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses sobre la práctica de exámenes corporales periciales sin consentimiento. Rev. Méd. Urug. [online]. 2017, vol.33, n.2, pp.9-16. ISSN 0303-3295.

Próximamente entrará en vigencia el nuevo Código del Proceso Penal uruguayo (Ley N° 19.293 y modificativas). Esta ley contempla la posibilitar de realizar exámenes corporales y toma de muestras biológicas a las personas imputadas de un delito sin su previo consentimiento.

El Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Facultad de Medicina. Universidad de la Republica advierte que esta disposición contraviene principios consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos, la Constitución de la República y el Código de Ética Médica (Ley N° 19.286). Asimismo, contradice los criterios establecidos en el Protocolo de Estambul de la Organización de Naciones Unidades y la Guía de principios éticos de la Red Iberoamericana de Instituciones de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que funciona bajo los auspicios del Comité Internacional Cruz Roja.

Por ello, en resguardo de los derechos humanos de los justiciables y la dignidad de la profesión médica al servicio de la justicia, el staff docente del Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Esta postura cuenta con el apoyo de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República y del colegio médico del Uruguay.

Palabras clave : Medicina legal; Examen físico; Consentimiento presumido.

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